Las asignaciones mensuales de los Magistrados y personal de las Secretarías de la Corte Suprema de Justicia, serán las siguientes: Cada Magistrado $700; cada Secretaria de las Salas de Casación Civil, de Casación Penal y de Negocios Generales, $300; los Oficiales Mayores, $200; los Escribientes, $120; el Relator principal, $300; el Relator Ayudante, $120; el Archivero, $120; el Conserje, $38, y el Portero, $81).
Decreto 1714 de 1936 →Vigente
Artículo 58
Las Asignaciones Mensuales De Los Magistrados Y Personal De Las Secretarías De La Corte Suprema De Justicia, Serán Las Siguientes: Cada Magistrado $700; Cada Secretaria De Las Salas De Casación Civil, De Casación Penal Y De Negocios Generales, $300; Los Oficiales Mayores, $200; Los Escribientes, $120; El Relator Principal, $300; El Relator Ayudante, $120; El Archivero, $120; El Conserje, $38, Y El Portero, $81)
Decreto 1714 de 1936 · Por el cual se establece la división judicial del país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.