Micelio

Artículo 24

Son Funciones De La Sección De Vigilancia Y Control: A) Vigilar Y Asegurar El Cabal Cumplimiento De Las Leyes Laborales Y Demás Disposiciones Emanadas Del Ministerio En Lo Relativo A Medicina Del Trabajo, Higiene Y Seguridad Industrial; B) Vigilar Y Asegurar El Cumplimiento, En Los Lugares De Trabajo, De Las Disposiciones De Sanidad General Promulgadas Por El Ministerio De Salud Pública; C) Practicar Visitas A Los Establecimientos De Trabajo, Con El Fin De Comprobar El Cumplimiento Del Reglamento De Higiene, Y Demás Normas Legales Y Reglamentarias Relativas A La Medicina Del Trabajo, Higiene Y Seguridad Industrial; D) Rendir Los Informes Correspondientes Sobre Anomalías En El Cumplimiento De Las Disposiciones Legales Y Reglamentarias Sobre Medicina Del Trabajo, Higiene Y Seguridad Industrial

Decreto 1631 de 1963 · Por el cual se reorganiza el Ministerio del Trabajo y se fijan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Vigilancia y Control

a)

Vigilar y asegurar el cabal cumplimiento de las leyes laborales y demás disposiciones emanadas del Ministerio en lo relativo a Medicina del Trabajo, higiene y seguridad industrial;

b)

Vigilar y asegurar el cumplimiento, en los lugares de trabajo, de las disposiciones de sanidad general promulgadas por el Ministerio de Salud Pública;

c)

Practicar visitas a los establecimientos de trabajo, con el fin de comprobar el cumplimiento del reglamento de higiene, y demás normas legales y reglamentarias relativas a la Medicina del Trabajo, higiene y seguridad industrial;

d)

Rendir los informes correspondientes sobre anomalías en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre Medicina del Trabajo, higiene y seguridad industrial. IX - De la Rama Administrativa

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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