Son funciones de los Jefes de las Secciones Regionales
Dirigir y coordinar los trabajos que ha de desarrollar la sección respectiva;
Estudiar y resolver los problemas técnicos y administrativos en el campo de trabajo de la sección;
Asistir al Director Regional en el conocimiento, estudio y solución de los problemas propios de la Sección;
Asesorar técnicamente a las Inspecciones;
Rendir al Director Regional informes sobre las labores desarrolladas y los resultados obtenidos por la Sección, según la reglamentación, general;
Responder ante el Director Regional, por el cumplimiento de sus funciones.
Los Jefes de las Secciones Regionales podrán intervenir directamente, en el estudio y solución de problemas laborales, de acuerdo con su especialización y cuando el Ministerio lo estime conveniente, teniendo como base el volumen de trabajo de la respectiva región, y el carácter de los problemas. En todo caso, los Jefes de las Secciones Regionales tendrán el carácter de Inspectores para todos los efectos legales.