° Son funciones de la Oficina de Coordinación y Control Ejecutivo
Coordinar y vigilar el cumplimiento, por parte de las dependencias del Ministerio, de las normas técnicas y administrativas dadas por el mismo;
Dirigir, con la asesoría de las Secciones Técnicas y Administrativas, y en coordinación con los Directores Regionales del Trabajo, las campañas, que adelante directamente el Ministerio;
Vigilar el cumplimiento de las disposiciones del Ministerio en las Direcciones Regionales del Trabajo;
Vigilar el cumplimiento de las funciones delegadas por el Ministerio, en cuanto se relacionen con las labores que se ejecuten en las Direcciones Regionales del Trabajo;
Asesorar a las Secciones Técnicas del Ministerio y a las Gobernaciones en la programación gradual y en el ejercicio de la delegación de funciones, respectivamente;
Velar por el cumplimiento de los contratos celebrados por el Ministerio con los Departamentos y con entidades públicas o privadas, y asesorarlo para el cabal cumplimiento de los mismos;
Adelantar las investigaciones administrativas que le sean ordenadas;
Cumplir las comisiones que se le encomienden, y presentar los correspondientes informes. IV De la Rama Técnica