Micelio

Artículo 2

La Organización Del Ministerio Del Trabajo, Será La Siguiente: 1°

Decreto 1631 de 1963 · Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La organización del Ministerio del Trabajo, será la siguiente: 1°. Dirección, Ejecución y Control, A. Despacho del Ministro. B. Secretaría General. C. Dirección

1.

Oficina de Coordinación y Control Ejecutivo. B. Rama Técnica. 1) Sección de Divulgación. a) División de Asuntos Individuales del Trabajo. 1. Sección de Asuntos Urbanos y Mineros.

2.

Sección de Trabajo de Mujeres, Menores, y a Domicilio. b) División de Asuntos Colectivos del Trabajo. 1. Sección de Reglamentación y Control Sindical. 2. Sección de Auditoría Sindical. c) División de Asuntos Campesinos. 1. Sección de Asuntos Individuales y Colectivos del Trabajo del Campo. 2. Sección de Asuntos Sociales Agrarios, d) División de Medicina del Trabajo. 1. Sección de Medicina Legal del Trabajo. 2. Sección de Vigilancia y Control, E. Rama Administrativa

a)

División de Personal. 1. Sección de Reclutamiento y Adiestramiento. 2. Sección de Registro y Control de Personal,

b)

División de Presupuesta 1. Sección de Ejecución y Control del Presupuesto. 2) Sección de Pagaduría.

c)

División de Servicios Generales. 1. Sección de Mecanografía. 2. Sección de Correspondencia y Archivo General. i. Grupo de Archivo Especializado de la División de Asuntos Colectivos del Trabajo.

3.

Sección de Almacén y Mantenimiento.

4.

Sección de Biblioteca y Publicaciones. 2°. Organismos Asesores y Coordinadores. A. Consejo Nacional del Trabajo. B. Consejo Nacional de Salarios C. Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación. i Grupo de Organización y Métodos. 1. Sección de Seguridad Social. 2. Sección Económico-laboral. D. Oficina Jurídica. E. Oficina de Relaciones Internacionales del Trabajo. F. Oficina, de Salud Ocupacional. 1. Sección de Medicina Preventiva industrial. 2. Sección ele Saneamiento Ambiental Industrial. G. Comisión de Personal. H. Comités de Coordinación. I. Comité de Biblioteca. J. Comité de Archivo. K. Comité de Divulgación. 3°. Dependencias regionales A. Dirección Regional. i. Oficina de Salud Ocupacional

a)

Secciones Regionales. 1. Sección-Regional de Asuntos Individuales del Trabajo. 2. Sección Regional de Asuntos Colectivos del Trabajo. 3. Sección Regional de Asuntos Campesinos. 4. Sección Regional de Medicina del Trabajo.

b)

Inspecciones. B. Consejo Regional del Trabajo.

Parágrafo

La colaboración de entidades internacionales especializadas se regirá por los contratos o convenios celebrados o que se celebren entre dichas entidades y el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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