Decreto
Decreto 2303 de 1989
DECRETO 2303 DE 1989, 07/10/1989, Por el cual se crea y organiza la jurisdicción agraria
139artículos
2arts. con control
2sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
La Corte se ha pronunciado 2 veces sobre esta norma, revisando 2 artículos sin inexequibilidades. Entra a cada artículo para ver su cronología completa.
2Inhibitorio / otro
Sentencias que la revisaron · 2
02
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Artículos con control constitucional · 2
55Derogado.1 sentenciasINHIBITORIO98Partes. Sin Perjuicio De Lo Previsto En El Artículo 984 Del Código Civil, La Per1 sentenciasINHIBITORIO
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1Artículo 12Artículo 23Artículo 34Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Reparto De Los Asuntos De Acuerdo Con La Competencia. Los Jueces Agrarios Con Ba11Salas Agrarias. Habrá Una Sala Agraria En Los Tribunales Superiores De Antioquia12Integracion. Las Salas Agrarias Ejercerán Sus Funciones En Salas De Decisión, In13Quienes Ejercer El Ministerio Publico. El Ministerio Público Será Ejercicio, En14Criterios De Interpretacion Y Aplicacion Del Derecho. Los Jueces Y Magistrados A15Fallos Extra Y Ultra Petita Y Aplicacion Oficiosa De Normas. Cuando Una De Las P16Otros Poderes Y Deberes Del Juez. En Aplicación De Lo Dispuesto En El Artículo 117Prevalencia De Lo Agrario. Si En El Asunto De Que Se Trata Están Involucrados Ag18Decision De La Controversia Por El Tribunal Superior. Cuando Hubiere Controversi19Procedencia. Se Concederá El Amparo De Pobreza A Los Resguardos O Parcialidades20Informacion Sobre El Derecho Al Amparo. Si El Demandante, El Demandado O Intervi21Concesion Del Amparo De Pobreza. Para La Concesión Del Amparo Bastará Que El Int22Normas Especiales Sobre Representacion Judicial. Lo Dispuesto En El Artículo 16323Actos Improcedentes. No Proceden El Allanamiento A La Demanda, El Desistimiento24Improcedencia De La Perencion. Si El Demandante Gozaré Del Amparo De Pobreza No25Aplicacion De Disposiciones Del Codigo De Procedimiento Civil. En Lo No Previsto26Los Resguardos Indigenas Como Partes En El Proceso. De Conformidad Con Lo Previs27Incompetencia Del Juez. Si El Juez Agrario Ante Quien Se Presente La Demanda No28Correccion De La Demanda. Si La Demanda No Reúne Los Requisitos Formales Exigido29Citacion De Oficio. El Juez Ordenará, De Oficio, Que Se Cite A Todos Los Que Pue30Aviso A La Procuraduria General De La Nacion. El Juez Competente Ordenará, En El31Clases De Audiencias. En Los Procesos Ordinarios Y En El Especial De Deslinde Y32Publicidad De Las Audiencias. A Menos Que Exista Causa Justificativa, Las Audien33Concentracion De Audiencias Y Diligencias. Cuando Fueren Previsibles Varias Audi34Acta De Audiencia. El Secretario Extenderá Un Acta Sobre Lo Actuado U Ocurrido D35Obligatoriedad Y Oportunidad De La Conciliacion. En Todo Proceso Declarativo De36Conciliacion Antes Del Juicio. Antes De Que Se Presente La Demanda, Podrá Ser So37Tramite. Al Iniciarse La Audiencia, El Funcionario, Sin Avanzar Ningún Concepto,38Efectos De La Conciliacion. La Conciliación Tendrá Efectos De Cosa Juzgada Y Su39Conciliacion Parcial. Si El Acuerdo Fuere Parcial, Se Aplicará Lo Dispuesto En E40Falta De Animo Conciliatorio. Se Entenderá Que No Hay Ánimo Conciliatorio Cuando41Fracaso Del Intento De Conciliacion. En Cualquier Momento En Que Una De Las Part42Representacion De Incapaces. Si El Demandante, El Demandado O Alguno De Quienes43Conciliacion Por Entidades Publicas. Los Representantes De La Nación, Departamen44Improcedencia De La Conciliacion. No Podrá Efectuarse La Conciliación En Los Cas45Procedencia, Contenido Y Tramite. En Los Procesos Ordinarios Y En El Especial De46Suspension Por Ausencia Del Juez. Los Desplazamientos Del Juez Previstos En El A47Termino Para Dictar Providencia. Los Jueces Dictarán Los Autos De Sustanciación48Reglas Generales. Salvo Lo Dispuesto En Norma Especial, Se Aplicarán En Materia49Notificacion Por Aviso. Cuando No Hubiere Sido Posible Notificar Personalmente A50Procedencia. En Asuntos Agrarios Procede El Recurso De Casación Contra Las Sigui51Derogado.52Derogado.53Derogado.54Derogado.55Derogado.INHIBITORIO56Derogado.57Derogado.58Derogado.59Derogado.60Derogado.61Derogado.62Derogado.63Derogado.64Derogado.66Derogado.67Derogado.68Derogado.69Derogado.70Derogado.71Derogado.72Derogado.73Derogado.74Derogado.75Derogado.76Derogado.77Derogado.78Derogado.79Derogado.80Derogado.81Derogado.82Derogado.83Derogado.84Derogado.85Derogado.86Derogado.87Derogado.88Derogado.89Derogado.90Derogado.91Derogado.92Derogado.93Derogado.94Derogado.95Derogado.96Derogado.97Normas Aplicables. Las Disposiciones De Los Dos Capítulos Anteriores Se Aplicará98Partes. Sin Perjuicio De Lo Previsto En El Artículo 984 Del Código Civil, La PerINHIBITORIO99Requisitos De La Demanda. La Demanda Deberá Llenar Los Siguientes Requisitos:100Anexos De La Demanda. A La Demanda Deberá Acompañarse Prueba Siquiera Sumaria Co101Rechazo De La Demanda. Si La Demanda No Reúne Los Requisitos Indicados En El Art102Admision Y Traslado De La Demanda; Pruebas. El Juez Admitirá La Demanda Si Llena103Notificacion Por Aviso. Si No Hubiere Sido Posible Notificar Personalmente Al De104Improcedencia De La Conciliacion. En Este Proceso Especial Es Improcedente La Co105Suspension De La Actuacion E Improcedencia Del Lanzamiento. Si Durante La Dilige106Lanzamiento. Practicada La Inspección Judicial, Si De Ésta Y Demás Pruebas Produ107Normas Aplicables. Las Autoridades Competentes Aplicarán Los Artículos 20, 21, 2108Determinacion Del Valor De Las Mejoras. Una Vez Ejecutoriada La Sentencia Y Ante109Pago De Las Mejoras. En Ningún Caso Podrá Llevarse A Cabo El Lanzamiento Sin Que110Inventario Y Deposito De Bienes. Si Durante La Práctica De La Diligencia De Lanz111Actas. De Las Diligencias De Inspección Judicial Y De Lanzamiento Se Levantarán112Partes. Pueden Demandar El Deslinde Y Amojonamiento El Propietario Pleno, El Nud113Notificacion Por Aviso. Si No Fuere Posible La Notificación Personal De Quienes114Excepciones. En Este Proceso Podrán Proponerse Excepciones Previas Y Las De Cosa115Citacion Para El Deslinde Y Decreto De Pruebas. Antes De Que Finalice La Audienc116Plano O Croquis. Deberá Levantarse Un Plano O Croquis De Las Áreas Delimitadas,117Diligencia De Deslinde. La Diligencia De Deslinde Se Verificará En La Forma Indi118Accion. El Ambiente Rural Y Los Recursos Naturales Renovables Del Dominio Públic119Contenido De La Demanda. Por Lo Menos, La120Presentacion De La Demanda. La Demanda Podrá Ser Presentada Por Escrito O Verbal121Medidas Precautelativas. Desde El Momento De La Presentación De La Demanda Y En122Notificacion Del Auto Admisorio Y Contestacion De La Demanda. Si Dentro De Los T123Aviso Sobre Iniciacion Del Proceso. Inmediatamente Después De Admitida La Demand124Pruebas. Vencido El Término Señalado En El Inciso Final Del Artículo 122 De Este125Inspeccion Judicial. La Inspección Judicial Se Realizará Dentro De Los Tres (3)126Audiencia. Dentro De Los Dos (2) Días Siguientes A La Finalización De La Diligen127Actuaciones Y Medidas Improcedentes. No Habrá Lugar A La Conciliación, Anterior128Obligaciones De Decidir La Controversia. El Juez Deberá Proferir Ineludiblemente129Contenido De La Sentencia. El Juez Podrá Imponer Al Demandado, En La Sentencia,130Apelaciones. Los Autos Contra Los Cuales Proceda Recurso Ante El Superior, Serán131Indemnizaciones. En Caso De Que El Juez Condene A Pagar Indemnización Conforme A132Disposiciones Aplicables. Se Aplicarán En133Indemnizacion De Perjuicios Al134Aviso Al Juez Penal. Si El Hecho Causante Del Daño Fuere Delictuoso O En Su Real135Acciones Privadas O De Caracter Subjetivo. La Acción Que Ejerza El Propietario D136Procesos Sometidos Al Codigo De Procedimiento Civil. Los Procesos De Expropiació137Saneamiento De La Pequeña Propiedad Agraria. Los Asuntos Relativos Al Saneamient138Disposiciones Exceptuadas. No Se Aplicará Lo Previsto En Este Decreto A Los Asun139Aplicacion Supletoria. En Los Aspectos No Contemplados En El Presente Decreto Se140Vigencia. El Presente Decreto Rige A Partir Del 1º De Junio De 1990 Y Derogan La
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Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 30 de 1987 y oída la Comisión Asesora por ella establecida
- Carlos Lemos SimmondsEl Ministro de Comunicaciones encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia · encargado
- Luis Fernando Alarcon MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público