Micelio

Artículo 10

Reparto De Los Asuntos De Acuerdo Con La Competencia. Los Jueces Agrarios Con Ba

Decreto 2303 de 1989 · DECRETO 2303 DE 1989, 07/10/1989, Por el cual se crea y organiza la jurisdicción agraria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 10. REPARTO DE LOS ASUNTOS DE ACUERDO CON LA COMPETENCIA. Los jueces agrarios con base en la competencia que les asigna el presente Decreto, conocerán de los negocios que mediante reparto le sean distribuidos por la Sala Agraria o Civil, según el caso, del Tribunal Superior de Distrito Judicial competente, las cuales para el efecto tendrán en cuenta las necesidades del territorio de cada Juzgado. Los jueces se desplazarán periódicamente y cuando ello fuere necesario, a los municipios que están comprendidos dentro del territorio que se les haya asignado. El juez programará el recorrido periódico por los municipios de su territorio, teniendo en cuenta las actuaciones judiciales previsibles y todo desplazamiento suyo se hará conocer previamente del público mediante aviso que se fijará en la secretaría del Juzgado y en la oficina de que se disponga en cada uno de dichos municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2303 de 1989