Micelio

Artículo 52

Son Funciones De La Oficina Jurídica: A) Estudiar Los Problemas Jurídicos Relacionados Con El Ministerio, Y Preparar Los Conceptos O Proyectos Respectivos; B) Estudiar El Aspecto Legal De Todos Los Contratos Que Deba Celebrar El Ministerio; C) Estudiar, Preparar O Revisar Los Proyectos De Ley, Decreto Y Resolución Relacionados Con El Ministerio; D) Codificar Las Normas Legales Relacionadas Con El Ministerio, Y Mantener Al Día La Codificación ; E) Asesorar Al Ministerio Público En Los Juicios Que Se Relacionen Con El Ministerio; F) Preparar Y Revisar Proyectos De Códigos O Leyes Del Trabajo; G) Estudiar Los Anteproyectos Que Le Presenten Los Jefes De Las Divisiones Técnicas En Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Literal H) Del Artículo 10 De Este Decreto

Decreto 1631 de 1963 · Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Oficina Jurídica

a)

Estudiar los problemas jurídicos relacionados con el Ministerio, y preparar los conceptos o proyectos respectivos;

b)

Estudiar el aspecto legal de todos los contratos que deba celebrar el Ministerio;

c)

Estudiar, preparar o revisar los proyectos de ley, decreto y resolución relacionados con el Ministerio;

d)

Codificar las normas legales relacionadas con el Ministerio, y mantener al día la codificación ;

e)

Asesorar al Ministerio Público en los juicios que se relacionen con el Ministerio;

f)

Preparar y revisar proyectos de códigos o leyes del trabajo;

g)

Estudiar los anteproyectos que le presenten los Jefes de las Divisiones Técnicas en cumplimiento de lo dispuesto en el literal h) del artículo 10 de este Decreto. XVII - De la Oficina de Relaciones Internacionales del Trabajo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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