Micelio

Artículo 12

El Personal De Los Juzgados De Menores Será: Un Juez Un Secretario, Un Médico Psiquiatra Y Un Portero Escribiente

Decreto 1714 de 1936 · Por el cual se establece la división judicial del país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal de los Juzgados de Menores será: Un Juez un Secretario, un médico psiquiatra y un Portero Escribiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1714 de 1936