Micelio

Artículo 75

Son Funciones Del Consejo Regional Del Trabajo: A) Servir De Órgano Consultivo Para El Ministerio En Asuntos Regionales Del Trabajo, Conceptuar Sobre Los Problemas Y Sugerir Las Medidas Para Solucionarlos; B) Propender Una Mayor Coordinación Entre Las Entidades Interesadas O Afectadas Por

Decreto 1631 de 1963 · Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Consejo Regional del Trabajo

a)

Servir de órgano consultivo para el Ministerio en asuntos regionales del trabajo, conceptuar sobre los problemas y sugerir las medidas para solucionarlos;

b)

Propender una mayor coordinación entre las entidades interesadas o afectadas por. las funciones del Ministerio;

c)

Dictar su propio reglamento.

Parágrafo

Serán miembros consultivos del Consejo Regional del Trabajo, las personas que el Gobierno, en coordinación con el Director Regional, estime conveniente invitar para que informen o conceptúen sobre los temas especiales que se vayan a consultar. XXVI - De las disposiciones varias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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