Los Circuitos del Distrito Judicial de Ibagué se forman de los Municipios que se expresan: El Circuito Civil de Ibagué: de Ibagué, que será la cabecera, Anzoátegui, Cajamarca, Rovira y Valle de San Juan. El Circuito Civil de Ambalema: de Ambalema, que será la cabecera, Alvarado, Lérida, Piedras y Venadillo. El Circuito Civil de Espinal: de Espinal, que será la cabecera, Coello y Suárez. El Circuito Civil de Guamo: de Guamo, que será la cabecera, Ortega y San Luis. El Circuito Civil de Honda: de Honda, que será la cabecera, Arenero, Falan y Mariquita. El Circuito Civil de Líbano: de Líbano, que será la cabecera, Santa Isabel y Villahermosa. El Circuito Civil de Purificación: de Purificación, que será la cabecera, Alpujarra, Coyaima, Dolores, Natagaima y Prado. El Circuito Penal de Ibagué: de Ibagué, que será la cabecera, Anzoátegui, Cajanuarca, Rovira y Valle de San Juan. El Circuito Penal de Ambalema: de Anmbalema, que será la cabecera, Alvarado, Lérida, Piedras y Venadillo. El Circuito Penal de Guamo: de Guamo, que será la cabecera, Coello, Espinal, Ortega, San Luis y Suárez. El Circuito Penal de Honda: de Honda. que será la cabecera, Armero, Falan y Mariquita. El circuito Penal de Líbano: de Líbano, que será la cabecera, Santa Isabel y Villa Hermosa. El Circuito Penal de Purificación: de Purificación, que será la cabecera, Alpujarra, Coyamia, Dolores, Natagaima y Prado. El Circuito Promiscuo de Chaparral: de Chaparral, que será la cabecera, Ataco y San Antonio El Circuito Promiscuo de Fresno: de Fresno, que será la cabecera, Casabianca y Herveo. El Circuito Promiscuo de Melgar: de Melgar, que será la cabecera, Carmen de Apicalá, Cunday e Icononzo.
Decreto 1714 de 1936 →Vigente
Artículo 28
Los Circuitos Del Distrito Judicial De Ibagué Se Forman De Los Municipios Que Se Expresan: El Circuito Civil De Ibagué: De Ibagué, Que Será La Cabecera, Anzoátegui, Cajamarca, Rovira Y Valle De San Juan
Decreto 1714 de 1936 · Por el cual se establece la división judicial del país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.