Micelio

Artículo 21

Son Funciones De La Sección De Asuntos Sociales Agrarios: A) Dar Normas Para El Estudio Y Solución, Por Vía Conciliatoria, De Los Conflictos Que Se Susciten Sobre Mejoras En Predios Rurales, Y De Conformidad Con Lo Establecido En El Decreto 0291 De 1957; B) Estudiar Los Problemas Y Las Necesidades Del País En Cuanto A Legislación Agraria Sobre Arrendamientos De Predios Rurales, Aparcería, Colonos Y Similares, Que Afecten Al Trabajador Clel Campo Por Su Condición De Tál, Y Proponer Las Medidas Y Nioclifiacciones Que Se Requieran, En Coordinación Coa El Ministerio De Agricultura Y El Instituto Colombiano De La Reforma Agraria; C) Asistir Al Jefe De La División, En El Conocimiento, Estudio Y Resolución Respecto De La Atribución Conferida Por El Artículo 104 De La Ley 135 De 1961, Y Decretos Reglamentarios; D) Interpretar La Política Del Gobierno En Cuanto Se Refiere A Los Asuntos De La Competencia De Esta Sección; E) Preparar Proyectos De Material Instructivo Sobre Temas Agrarios Propios De La Sección

Decreto 1631 de 1963 · Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Asuntos Sociales Agrarios

a)

Dar normas para el estudio y solución, por vía conciliatoria, de los conflictos que se susciten sobre mejoras en predios rurales, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 0291 de 1957;

b)

Estudiar los problemas y las necesidades del país en cuanto a legislación agraria sobre arrendamientos de predios rurales, aparcería, colonos y similares, que afecten al trabajador clel campo por su condición de tál, y proponer las medidas y nioclifiacciones que se requieran, en coordinación coa el Ministerio de Agricultura y el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria;

c)

Asistir al Jefe de la División, en el conocimiento, estudio y resolución respecto de la atribución conferida por el artículo 104 de la Ley 135 de 1961, y Decretos reglamentarios;

d)

Interpretar la política del Gobierno en cuanto se refiere a los asuntos de la competencia de esta sección;

e)

Preparar proyectos de material instructivo sobre temas agrarios propios de la sección. VIII - División de Medicina del Trabajo

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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