Micelio

Artículo 15

Son Funciones De La Sección De Mujeres, De Menores Y A Domicilio: A) Estudiar Los Problemas Y Necesidades Del País En Materia De Legislación Laboral Sobre El Trabajo De Menores De 18 Años, De Mujeres Y A Domicilio, Y Proponer Las Medidas Y Modificaciones Que Sean Del Caso; B) Interpretar La Política Del Gobierno En Cuanto Se Refiere Al Trabajo A Domicilio, De La Mujer Y Del Menor De 18 Años; C) Dar Normas Encaminadas A Asegurar El Cabal Cumplimiento De Las Leyes Laborales Que Protegen El Trabajo A Domicilio, De La Mujer Y Del Menor De 18 Años; El) Dar Normas Para El Estudio Y Solución, Por Vía Conciliatoria, De Los Conflictos De Carácter Individual Que Afecten A La Mujer, Al Menor De 18 Años, Y Al Trabajador A Domicilio, Como Consecuencia De La Naturaleza, Modalidades, Relaciones, Efectos O Ejecución Del Contrato De Trabajo; E) Preparar Proyectos De Material Instructivo Sobre Temas, Laborales Propios De La Sección, A Fin De Buscar Un Mejor Entendimiento Entre Patrono Y Trabajador, Sea Mujer, Menor De 18 Años O A Domicilio, Instruyéndolos Sobre Sus Derechos Y Obligaciones

Decreto 1631 de 1963 · Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Mujeres, de Menores y a Domicilio

a)

Estudiar los problemas y necesidades del país en materia de legislación laboral sobre el trabajo de menores de 18 años, de mujeres y a domicilio, y proponer las medidas y modificaciones que sean del caso;

b)

Interpretar la política del Gobierno en cuanto se refiere al trabajo a domicilio, de la mujer y del menor de 18 años;

c)

Dar normas encaminadas a asegurar el cabal cumplimiento de las leyes laborales que protegen el trabajo a domicilio, de la mujer y del menor de 18 años; el) Dar normas para el estudio y solución, por vía conciliatoria, de los conflictos de carácter individual que afecten a la mujer, al menor de 18 años, y al trabajador a domicilio, como consecuencia de la naturaleza, modalidades, relaciones, efectos o ejecución del contrato de trabajo; e) Preparar proyectos de material instructivo sobre temas, laborales propios de la sección, a fin de buscar un mejor entendimiento entre patrono y trabajador, sea mujer, menor de 18 años o a domicilio, instruyéndolos sobre sus derechos y obligaciones. VI De la División de Asuntos Colectivos del Trabajo

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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