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Artículo 50

Son Funciones De La Sección Económico Laboral: A) Estudiar A Escala Nacional La Situación De La Mano De Obra, Los Problemas Y Necesidades En La Utilización De La Misma

Decreto 1631 de 1963 · Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección Económico laboral

a)

Estudiar a escala nacional la situación de la mano de obra, los problemas y necesidades en la utilización de la misma., su clarificación, distribución geográficá y otros aspectos correlativos y preparatorios, tendientes a la estructuración y reglamentación del Servicio Nacional de Empleo.

b)

Estudiar los salarios, prestaciones y nivel, de vida de los trabajadores;

c)

Interpretar las estadísticas y datos suministrados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística sobre el costo de la vida en las diversas regiones del país, para efectos, entre otros, de su división en zonas económicas;

d)

Coordinar con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística la investigación y determinación de los índices del costo de la vida par a la clase trabajadora en cada región económica, y determinar el coeficiente de incremento de dicho costo;

e)

Elaborar, con base en los requerimientos de mano de obra, la clasificación de sus niveles técnicos y el plan de su formación y adiestramiento, en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional y con el Servicio Nacional de Aprendizaje;

f)

Hacer estudios sobre los sistemas de ingeniería industrial y de la productividad en general, y proponer al respecto las medidas que fueren necesarias para la protección del trabajo;

g)

Coordinar con el Centro Nacional de Productividad, la realización de estudios encaminados a evitar la desocupación a causa de innovaciones tecnológicas que se presenten en la industria;

h)

Asesorar al Ministerio en la solución de los problemas económico-laborales que se presenten, y realizar, a tal efecto, los estudios adecuados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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