Micelio

Artículo 11

Son Funciones De Los Jefes De Las Secciones Técnicas: A

Decreto 1631 de 1963 · Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de los Jefes de las Secciones Técnicas: a.) Dirigir y coordinar los trabajos que ha de desarrollar la Sección respectiva; b) Estudiar los problemas y necesidades relacionados con la Sección; c) Prestar asistencia técnica a los Directores Regionales. o a los Inspectores de Trabajo, según el caso, en coordinación con el Jefe de la División; d) Presentar programas de trabajo al Jefe de la División respectiva, de acuerdo con la reglamentación general; e) Asesorar al Jefe de la División en la preparación del material de divulgación; f ) Asistir al Jefe de la División en el conocimiento y análisis de los problemas relacionados con las funciones propias de la sección; g) Asistir al Comité de Coordinación de la División respectiva; h) Rendir ante el Jefe de la División respectiva informes sobre las labores desarrolladas y los resultados obtenidos por la sección, según reglamentación general; i) Responder ante el Jefe de la respectiva División por el cumplimiento de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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