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Artículo 24

Improcedencia De La Perencion. Si El Demandante Gozaré Del Amparo De Pobreza No

Decreto 2303 de 1989 · DECRETO 2303 DE 1989, 07/10/1989, Por el cual se crea y organiza la jurisdicción agraria

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 24. IMPROCEDENCIA DE LA PERENCION. Si el demandante gozaré del amparo de pobreza no habrá lugar a la perención del proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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