Micelio
DecretoDerogado

Decreto 1631 de 1963

Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

83artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Son De La Competencia Del Ministerio Del Trabajo: El Conocimiento Administrativo De Todos Los Asuntos En Que Sea Necesario Garantizar La Observancia De Las Leyes Del Trabajo, Y La Especial Protección Del Mismo; El Estudio Y La Adopción De Las Medidas Indispensables Para Mejorar Las Condiciones Y Relaciones De Trabajo; El Fomento Del Cooperativismo; La Extensión Y Perfeccionamiento De La Seguridad Social; El Estudio De La Situación De La Mano De Obra, Y Su Adecuada Utilización; La Asistencia Y Asesoría A Los Trabajadores Y Empleadores Para La Prevención Y Solución De Los Conflictos Con Miras Al Desarrollo Armonioso De Sus Relaciones Laborales; Las Relaciones Con Las Entidades Internacionales Del Trabajo Y De Seguridad Social; La Sumisión Al Congreso De Los Convenios Y Recomendaciones Adoptados Por La Conferencia Internacional Del Trabajo, En Los Términos De La Constitución Ele La Organización Internacional Del Trabajo; El Cumplimiento De Las Funciones Legales Relacionadas Con Los Organismos Creados O Que Se Creen Para Los Mismos Fines Del Ministerio, Y De Las Demás Que Orienten Y Desarrollen La Política Social Del Estado2La Organización Del Ministerio Del Trabajo, Será La Siguiente: 1°3Para Los Efectos Previstos En Los Artículos 1° Y 6° Del Decreto 0550 De 1960, Vincúlanse Al Ministerio Del Trabajo Como Ejecutores De La Política De Éste En Sus Respectivos Campos, Los Siguientes Establecimientos Públicos: Instituto Colombiano De Seguros Sociales4La Dirección Del5Son Funciones Del Secretario General: A) Suplir Las Faltas Accidentales Del Ministro, Cuando Así Lo Disponga El Presidente De La República; B) Asesorar Al Ministro En La Adopción De La Política O Planes De Acción Del Ministerio; C) Asistir Al Ministro En Sus Relaciones Con El Congreso, Y Mantenerlo Informado De La Situación De Los Proyectos De Ley Que Se Relacionen Con Las Actividades Propias Del Ministerio; D) Representar Al Ministro En Las Actividades Oficiales Que Éste Indique; E) Señalar De Acuerdo Con El Ministro Y Con El Director, Los Documentos Que Deban Publicarse; F) Organizar, En Nombre Del Ministro, Las Reuniones Ordinarias Y Extraordinarias Del Consejo Nacional Del Trabajo Y Del Consejo Nacional De Salarios, Y Actuar Como Secretario De Los Mismos; G6Son Funciones Del Director Del Ministerio: A) Ejecutar Por Conducto De Las Distintas Dependencias Del Ministerio, Y De Acuerdo Con La Política O Planes De Acción Adoptados Los Respectivos Programas; B) Vigilar El Cumplimiento De Las Normas Legales Orgánicas Del Ministerio, Y Velar Por El Eficiente Desempeño De Las Funciones Técnicas Y Administrativas; C) Dirigir, De Acuerdo Con Las Respectivas Leyes Y Normas, Lo Relacionado Con El Servicio Civil Y Con La Carrera Administrativa, En El Ministerio; D) Presentar Al Ministro, Acompañado De Su Concepto, El Proyecto De Presupuesto De Gastos Del Ministerio; E) Coordinar Con Las Entidades Públicas Y Privadas Los Programas Relacionados Con Los Respectivos Servicios; F) Tramitar Y Llevar A La Consideración Del Ministro Los Contratos Relacionados Con Los Respectivos Servicios; G) Revisar Los Proyectos De Decreto O De Resolución Y Demás Documentos Que Deban Someterse A La Aprobación Del Ministro; H) Informar Al Ministro O Al Secretario General De Los Asuntos Que, Por Su Naturaleza Y Urgencia, Requieran Su Inmediata Atención; I) Llevar La Representación Del Ministro, Cuando Éste Lo Determine, En Actos O Asuntos De Carácter Técnico O Administrativo; J) Recibir Y Evaluar Los Informes Periódicos De Sus Subalternos, Y Rendir Informes Al Ministro; K) Autorizar Con Su Firma Los Actos Que Se Señalen, De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Reglamentación General Del Ministerio; 1) Responder Ante El Ministro Por El Cumplimiento De Sus Funciones Y Presidir El Comité De Coordinación De Que Trata El Literal A), Del Artículo 60 Del Presente Decreto7Son Funciones De La Oficina De Coordinación Y Control Ejecutivo: A) Coordinar Y Vigilar El Cumplimiento, Por Parte De Las Dependencias Del Ministerio, De Las Normas Técnicas Y Administrativas Dadas Por El Mismo; B) Dirigir, Con La Asesoría De Las Secciones Técnicas Y Administrativas, Y En Coordinación Con Los Directores Regionales Del Trabajo, Las Campañas, Que Adelante Directamente El Ministerio; C) Vigilar El Cumplimiento De Las Disposiciones Del Ministerio En Las Direcciones Regionales Del Trabajo; D) Vigilar El Cumplimiento De Las Funciones Delegadas Por El Ministerio, En Cuanto Se Relacionen Con Las Labores Que Se Ejecuten En Las Direcciones Regionales Del Trabajo; E) Asesorar A Las Secciones Técnicas Del Ministerio Y A Las Gobernaciones En La Programación Gradual Y En El Ejercicio De La Delegación De Funciones, Respectivamente; F) Velar Por El Cumplimiento De Los Contratos Celebrados Por El Ministerio Con Los Departamentos Y Con Entidades Públicas O Privadas, Y Asesorarlo Para El Cabal Cumplimiento De Los Mismos; G) Adelantar Las Investigaciones Administrativas Que Le Sean Ordenadas; H) Cumplir Las Comisiones Que Se Le Encomienden, Y Presentar Los Correspondientes Informes8La Rama Técnica Estará Integrada Por La División De Asuntos Individuales Del Trabajo, La División De Asuntos Colectivos Del Trabajo, La División De Asuntos Campesinos Y La División De Medicina Del Trabajo9Son Funciones Del Jefe De La Rama Técnica: A) Elaborar, Con Base En El Plan General De Trabajo Y Conjuntamente Con Los Jefes De Las Divisiones Técnicas, Los Programas Correspondientes; B) Asesorar En Asuntos Técnicos Al Ministro Y Al Director Del Ministerio; C) Dirigir Y Coordinar El Trabajo De Las Divisiones Técnicas; D) Responder Ante El Ministro, Por Conducto Del Director, De La Ejecución De Los Programas De Trabajo Y Revisar Constantemente Los Aspectos Técnicos De Los Mismos; E) Colaborar Con El Jefe De La Rama Administrativa Y Con Las Entidades De Planeación, En La Preparación Del Proyecto De Presupuesto Del Ministerio; F) Coordinar Con El Jefe De La Rama Administrativa El Cumplimiento De Sus Funciones; G) Responder Por La Elaboración De Normas Y Manuales De Procedimientos Técnicos; H) Revisar Y Autorizar Las Publicaciones Técnicas Del Ministerio; I) Recibir Y Evaluar Los Informes Periódicos De Sus Subalternos, Y Rendir Informes Al Director10Son Funciones De Los Jefes De Las Divisiones Técnicas: A) Dirigir Y Coordinar La Ejecución De Los Programas Que Han De Desarrollar Las Secciones Que Componen Cada División; B) Estudiar Y Resolver Los Problemas De Las Secciones; C) Asistir Al Comité De Coordinación; D) Asesorar Al Jefe De La Rama Técnica En El Estudio Y Resolución De Los Problemas Propios De Su División; E) Interpretar Y Dirigir11Son Funciones De Los Jefes De Las Secciones Técnicas: A12Son Funciones De La Sección De Divulgación : A) Divulgar, En Coordinación Con Las Demás Dependencias Del Ministerio Las Actividades De13La División De Asuntos Individuales Del Trabajo Estará Integrada Por La Sección De Asuntos Urbanos Y Mineros, Y Por La Sección De Mujeres, Menores Y A Domicilio14Son Funciones De La Sección De Asuntos Urbanos Y Mineros: A1 Estudiar Los Problemas Y Necesidades Del País En Materia, De Legislación Laboral Para Los Sectores Urbano Y Minero, Y Proponer Las Medidas Y Modifica15Son Funciones De La Sección De Mujeres, De Menores Y A Domicilio: A) Estudiar Los Problemas Y Necesidades Del País En Materia De Legislación Laboral Sobre El Trabajo De Menores De 18 Años, De Mujeres Y A Domicilio, Y Proponer Las Medidas Y Modificaciones Que Sean Del Caso; B) Interpretar La Política Del Gobierno En Cuanto Se Refiere Al Trabajo A Domicilio, De La Mujer Y Del Menor De 18 Años; C) Dar Normas Encaminadas A Asegurar El Cabal Cumplimiento De Las Leyes Laborales Que Protegen El Trabajo A Domicilio, De La Mujer Y Del Menor De 18 Años; El) Dar Normas Para El Estudio Y Solución, Por Vía Conciliatoria, De Los Conflictos De Carácter Individual Que Afecten A La Mujer, Al Menor De 18 Años, Y Al Trabajador A Domicilio, Como Consecuencia De La Naturaleza, Modalidades, Relaciones, Efectos O Ejecución Del Contrato De Trabajo; E) Preparar Proyectos De Material Instructivo Sobre Temas, Laborales Propios De La Sección, A Fin De Buscar Un Mejor Entendimiento Entre Patrono Y Trabajador, Sea Mujer, Menor De 18 Años O A Domicilio, Instruyéndolos Sobre Sus Derechos Y Obligaciones16La División De Asuntos Colectivos Del Trabajo, Estará Integrada Por La Sección Dé Reglamentación Y Control Sindical, Y Por La Sección De Auditoría Sindical17Son Funciones De La Sección De Reglamentación Y Control Sindical: A) Estudiar El Movimiento Sindical Del País, Su Volumen E Importancia, Las Características De Su Desarrollo Y Las Deficiencias Y Necesidades De La Organización De Los Trabajadores; B) Estudiar Los Problemas Y Necesidades Del País En Materia De Legislación Sobre Asociaciones Sindicales Y Negociaciones Colectivas Y Proponer Las Medidas Y Modificaciones Que Sean Del Caso; C) Estudiar Y Evaluar Los18Son Funciones De La Sección De Auditoría Sindical: A) Dar Normas Encaminadas A Asegurar El Correcto Manejo E Inversión De Los Fondos De Las Asociaciones Sindicales; B) Dictar Normas Sobre Contabilidad Sindical; C) Reglamentar Y Adelantar Los Juicios De Cuent A S De Las Asociaciones Sindicales; D) Dar Normas Para Efectuar Investigaciones Sobre El Manejo De Fondos Sindicales; E) Practicar Las Visitas De Auditoría Que Le Sean Ordenadas; F) Auditar Las Cuentas De Las Asociaciones Sindicales, De Acuerdo Con La Reglamentación General Y Teniendo En Cuenta El Monto Del Capital; G) Llevar Y Mantener Debidamente Ordenado El Kárdéx De Auditoría Sindical; H) Preparar Proyectos De Material Instructivo Sobre Problemas De Contabilidad Sindical19La División De Asuntos Campesinos Estará Integrada Por La Sección De Asuntos Individuales Y Colectivos Del Trabajo Del Campo, Y Por30Son Funciones De La Sección De Asuntos Individuales Y Colectivos Del Trabajo Del Campo: A) Estudiar Los Problemas Y Necesidades Del País En Cuanto A La Legislación Laboral Campesina Se Refiere, Y Proponer Las Medidas Y Modificaciones Que Sean Del Caso; B) Interpretar La Politica Del Gobierno En Cuanto Se Refiere Al Trabajador Del Campo; C) Dar Normas Encaminadas A Asegurar El Cabal Cumplimiento De Las Leyes Laborales En El Campo; D) Dar Normas Para El Estudio Y Solución, Por Vía Conciliatoria, De Los Conflictos De Trabajo Campesinos De Carácter Individual O Colectivo, Suscitados Entre Patrono Y Trabajador Como Consecuencia De Las Relaciones, Modalidades, Naturaleza, Efectos O Ejecución Del Contrato De Trabajo, O De La Aplicación Del Código Sustantivo Del Trabajo; E) Consolidar Periódicamente, En Coordinación Con El Departamento Administrativo Nacional De Estadística, Y Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación, El Censo Sindical Agrario; F) Coordinar Con Las Entidades Mencionadas En El Literal Anterior, La Elaboración Ele Estadísticas Sobre Convenciones, Pactos Y Conflictos De Trabajo En El Campo; G) Intervenir Directamente, O Asistir Al Ministro En La Solución De Conflictos Colectivos De Trabajo En El Campo, Una Vez Agotado El Nivel Regional; H) Aprobar Los Reglamentos De Trabajo De Las Empresas Rurales En Aquellas Secciones Del País En Donde No Axistan Direcciones Regionales Del Trabajo; I) Preparar Proyectos De Material Instructivo Sobre Temas De Legislación Laboral Para El Trabajo Del Campo, A Fin De Ilustrar A Patronos Y Trabajadores21Son Funciones De La Sección De Asuntos Sociales Agrarios: A) Dar Normas Para El Estudio Y Solución, Por Vía Conciliatoria, De Los Conflictos Que Se Susciten Sobre Mejoras En Predios Rurales, Y De Conformidad Con Lo Establecido En El Decreto 0291 De 1957; B) Estudiar Los Problemas Y Las Necesidades Del País En Cuanto A Legislación Agraria Sobre Arrendamientos De Predios Rurales, Aparcería, Colonos Y Similares, Que Afecten Al Trabajador Clel Campo Por Su Condición De Tál, Y Proponer Las Medidas Y Nioclifiacciones Que Se Requieran, En Coordinación Coa El Ministerio De Agricultura Y El Instituto Colombiano De La Reforma Agraria; C) Asistir Al Jefe De La División, En El Conocimiento, Estudio Y Resolución Respecto De La Atribución Conferida Por El Artículo 104 De La Ley 135 De 1961, Y Decretos Reglamentarios; D) Interpretar La Política Del Gobierno En Cuanto Se Refiere A Los Asuntos De La Competencia De Esta Sección; E) Preparar Proyectos De Material Instructivo Sobre Temas Agrarios Propios De La Sección22La División De Medicina Del Trabajo Estará Integrada Por La Sección De Medicina Legal Del Trabajo, Y Por La Sección De Vigilancia Y Control23Son Funciones De La Sección De Medicina Legal Del Trabajo: A) Estudiar Las Necesidades Y Problemas Del País En Materia De Legislación Sobre Accidentes De Trabajo, Enfermedades Profesionales Y No Profesionales, Y Demás Aspectos De La Medicina Del Trabajo, Y Proponer Las Medidas Y Modificaciones Que Sean Del Caso; B) Interpretar Administrativamente La24Son Funciones De La Sección De Vigilancia Y Control: A) Vigilar Y Asegurar El Cabal Cumplimiento De Las Leyes Laborales Y Demás Disposiciones Emanadas Del Ministerio En Lo Relativo A Medicina Del Trabajo, Higiene Y Seguridad Industrial; B) Vigilar Y Asegurar El Cumplimiento, En Los Lugares De Trabajo, De Las Disposiciones De Sanidad General Promulgadas Por El Ministerio De Salud Pública; C) Practicar Visitas A Los Establecimientos De Trabajo, Con El Fin De Comprobar El Cumplimiento Del Reglamento De Higiene, Y Demás Normas Legales Y Reglamentarias Relativas A La Medicina Del Trabajo, Higiene Y Seguridad Industrial; D) Rendir Los Informes Correspondientes Sobre Anomalías En El Cumplimiento De Las Disposiciones Legales Y Reglamentarias Sobre Medicina Del Trabajo, Higiene Y Seguridad Industrial25La Rama Administrativa Estará Integrada Por La División De Personal, La División De Presupuesto Y La División De Servicios Generales26Son Funciones Del Jefe De La Rama Administrativa: A) Programar, Conjuntamente Con Los Jefes De Las Divisiones Administrativas, Las Actividades Correspondientes; B) Asesorar Al Ministro Y Al Director Del Ministerio, En Asuntos Administrativos; C) Revisar El Anteproyecto De Presupuesto Con La Asistencia Del Jefe De La División Respectiva; D) Dirigir Y Coordinar El Trabajo De Las Divisiones Administrativas; E) Responder Ante El Director, De Todos Los Aspectos Administrativos Del Ministerio; F) Asesorar Al Director, Y Colaborar Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación En La Preparación Del Proyecto De Presupuesto Del Ministerio; G) Coordinar, Con Las Entidades Oficiales Pertinentes, Lo Relacionado Con El Cumplimiento De Las Normas Fiscales Y De Las Normas Sobre Presupuesto27Son Funciones De Los Jefes De Las Divisiones Administrativas: A) Dirigir Y Coordinar La Ejecución De Los Programas Que Han De Desarrollar Las Secciones Que Componen Cada División; B) Estudiar Y Resolver Los Problemas De Las Secciones; C) Asistir A Los Respectivos Comités De Coordinación De Que Trata El Artículo 60 De Este Decreto; D) Asesorar Al Jefe De La Rama En El Estudio Y Resolución De Los Problemas Propios De Su División; E) Recibir Y Evaluar Los Informes Periódicos De Sus Subalternos, Y Elaborar, A Su Vez, Informes Sobre Las Labores Desarrolladas28Son Funciones De Los Jefes De Las Secciones Administrativas: A) Dirigir Y Coordinar Los Trabajos Que Ha De Desarrollar La Sección; B) Estudiar Y Resolver Los Problemas Específicos En El Campo De Trabajo De La Sección; C) Presentar Programas De Trabajo Al Jefe De La División Resuectiva; D) Coordinar, Por El Conducto Regular, Con La Oficina De Coordinación Y Control Ejecutivo, La Inspección Del Cumplimiento De Las Normas Administrativas Adoptadas Por El Ministerio; E) Asistir Al Jefe De La Respectiva División En El Conocimiento, Estudio Y Resolución De Los Problemas Prop'os De La Sección; F) Participar En El Comité De Coordinación De La División Respectiva; G) Rendir Informes Sobre Las Labores Desarrolladas Y Los Resultados Obtenidos Por La Respectiva Sección, Según La Reglamentación General; H) Responder Ante El Jefe De La Respectiva División Por El Cumplimiento De Sus Funciones29La División De Personal Estará Integrada Por La Sección De Reclutamiento Y Adiestramiento Y La Sección De Registro Y Control30Son Funciones De La Sección De Reclutamiento Y Adiestramiento: A) Colaborar Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación En Los Estudios Sobre Las Necesidades De Personal Administrativo, Científico, Técnico Y Auxiliar; B) Elaborar Y Presentar, De Acuerdo Con El Departamento Administrativo Del Servicio Civil, Proyectos De Programas De Reclutamiento, A Largo Y Corto Plazo, Con Miras A Satisfacer Dichas Necesidades ; C) Reclutar El Personal Del Ministerio, De Acuerdo Con Las Normas Que Establezca La Comisión Nacional Del Servicio Civil; D) Organizar, De Acuerdo Con El Departamento Administrativo Del Servicio Civil, En La Escuela Superior De Administración Pública, Y Mediante Contratos O Arreglos En Otros Centros Docentes, Los Programas De Adiestramiento De Personal Reclutado Y De Personal En Servicio, Tanto En El Campo Administrativo Como En El Técnico; E) Postular Ante La Comisión De Personal Prevista En El Ordinal F) Del Artículo 7° De La Ley 19 De 1958, Los Candidatos Para Ascensos Según Los Reglamentos; F) Promover Actividades, Culturales Y De Bienestar Social Del Personal; Gl Adelantar Estudios De Clasificación De Cargos; H) Vigilar La Aplicación De Las Normas De Clasificación Y Remuneración De Los Empleados Del Ministerio; I) Estudiar Sistemas Y Escalas De Remuneración En Otras Entidades Para Compararlas Con Las Existentes En El Ministerio Para Los Cargos Con Funciones Similares; J) Revisar, Si Fuere Necesario, Las Funciones Del Personal Y Adelantar Una Nueva Evaluación V Clasificación31Son Funciones De La Sección De Registro Y Control De Personal: A) Asistir Al Jefe De La Rama Administrativa En La Elaboración Del Reglamento De Trabajo Y Demás Reglamentos De Personal, Y Una Vez Aprobados Darles La Debida Publicidad; B) Controlar El Cumplimiento De Los Reglamentos De Personal En Todas Las Dependencias Del Ministerio; C) Tener Al Día Los Registros De Personal, Tales Como Tarjetas Individuales, Y El Archivo De Hojas De Vida; D) Expedir Constancias Sobre Los Antecedentes Del Personal Y Demás Certificaciones Del Caso, De Acuerdo Con La Respectiva Reglamentación; E) Controlar La Puntualidad Y Las Ausencias Del Personal; Tabular Periódicamente, De Acuerdo Con El Reglamento, Las Tarjetas De Control E Informar Al Jefe De La División De Personal Las Novedades Acaecidas; F) Asistir Al Jefe De La División De Personal En La Planeación De Las Estadísticas De Personal En Coordinación Con El -Departamento Administrativo Nacional De Estadística; G) Controlar Y Registrar Las Licencias Y Los Permisos Dados, De Acuerdo Con El Trámite Establecido Por Ei Reglamento Administrativo; H) Informar Al Jefe De La División De Personal Y A La Pagaduría, Sobre Las Novedades De Personal, Tales Como Nombramientos, Ascensos, Traslados, Insubsistencias, Vacaciones, Licencias Y Retardos; I) Avisar Con La Anticipación Necesaria, A Los Jefes Respectivos Y A Los Funcionarios, Las Fechas Que Deben Hacer Uso De Vacaciones; J) Elaborar Los Proyectos De Resolución En Todo Lo Relacionado Con Personal Como Vacaciones, Licencias Y Comisiónes32La División De Personal Desarrollar A Sus Funciones De Acuerdo C-On Las Normas Que E-Tablfzca El Departamento Administrativo Del Servicio Civil33La División De Presupuesto Estará Integrada Por La Sección De Ejecución Y Control Del Presupuesto, Y Por La Sección De Pagaduría34Son Funciones De La Sección De Ejecución Y Control Del Presupuesto: A) Elaborar El Antedroyecto De Presupuesto Anual, Del Gastos Del Ministerio; B) Elaborar Los Proyectos De Traslados Presupuestales; C) Elaborar Proyectos De Acuerdos Mensuales De Gastos: D) Ejecutar El Presupuesto Asignado De Acuerdo Con Las Necesidades; E) Llevar Relación, De Los Gastos E Inversiones Que Se Hagan Durante La Vigencia Fiscal; F) Fomentar Y Mantener Al Dia El Inventario De Bienes Del Ministerio; G) Llevar La Contabilidad General Del Ministerio Examinar Las Cuentas Y Pasarlas A La Contraloría General De La República Para Su Fenecimiento, Y Controlar Los Fondos Y Cajas; H) Elaborar E Implantar Un Sistema De Costos; I) Calcular El Costo De Cada Una De Las Actividades Directas O De Los Programas Relacionados Con El Ministerio, Para Utilizarlo En La Preparación Del Presupuesto; J) Llevar La Contabilidad De Costos Internos Del Ministerio Y La Contabilidad De Costos De Las Actividades Y Programas Correspondientes; K) Colaborar Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación En Los Análisis De Los Costos De Actividades Por Programas;35Son Funciones De La Sección De Pagaduría: A) Percibir Los Ingresos Del Ministerio; B) Efectuar Oportunamente El Pago De Los Gastos Y Servicios; C) Guardar Los Valores Y Garantías, En La Caja36La División De Presupuesto Cumplirá Sus Funciones De Acuerdo Con Las Normas Y Reglamentos De La Dirección Nacional Del Presupuesto37La División De Servicios Generales Estará Integrada Por La Sección De Mecanografía, Por La Sección De Correspondencia Y Archivo General, Por La Sección De Almacén Y Mantenimiento, Y Por La Sección De Biblioteca Y Publicaciones38Son Funciones De La Sección De Mecanografía: A) Ejecutar Todos Los Trabajos De Mecanografía Para Las Distintas Dependencias Del Ministerio, Con Excepción De Las Secciones O Unidades Que Tengan Su Propio Servicio De Mecanografía; B) Controlar Cualitativa Y Cuantitativamente Los Trabajos De Mecanografía; C) Adiestrar El Nuevo Personal De Mecanografía; D) Llevar Registro Y Rendir Informes Sobre El Trabajo Realizado; E) Aplicar Incentivos De Trabajo39Son Funciones De La Sección De Correspondencia Y Archivo General: A) Recibir, Registrar, Distribuir, Recoger Y Despachar La Correspondencia; B) Recoger Y Distribuir Las Comunicaciones Internas; C) Radicar Los Documentos De Valor; D) Organizar Y Controlar El Servicio De Mensajeros; E) Organizar Y Mantener Al Día El Archivo General F) Organizar Y Vigilar Los Archivos Parciales Especializados; G) Organizar El Archivo Muerto; H) Facilitar A Los Directores, Jefes De División, Jefes De Sección Y Jefes De Oficina, Los Documentos Y Copias Que Soliciten; I) Expedir, De Acuerdo Con La Ley Y Con Los Reglamentos, Copias De Los Documentos De Archivo; J) Colaborar Con El Comité De Archivo, En La Elaboración De Normas Sobre Traslado Y Destrucción De Documentos40Dentro De La División De Asuntos Colectivos Del Trabajo, Funcionará El Archivo Especializado Como Dependencia Dél Archivo General Del Ministerio41Son Funciones De La Sección De Almacén Y Mantenimiento: A) Asesorar A La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación En La Elaboración De Los Programas Anuales De Compra, Tanto De Bienes Muebles Especiales Como Generales; B) Recibir Los Bienes Muebles Especiales O Generales Pedidos A Los Ministerios O Departamentos Administrativos Designados Para Efectuar Las Compras Especiales, Y42Son Funciones De La Sección De Biblioteca Y Publicaciones: A) Organizar La Biblioteca General Clel Ministerio43El Consejo Nacional Del Trabajo Estará Integrado Por: A) El Ministro Del Trabajo, Quien Lo Presidirá; B) El Director Del Ministerio Del Trabajo; C) El Ministro De Fomento O Su Delegado; D) El Ministro De Salud Pública O Su Delegado; El El Ministro De Agricultura O Su Delegado: I) El Director Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil; G) El Gerente Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales; Hl El Director Del Servicio Nacional De Aprendizaje; I) El Director De La Caja Nacional De Previsión; J) Un Representante De La Asociación Nacional De Industriales; K) Un Representante De La Asociación Colombiana De Pequeños Industriales; 1) Un Representante De La Federación Nacional De Comerciantes; M) Un Representante De La Sociedad De Agricultores De Colombia; N) Un Representante De La Asociación Nacional Ele Ganaderos; O) Un Representante De La Unión De Trabajadores De Colombia; P) Un Representante De La Confederación De Trabajadores De Colombia44Son Funciones Del Consejo Nacional Del Trabajo: A) Colaborar Con El Consejo Nacional De Salarios En El Cumplimiento De Sus Funciones; B) Hacer Recomendaciones Acerca De La Política Nacional Del Trabajo; C) Emitir Conceptos Sobre Los Planes Y Programas Del Ministerio; D) Dictar Su Propio Reglamento45El Consejo Nacional De Salarios Tendrá La Siguiente Composición: A) El Ministro Del Trabajo, O Un Delegado Especial Suyo; B) Sendos Delegados De Los Ministros De Hacienda, Fomento Y Agricultura; C) Un Delegado Del Consejo Nacional De Política Económica Y Planeación; D) Un Médico Del Trabajo Y Un Ingeniero Industrial, Designados Por El Ministro Del Trabajo; E) Dos Delegados De Las Organizaciones Nacionales De Asalariados Particulares; F ) Dos Delegados De Las Asociaciones Nacionales De Empleados Particulares; G) Un Delegado De Los Empleados Oficiales; H) Un Delegado De Los Pensionados Oficiales Y Particulares46Son Funciones Del Consejo Nacional De Salarios: A) Señalar La División Del País En Zonas O Regiones Económicas Para Efectos Del Régimen De Salarios; B) Fijar Y Revisar Periódicamente, Por Lo Menos Cada Dos Años, Los Salarios Mínimos Que Cleban Regir En Cada Región Económica, Así Como Los Coeficientes Ele Incremento De Esos Salarios Mínimos Regionales, En Razón Clel Grado De Calificación Del Operario O Del Nivel Del Empleo En La Jerarquía Profesional, Que Determinarán Los Respectivos Salarios Mínimos Profesionales; C) Prescribir Las Normas Sobre Investigación Y Determinación De Los Índices Del Costo De La47La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación, Estará Integrada Por La Sección De Seguridad Social, La Sección Económico Laboral48Son Funciones De La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación: A) Elaborar De Acuerdo Con Las Necesidades Y Problemas Del País, Proyectos De Programas A Corto Y Largo Plazo Tendientes A Satisfacerlos, Evaluar Periódicamente Los Programas Adelantados Y Reajustarlos De Acuerdo Con La Evaluación B) Estudiar Los Programas Anuales Presentados Por Las Dependencias Clel Ministerio Y Coordinarlos Con El Anteproyecto De Presupuesto Clel Ministerio; C) Coordinar Con Las Respectivas Entidades Y Con Las Dependencias De! Ministerio, Y De Acuerdo Con Las Normas Impartidas Por El Departamento49Son Funciones De La Sección De Seguridad Social: A) Evaluar El Desarrollo De La Seguridad Social En El País, A Través De Las Diversas Entidades Del Ramo Y Servir De Órgano De Enlace Y Coordinación Entre Ellas Y El Ministerio; B) Adelantar Todos Los Estudios E Investigaciones Que Le Sean Recomendados Para Preparar Programas De Seguridad Social En El País Y Presentar Los Anteproyectos Normativos Del Caso; C) Estudiar Y Preparar Los Programas Necesarios Para El Fomento De La Seguridad Social En El País; D) Recibir Y Recopilar Los Datos, Informes Y Estadísticas Que Se Requieran Para La Organización Y Perfeccionamiento De La Seguridad Social; E) Determinar Las Diferentes Regiones Económico Laborales Del País En Atención A Sus Específicas Características Antropogeográficas; F) Estudiar Los Problemas De 1a Estabilidad En El Trabajo50Son Funciones De La Sección Económico Laboral: A) Estudiar A Escala Nacional La Situación De La Mano De Obra, Los Problemas Y Necesidades En La Utilización De La Misma51El Grupo De Organización Y Métodos, De Acuerdo Con Las Normas Fijadas Por La Secretaría De Organización E Inspección De La Administración Pública, Ejercerá Las Siguientes Funciones: A) Realizar Análisis Administrativos De Las Dependencias Del Ministerio Según Las Necesidades; B) Realizar Estudios Sobre Regularización Y Productividad Del Trabajo; C) Acordar Con Los Funcionarios Interesados Las Reformas Y Simplificaciones Propuestas, Redactar Las Recomendaciones Correspondientes Y Asesorar A Los Empleados Respectivos En La Relacionado Con La Forma De Poner En Práctica Dichas Recomendaciones; D) Conceptuar Sobre La Organización Del Ministerio Y Recomendar Medidas Para Aumentar Su Eficiencia; E) Estudiar Las Necesidades En Máquinas, Equipo Y Mobiliario De Oficina; F) Estudiar Métodos De Diseño Y Control Ele Formularios De Las Dependencias Del Ministerio; G) Redactar Manuales De Procedimientos; H) Asesorar A La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación, En Todos Los Demás Asuntos Relacionados Con El Cumplimiento De Los Requisitos Administrativos52Son Funciones De La Oficina Jurídica: A) Estudiar Los Problemas Jurídicos Relacionados Con El Ministerio, Y Preparar Los Conceptos O Proyectos Respectivos; B) Estudiar El Aspecto Legal De Todos Los Contratos Que Deba Celebrar El Ministerio; C) Estudiar, Preparar O Revisar Los Proyectos De Ley, Decreto Y Resolución Relacionados Con El Ministerio; D) Codificar Las Normas Legales Relacionadas Con El Ministerio, Y Mantener Al Día La Codificación ; E) Asesorar Al Ministerio Público En Los Juicios Que Se Relacionen Con El Ministerio; F) Preparar Y Revisar Proyectos De Códigos O Leyes Del Trabajo; G) Estudiar Los Anteproyectos Que Le Presenten Los Jefes De Las Divisiones Técnicas En Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Literal H) Del Artículo 10 De Este Decreto53Son Funciones De La Oficina De Relaciones Internacionales Del Trabajo: A) Servir Como Organismo De Enlace Entre El Gobierno Nacional Y Las Entidades Internacionales Del Trabajo; B) Coordinar 1a Asistencia Técnica Que Prestan Al País Los Organismos Internacionales En Lo Que Hace Relación A Las Actividades Propias Del Ministerio ; Ci Suministrar A Las Respectivas Entidades Internacionales Las Informaciones Que Deba Comunicar El Gobierno, Incluidas Las Memorias Sobre La Aplicación De Convenios Y Recomendaciones; D) Estudiar Los Convenios Y Recomendaciones Adoptados Por Las Reuniones De La Conferencia Internacional Del Trabajo, Elaborar Las Propuestas O Comentarios Del Gobierno Que Deban Acompañar La Sumisión De Dichos Instrumentos Al Congreso, Y Si Fuere El Caso, El Respectivo Anteproyecto De Ley Par A Ratificación De Los Primeros; E) Proyectar La54La Oficina De Salud Ocupacional Estará Integrada Por La Sección De Medicina Preventiva Industrial Y La Sección De Saneamiento Ambiental Industrial55Son Funciones De La Oficina De Salud Ocupacional: A) Efectuar Investigaciones Técnicas, Científicas Y Estadísticas En Los Lugares De Trabajo Y En La Población Trabajadora, Encaminadas A La Prevención Y Control De Los Riesgos Profesionales; B) Realizar Estudios Tendientes A Establecer Los Niveles Permisibles De Exposición A Condiciones Nocivas Para La Salud En Los Sitios De Trabajo; C) Estudiar Las Necesidades Y Problemas Del País En Materia De Prevención De Accidentes De Trabajo Y Enfermedades Profesionales; D) Asesorar, En Coordinación Con La División De Medicina Del Trabajo, A Las Universidades En El Establecimiento De Cátedras Y Cursos Especializados Sobre Salud Ocupacional; E) Asesorar Y Dirigir A Las Entidades Oficiales Y Privadas En El Estudio Y Solución De Los Problemas Relacionados Con La Prevención De Los Riesgos En El Trabajo; F) Realizar, En Coordinación Con Las Respectivas Dependencias Del Ministerio, Campañas De Divulgación Sobre Prevención Y Control De Los Riesgos Profesionales; G) Proponer, Con Base En El Resultado De Las Investigaciones Adelantadas, La Creación, Modificación O Supresión De Normas Y Reglamentos, Con El Fin De Prevenir, Corregir Y Mejorar Las Condiciones Adversas Para La Salud, Bienestar, Integridad Física Y Productividad Del Trabajador, E Informar Sobre Su Cumplimiento56Son Funciones De La Sección De Medicina Preventiva Industrial57Son Funciones De La Sección De Saneamiento Ambiental Industrial: A) Investigar Cualitativa Y Cuantitativamente, Por Métodos Científicos, Los Riesgos Para La Salud En Los Lugares De Trabajo, De Oficio O A Solicitud De Entidades Oficiales Y Privadas, Y Proponer Los Métodos De Control De Ingeniería De Los Riesgos Físicos, Químicos, Biológicos Y Mecánicos; B) Estudiar Métodos De Control De Ingeniería Para Prevenir Los Accidentes De Trabajo Y Las Enfermedades Profesionales Y No Profesionales En Los Lugares De Trabajo, Y Recomendarlos Para Su Aplicación; C) Estudiar Los Métodos De Control De Contaminación Atmosférica, Y La Disposición De Residuos Originados Por La Industria; D) Estudiar Los Reglamentos De Higiene Y Seguridad Con El Fin De Conceptuar Sobre Los Aspectos De Higiene Y Seguridad Industrial; E) Asesorar A Las Entidades Oficiales Y Privadas En Los Aspectos De Higiene, Saneamiento, Y Seguridad Ambiental Industrial; F) Establecer Y Conceptuar Técnicamente Sobre Las Condiciones De Organización Y Funcionamiento De Los Servicios De Higiene, Saneamiento Y Seguridad Ambiental Industrial, En Las Entidades Oficiales Y Privadas; G) Conceptuar Sobre Los Plazos Para El Establecimiento De Los Sistemas De Control De Riesgos Profesionales Formulados A Las Empresas; H) Realizar En Coordinación Con Las Respectivas Dependencias Del Ministerio, Campañas De Divulgación Sobre La Naturaleza Y Control De Ingeniería De Los Riesgos Profesionales; I) Proponer, Con Base En Las Investigaciones Adelantadas, La Adecuación De Las Disposiciones Vigentes Sobre La Prevención De Accidentes De Trabajo Y Enfermedades Profesionales, En Los Aspectos De Higiene Y Seguridad Industrial58Las Respectivas Oficinas Seccionales Establecidas, O Que En El Futuro Se Establezcan, Tendrán Las Funciones Y Desarrollarán Los Programas De Las Oficinas De Salud Ocupacional, Bajo La Dirección De Ésta59La Comisión De Personal De Que Trat A La Ley 19 De 1958, En Su Artículo 7°, Será Organizada De Acuerdo Con La Reglamentación Que Para El Caso Dicte El Departamento Administrativo Del Servicio Civil60Funcionarán En El Ministerio Los Siguientes Comités De Coordinación: A) Comité De Coordinación General, Integrado Por El Director Del Ministerio, El Jefe De La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación, El Jefe De La Oficina De Coordinación Y Control Ejecutivo, Y Los Jefes De Las Ramas Técnica Y Administrativa61Son Funciones De Los Comités De Coordinación, Las De62El Comité De Biblioteca Estará Integrada Por: A) Un Funcionario De La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación, Quien Lo Presidirá; B) El Jefe De La Sección De Biblioteca Y Publicaciones; C) El Jefe De La Sección De Ejecución Y Control De Presupuesto63Son Funciones Del Comité De Biblioteca; A) Considerar Los Planes Elaborados Por La Sección De Biblioteca Y Publicaciones; B) Aprobar El Plan Anual De Adquisiciones Elaborado Por La Sección De Biblioteca Y Publicaciones; C) Aprobar Y Revisar, Cuando Las Circunstancias Lo Exijan, El Reglamento De La Biblioteca General Del Ministerio Elaborado Por La Sección De Biblioteca Y Publicaciones64El Comité De Archivo Estará Integrado Por: A) El Jefe De La Rama Administrativa, Quien Lo Presidirá65Es Función Del Comité De Archivo La De Dictar Normas Sobre Traslado, Conservación Y Destrucción De Documentos66El Comité De Divulgación Estará Integrado Por: A) El Jefe De La Rama Técnica, Quien Lo Presidirá67Son Funciones Del Comité De Divulgación: A) Determinar Los Programas Que Sobre Educación Laboral Y Cooperativismo Deba Desarrollar68Descentralízanse A Nivel Regional, Y Dentro De Los Límites Establecidos Por Este Decreto, Las Funciones Ejecutivas Del Ministerio En Las Direcciones Regionales, Que Operarán Jerárquicamente Como Dependencias Inmediatas Del Director Del Ministerio, Quien Contará, Para El Logro De Est A Finalidad, Con La Asistencia Del Jefe De La Oficina De Coordinación Y Control Ejecutivo, Y Funcionalmente De Los Respectivos Jefes De Las Divisiones Técnicas69Cada Dirección Regional Estará A Cargo De Un Director, E Integrada Por Las Secciones Regionales E Inspecciones Que El Volumen De Población, Las Vías De Comunicación Y El Desarrollo Y Características De Cada, Región Demanden Entre Ellas Se Distribuirá El Conocimiento De Los Asuntos Individuales, Colectivos, Campesinos Y De Medicina Del Trabajo70El Ministerio Adscribirá A Las Direcciones Regionales Las Intendencias Y Comisarías Que Considere Conveniente71Ia Son Funciones Del Director Regional: A) Dirigir Y Coordinar La Ejecución De Los Programas Adoptados Por El Ministerio; B) Estudiar Y Resolver Los Problemas De Las Secciones Regionales; C) Dirigir Las Inspecciones De La Región; D) Aprobar Los Reglamentos De Trabajo, Previo Concepto Del Respectivo Jefe De Sección Regional; E) Someter A La Aprobación Del Ministerio, Una Vez Efectuadas Todas Las Operaciones Técnicas, Y Con Su Concepto, Las Solicitudes De Personería Jurídica Para Sindicatos, Por Conducto Del Jefe De La División Respectiva; F) Representar Al Ministerio En Las Juntas Directivas De Oficinas Seccionales De Las Instituciones Vinculadas Al Ministerio; G) Intervenir, Como Representante Del Ministerio, En La Solución, Por Vía Conciliatoria, De Los Conflictos Colectivos De Trabajo; H) R72Son Funciones De Los Jefes De Las Secciones Regionales: A) Dirigir Y Coordinar Los Trabajos Que Ha De Desarrollar La Sección Respectiva; B) Estudiar Y Resolver Los Problemas Técnicos Y Administrativos En El Campo De Trabajo De La Sección; C) Asistir Al Director Regional En El Conocimiento, Estudio Y Solución De Los Problemas Propios De La Sección; D) Asesorar Técnicamente A Las Inspecciones; E) Rendir Al Director Regional Informes Sobre Las Labores Desarrolladas Y Los Resultados Obtenidos Por La Sección, Según La Reglamentación, General; F) Responder Ante El Director Regional, Por El Cumplimiento De Sus Funciones73Son Funciones De Los Inspectores: A) Ejecutar Las Funciones Que Les Sean Adscritas Por La Reglamentación General Del Ministerio, De Acuerdo Con Su Especialización; B) R74El Consejo Regional Del Trabajo, Estará Integrado Por: A) El Gobernador Respectivo O Su Delegado, Quien Lo Presidirá75Son Funciones Del Consejo Regional Del Trabajo: A) Servir De Órgano Consultivo Para El Ministerio En Asuntos Regionales Del Trabajo, Conceptuar Sobre Los Problemas Y Sugerir Las Medidas Para Solucionarlos; B) Propender Una Mayor Coordinación Entre Las Entidades Interesadas O Afectadas Por76Los Gobernadores De Los Departamentos, Los Intendentes Y Los Comisarios Intervendrán En La Solución De Los Conflictos Colectivos Del Trabajo Cuando El Ministerio Del Trabajo Así Lo Solicite77La Reorganización Del Ministerio Contemplada En Este Decreto, Se Completará Gradualmente Con La Colaboración Del Secretario General, Director, Jefes De Las Ramas Técnica Y Administrativa, Y Jefes De División, Con La Asesoría Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil, Previo Concepto Favorable De La Secretaría De Organización E Inspección De La Administración I Pública, Y De Conformidad Con Las Normas Del Presente Decreto78El Ministro, De Acuerdo Con Los Negocios Adscritos Al Ministerio Por El Artículo Primero Del Presente Decreto, Ajustará, Cuando Las Circunstancias Lo Requieran, Las Funciones Fijadas A Las Distintas Dependencias, Previo Concepto De La Secretaria De Organización E Inspección De La Administración Publica79El Gobierno Señalará, Mediante Decreto Previo Concepto De La Secretaría De Organización E Inspección De La Administración Pública, Las Comisiones De Conciliación Y Arbitraje, Cuyos Integrantes Deben Ser Remunerados Por El Tesoro Nacional, Y Fijará Los Correspondientes Honorarios80El Ministerio Podrá Delegar En Las Direcciones Regionales Las Funciones Que, A Su Juicio, Puedan Ser Más Eficazmente Ejercidas Portales Direcciones81Cuando Las Circunstancias Lo Aconsejen82El Gobierno Señalará La Planta De Personal Del Ministerio, De Acuerdo Con La Estruct U R A Y Funciones Fijadas En Este Decreto, Y Previo Concepto Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil Y De La Secretaría De Organización E Inspección De La Administración Pública83Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Y Deroga El Decreto Númer O 1649 De 1960, Y Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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