DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1714 de 1936
Por el cual se establece la división judicial del país
77artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para La Administración De Justicia Se Divide El Territorio De La República En Los Siguientes Distritos Judiciales, Con Un Tribunal Superior En Cada Uno De Ellos: I-El De Barranquilla, Capital Barranquilla, Cual Puesto Por Los Circuitos De Barranquilla Y Sabanalarga2Los Tribunales Superiores Tendrán El Número De Magistrados, Que Se Expresan: El De Barranquilla, Cuatro (4)3Los Tribunales Superiores Que No Se Dividen En Dos Salas, Según El Artículo Anterior, Conocerán Promiscuamente De Lo Civil Y De Lo Penal4El Personal Subalterno De Los Tribunales Superiores Será El Siguiente: De Los De Barranquilla, Bucaramanga, Buga, Neiva, Pamplona, Pereira, San Gil, Santa Marta, Santa Rasa De Viterbo Y Cada Una De Las Salas De Los De Cali, Cartagena, Ibagué, Manizales, Medellín5El Ministerio Público Estará Representado Ante Cada Tribunal Superior Por Un Fiscal6Los Fiscales De Los Tribunales Superiores Tendrán Corto Auxiliar Un Escribiente, Cada Uno7En Los Distritos Judiciales Habrá Los Siguientes Juzgados Superiores: En El De Barranquilla, Dos (2), Con Residencia En Barranquilla Y Jurisdicción En Todo El Distrito Judicial8El Ministerio Público Estará Representado Ante Cada9Cada Fiscal De Juzgado Superior Tendrá Como Auxiliar Un Escribiente10El Personal Subalterno De Los Juzgados Superiores Será El Siguiente: De Los De Barranquilla, Cali, Cúcuta, Ibagué, Manizales, Medellín, Neiva; Pamplona, Pasto, Popayán, San Gil, Santa Marta, Santa Rosa De Viterbo Y Tunja, Un Secretario, No Oficial Mayor, Un Escribiente Y Un Portero Citador, Para Cada Uno11Habrá Un Juzgado De Menores En La Capital De Cada Departamento, Con Jurisdicción En El Territorio Correspondiente Al Respectivo Tribunal Superior12El Personal De Los Juzgados De Menores Será: Un Juez Un Secretario, Un Médico Psiquiatra Y Un Portero Escribiente13En Los Juzgados De Menores De Bogotá,-Cartagena, Manizales, Medellín Popayán Y Tunja, Habrá Además Un Oficial Mayor14En Caso De Que Los Reformatorios O Casas De Menores Tengan Médico Antropólogo, El Gobierno Podrá Adscribir A Aquél Las Funciones De Médico Psiquiatra15El Nombramiento De Los Jueces De Menores Se Hará Por El Tribunal Superior Respectivo16Los Circuitos Del Distrito Judicial De Barranquilla Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Barranquilla De Barranquilla, Que Será La Cabecera, Baranoa, Galapa, Malambo, Palmar De Varela, Puerto Colombia, Sabanagrande Santo Tomás, Soledad Y Trabará17En La Cabecera Del Circuito Civil De Barranquilla Habrá Tres (3) Jueces; En La Del Circuito Civil De Sabanalarga Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Barranquilla Habrá Tres (3) Jueces18Los Circuitos Del Distrito Judicial De Bogotá Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Bogotá: De Bogotá, Que Será La Cabecera, Bosa, Cota, Chía, Engativá, Fontibón, Funza, Guasca, Guatavita, La Calera, Madrid, Mosquera, Soacha, Suba, Subachoque, Tenjo, Usaquén Y Usme19En La Cabecera Del Circuito Civil De Bogotá Habrá Ocho (8) Jueces: En La Cabecera Del Circuito Civil De Facatativá Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Cáqueza, Chocontá, Fusagasugá, Girardot, La Mesa, Nacho, Ubaté Y Zipaquirá, Habrá Un Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Bogotá, Habrá Seis20Los Circuitos Del Distrito Judicial De Bucaramanga Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Bucaramanga: De Bucaramanga, Que Será La Cabecera, California, Charta, Floridablanca, Girón, Lebrija, Matanza, Rionegro, Suratá Y Tono21En La Cabecera Del Circuito Civil De Bucaramanga; Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Concepción, Málaga Y Piedecuesta, Habrá Un Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Bucaramanga, Habrá Tres (3) Jueces; En La Cabecera Del Circuito22Los Circuitos Del Distrito Judicial De Buga Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Buga De Buga, Que Será La Cabecera, Cerrito, Guacari, San Pedro Y Yotoco23En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Buga, Cartago, Boldaaitlo, Sevilla Y Tuluá, Habrá Un Juez;; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Buga, Cartago, Roldanillo, Sevilla Y Tuluá, Habrá Un Juez24Los Circuitos Del Distrito Judicial De Cali Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Cali: De Cali, Que Será La Cabecera, Conto Restrepo), Dagua, Jamundí, La Cumbre (Pavas), Vijes Y Yumbo25En La Cabecera Del Circuito Civil De Cali, Habrá Cuatro (4) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Istmina Y Palmira, Habrá Un Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Cali, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Istmina Y Palmira, Habrá Un Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Buenaventura Y Nuqui, Habrá Un Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Buenaventura Y Nuqui, Habrá Un Juez26Los Circuitos Del Distrito Judicial De Cartagena Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito27En La Cabecera Del Circuito Civil De Cartagena, Habrá Tres (3) Jueces; En La Cabecera De Cada Reno De Los Circuitos Civiles De Corozal, Chinú, Lorica, Magangué, Mompós, Montería; San Marcos, Sincé Y Sincelejo, Habrá Un Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Cartagena, Magangué, Montería Y Sincelejo, Habrá Dos (2) Jueces; En ]a Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Carmen Y San Andrés (Islas), Habrá Un Juez28Los Circuitos Del Distrito Judicial De Ibagué Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Ibagué: De Ibagué, Que Será La Cabecera, Anzoátegui, Cajamarca, Rovira Y Valle De San Juan29En La Cabecera Del Circuito Civil De Ibagué, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Ambalema, Espinal, Guamo, Honda, Líbano Y Purificación, Habrá Un Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Ibagué, Ambalema, Guamo, Honda, Líbano Y Purificación, Habrá Un Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Chaparral, Fresno Y Melgar, Habrá Un Juez30Los Circuitos Del Distrito Judicial De Manizales Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Manizales: De Manizales, Que Será La Cabecera, Chinchiná, María, Neira Y Palestina31En La Cabecera Del Circuito Civil De Manizales, Habrá Tres (3) Jueces; De La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Aguadas, Anserma, Riosucio, Salamina Y Santa Rosa De Cabal, Habrá Un Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Manizales, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Aguadas, Anserma, Riosucio Y Salamina, Habrá Un Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Manzanares Y Pensilvania, Habrá Un Juez32Los Circuitos Del Distrito Judicial De Medellín Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Medellín: De Medellín, Que Será La Cabecera, Angelópolis, Bello, Caídas, Envigado, Heliconia, Itagüí, La Estrella Y San Pedro33En La Cabecera Del Circuito Civil De Medellín, Habrá Cuatro (4) Jueces; En La Cabecera Del Circuito Civil De Andes, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Antioquia, Fredonia, Frontino, Girardota, Jericó, La Ceja, Marinilla, Quibdó, Rionegro, Santa Rosa De Osos, Sopetrán, Támesis, Titiribí Y Yarumal, Habrá Un (1) Juez; De La Cabecera Del Circuito Penal De Medellín, Habrá Cuatro (4) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Rionegro Y Sopetrán, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Andes, Jericó, Quibdó, Santa Rosa De Osos Y Yarumal, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Abejorral, Amalfi, Ituango, Puerto Berrio, Santo Domingo, Segovia, Sonsón, Turbo, Urrao Y Yolombó, Habrá Un Juez34Los Circuitos Del Distrito Judicial De Neiva Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Neiva: De Neiva, Que Será La Cabecera, Aipe, Baraya, Canpoalegre, Colombia, Iquira, Palermo, Retiro, Tello Y Villavieja35En La Cabecera Del Circuito Civil De Neiva, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuidos Civiles De Garzón, Gigante Y Pitalito, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Neiva, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Garzón Y Pitalito, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera Del Circuito Promiscuo De Florencia, Habrá Un (1) Juez36Los Circuitos Del Distrito Judicial De- Pamplona Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Pamplona: De Pamplona, Que Será La Cabecera, Bochalema, Cácota, Cucutilla, Chitagá, Labateca, Mutiscua, Pamplonita, Silos Y Toledo37En La Cabecera Del Circuito Civil De Cúcuta, Habrá (Los (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Chinácota, Ocaña, Pamplona Y Salazar, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera Del (Circuito Penal De Pamplona, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Cúcuta Y Ocaña, Habrá Dos (2) Jueces38Los Circuitos Del Distrito Judicial De Pasto Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Pasto: De Pasto, Que Será La Cabecera, Buesaco, Colón (Sibundoy), Consacá, Florida, Funes, Mocoa, Sandoná, Ancho, Tangua, Sacuanquer Y El Resto Del Territorio De La Comisaría Del Putumayo39En La Cabecera Del Circuito (Civil De Pasto, Habrá Dos (2) Jueces En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Ipiales, La Unión, Samaniego, Tumaco Y Túquerres, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los (Circuitos Penales De Pasto E Ipiales, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los (Circuitos Penales De Tumaco Y Túquerres, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los (Circuitos Promiscuos De Barbacoas ,v La (Cruz, Habrá Un (1) Juez40Los Circuitos Del Distrito Judicial De Pereira Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Pereira: De Pereira, Que Será La Cabecera, Y Marsella41En La Cabecera De Cada Uno De Los (Circuitos Civiles De Pereira, Armenia, Calarcá Y Filandia, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Pereira, Armenia Y Calarcá, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Apia Y Santuario, Habrá Un (1) Juez42Los Circuitos Del Distrito Judicial De Popayán Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Popayán: De Popayán, Que Será La Cabecera, Cajibio, Coconuco (Puracé), El Tambo, La Sierra, Morales, Piendamó (Tunía), Rosas, Sotará Y Timbio43En La Cabecera Del Circuito Civil De Popayán Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Bolívar, Caloto, Puerto Tejada Y Santander, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Popayán, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los (Circuitos Penales De Bolívar Y Santander, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De El Bordo (Patía), Guapi Y Silvia, Habrá Un Juez44Los Circuitos Del Distrito Judicial De San Gil Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De San Gil: De San Gil, Que Será La Cabecera, Aratoca, Barichara, Cabrera, Curiti, Jordán, Mogotes, Onzaga, Páramo, Pinchote, San Joaquín Y Valle De San José45En La Cabecera Del Circuito Civil De San Gil, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los (Circuitos Civiles De Socorro Y Vélez, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera Del Circuito Civil De Zapatoca, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Calla Uno De Los Circuitos Penales De San Gil, Socorro Y Vélez, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera Del Circuito Penal De Zapatoca, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera Del (Circuito Promiscuo De Contratación, Habrá Un Juez46Los Circuitos Del Distrito Judicial De Santa Marta Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Santa Marta: De Sana Marta47En La Cabecera Del Circuito Civil De Santa Marta, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera Del Circuito Civil De Ciénaga, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera Del Circuito Penal De Santa Marta, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De El Banco, Plato, Río De Oro, Riohacha Y Valledupar, Habrá Un (1) Juez48Los Circuitos Del Distrito Judicial De Santa Rosa De Viterbo, Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Santa Rosa De Viterbo: De Santa Rosa De Viterbo, Que Será La Cabecera, Belén, Betéitiva, Busbanzá, Cerinza, Corrales, Duitana, Floresta, Paipa Y Tutasá49En La Cabecera Del Circuito Civil De Sogamoso, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De El Cocuy, Santa Llosa De Vi, Techo Y Soatá, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Sogamoso, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De El Cocuy, Santa Rosa De Viterbo Y Soatá, Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Arauca, Orocué, Socha Y Támara, Habrá Un (1) Juez50Los Circuitos Del Distrito Judicial De Tunja Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Tunja: De Tunja, Que Será La Cabecera, Boyacá, Cómbila, Cucaita, Chiquiza, Chivatá, Leiva, Motavita, 'nuevo Colón, Oicatá, Sáchica, Sautacá, Siachoque, Sora, Soracá, Sotaquirá, Toca, Turmequé, Tuta Y Ventaquemada51Para Los Efectos Judiciales El Llamado Territorio Vásquez Se Entiende Hacer Parte Del Municipio De Pauna52En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Tunja Y Chiquinquirá, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Garagoa, Guateque, Moniquirá Y Ramiriquí Habrá Un (1) Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Tunja Y Chiquinquirá, Habrá Dos53El Personal De Los Juzgados De Circuito Será El Siguiente: Un Juez, Un Secretario, Un Oficial Mayor Y Un Portero Escribiente54Créanse Sendos Jueces Territoriales En Puerto Carreño Y Uribia, Con Jurisdicción En Las Comisarías De Vichada Y Guajira, Respectivamente55El Juez Municipal De Florencia Tendrá Jurisdicción En Todo El Territorio De La Comisaría Del Caquetá56Lo Que En El Decreto Número 336 De 1936 (20 De Febrero), Se Dice Sobre Atribuciones Del Juez Territorial De Leticia (Artículo 2°), Se Entiende Dicho Para Los Jueces Territoriales De Puerto Carreño Y Uribia Y Para Los Jueces Municipales De Mocoa Y Florencia57Las Asignaciones Y Personal Para Los Juzgados Territoriales Serán Los Siguientes: Un Juez, $ 1,50 Mensual; Un Secretario, $100 Mensuales58Las Asignaciones Mensuales De Los Magistrados Y Personal De Las Secretarías De La Corte Suprema De Justicia, Serán Las Siguientes: Cada Magistrado $700; Cada Secretaria De Las Salas De Casación Civil, De Casación Penal Y De Negocios Generales, $300; Los Oficiales Mayores, $200; Los Escribientes, $120; El Relator Principal, $300; El Relator Ayudante, $120; El Archivero, $120; El Conserje, $38, Y El Portero, $81)59Las Asignaciones Mensuales De La Pagaduría Del Poder Judicial Y Empleados Del Palacio De Justicia En Bogotá, Serán Las Siguientes: El Contador Pagador, $180; El Ascensorista Del Palacio De Justicia, $ 40, El Portero Del Palacio De Justicia, $24, Y Los Conserjes Del Palacio De Justicia, $1860Señálense Las Siguientes Asignaciones Mensuales Para Los Magistrados, Secretarios Y Demás Subalternos De Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial: Tribunal Superior De Bogotá: De Los Magistrados, $350; De Los Secretarios, $200; De Los Oficiales Mayores, $150; De Los Escribientes De Secretaría, $90; De Los Auxiliares De Los Magistrados, $100; De Los Porteros, $50, Y Del Relator Archivero, $10061Señálense Las Siguientes Asignaciones Mensuales Para Los Jueces, Secretarios Y Den Los Subalternos De Los Juzgados Superiores: Para Los Juzgados Superiores De Barranquilla, Cali, Cartagena Y Medellín: Para Cada Juez Superior, $ 200; Para Cada Secretario, $ 120; Para Cada Oficial Mayor, $ 100; Para Cada Escribiente, $70, Y Para Cada Portero Citador, $5062Señálanse Las Siguientes Asignaciones Mensuales Para Los Jueces; Secretarios Y Demás Subalternos De Los Juzgados De Menores: Para El De Bogotá: Para El Juez, $210; Para El Secretario, $120; Para El Oficial Mayor, 80; Para El Portero Escribiente, $60, Y Para El Médico Psiquiatra, $15064El Personal Y Asignaciones Mensuales De La Fiscalía Del Consejo De Estado, Serán Las Siguientes: Un Fiscal, $350; Un Secretario, $160, Y Un Escribiente, $7065Fijanse Las Siguientes Asignaciones Para Dos Fiscales De Los Tribunales Superiores Y Sus Colaboradores: Para Los De Bogotá: Cada Fiscal, $250; Cada Oficial Mayor, $100, Y Cada Escribiente, $8066Los Fiscales De Los Tribunales Seccionales De Lo Contencioso Administrativo De Bogotá Y Cúcuta; Tendrán Una Asignación Mensual De $18067Fíjanse Para Los Fiscales De Los Juzgados Superiores Y Sus Colaboradores, Las Siguientes Asignaciones Mensuales: De Los De Bogotá: Cada Fiscal, $ 200, Y Cada Escribiente, $10068El Periodo De Los Jueces Territoriales Será De Un Año, Contado A Partir Del 1° De Enero De 1937, Y La Designación Del Juez Y Del Secretario Corresponde Al Ministro De Gobierno69Las Nuevas Plazas Creadas En Algunos Tribunales Superiores De Distrito Judicial Empezarán A Funcionar El 21 De Enero De 193770El Gobierno Designará, Por Una Sola Vez, Los Magistrados Que Hayan De Formar Las Salas En Aquellos Tribunales Superiores Que En La Actualidad Conocen Promiscuamente, Y Que Por El Presente Decreto Se Dividen En Dos Salas71Las Disposiciones Del Presente Decreto Referentes A La Formación De Distritos Y Circuitos Judiciales, Al Número De Jueces Superiores, De72Los Juzgados De Circuito De Agua De Dios Y Contratación Subsistirán Mientras Aquellos Lugares Conserven El Carácter De Leprosorios73De Acuerdo Con Los Artículos 1° Y 2° De La Ley 40 De 1932, En La Cabecera De Cada Circuito Civil O Promiscuo, Que Será La Del Correspondiente Circuito De Registro, Habrá Una Oficina De Registro A Cargo De Un Registrador74La Supresión De Magistraturas En Algunos Tribunales Superiores Sólo Tendrá Efecto Al Iniciarse El Próximo Período Constitucional De Los Magistrados75La Creación De Nuevos Juzgados De Menores Se Llevará A Efecto A Medida Que Los Departamentos Establezcan Casas De Corrección De Menores76Las Asignaciones Que Por El Presente Decreto Se Fijan Para Los Magistrados, Jueces, Fiscales, Secretarios Y Detrás Subalternos De Las Oficinas Judiciales Y Fiscalías, Regirán Desde El 19 De Enero De 1937, Salvo Que El Congreso No Apropie La Partida Correspondiente77Los Jueces Y Fiscales Ad Hoc Tendrán Derecho A Honorarios Que Se Fijarán, En Cada Caso, Por El Ministerio De Gobierno, Teniendo En Cuenta La Importancia Y La Calidad Del Trabajo Rendido78Los Negocios Que Cursen En Los Juzgados Superiores Y De Circuito Civil O Penal, Serán Sometidos A Repartimiento General Cuando, Conforme Al Presente Decreto, Haya Más De No Juez En Un Mismo Circuito Penal O Civil
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