DecretoVigente
Decreto 1607 de 1923
Por el cual se reglamenta la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Artículo 12Artículo 21Constituyen La Facultad De Matemáticas E Ingeniería, Como Cuerpo Científico, El Rector, Los Profesores Del Instituto Y El Secretario2La Facultad Está Especialmente Destinada A La Formación De Ingenieros Civiles, Y Por Consiguiente, A La Enseñanza De Las Materias Necesarias Que Se Determinan En Este Reglamento, Y A La Expedición De Los Diplomas Correspondientes3El Rector, Nombrado Por El Poder Ejecutivo, Es El Director De La Facultad, Y A Él Están Subordinados Los Alumnos De Ella, Y De Acuerdo Con Lo Que Este Reglamento Determina, Los Empleados Y Catedráticos4Son Deberes Y Atribuciones Del Rector: I5Corresponde Al Rector, Auxiliado Por El Secretario, Formar El Inventario De Los Muebles Y Del Material De Enseñanza De La Facultad; Guardar Y Conservar Estos Objetos Bajo Su Responsabilidad, Y Anotar En El Inventario, Al Fin De Cada Año, Las Alteraciones A Que Hubiere Lugar6Es Obligación Del Rector Hacer Con Frecuencia Visitas A Las Clases Para Cerciorarse Por Sí Mismo Del Modo Como Se Dicta La Enseñanza, Y Practicar, Si Lo Estima Conveniente, Un Examen De Los Alumnos7El Rector Podrá Conceder Licencia A Los Catedráticos Para Separarse De La Facultad Hasta Por Sesenta (60) Días; En Este Caso, Y En Cualquier Otro En Que Faltare Un Profesor, Nombrará Interinamente Un Sustituto, Dando Cuenta De Dicho Nombramiento Al Ministerio De Instrucción Pública8Es De Competencia Del Rector Todo Lo Que Sea Necesario Ejecutar Para Dar Exacto Cumplimiento A Las Disposiciones De Este Reglamento9Hay En La Facultad Un Consejo Directivo Compuesto Del Rector, Que Lo Preside, Y De Cuatro Catedráticos, Con Sus Respectivos Suplentes Designados Por El Poder Ejecutivo10El Consejo Directivo Debe Reunirse En Uno De Los Diez Primeros Días De Cada Mes, O Cuando Sea Convocado Extraordinariamente Por El Rector O El Ministro De Instrucción Pública11Son Atribuciones Del Consejo Directivo: I12En Los Casos No Previstos Por Este Reglamento, El Consejo Directivo Dispondrá Lo Que Estime Más Acertado13Hay En La Facultad Un Secretario Nombrado Por El Rector, El Cual Dura Tres Años En Su Cargo, Pudiendo Ser Reelegido14Son Deberes Del Secretario Los Siguientes: I15El Secretario Liquidará Mensualmente La Cuenta De Caja Para Presentarla Al Consejo; De Acuerdo Con Lo Ordenado Por Las Leyes O Por Disposiciones Del Ejecutivo Presentará Anualmente Dicha Cuenta A La Entidad Que Corresponda Para Su Fenecimiento Definitivo16Suplirá Las Faltas Del Rector En El Régimen Interno Y Económico De La Facultad17Hay En La Facultad Un Bibliotecario, Nombrado Por El Rector, De Acuerdo Con El Consejo Directivo, Nombramiento Que Puede Recaer En Alguno De Los Alumnos Que Observe Buena Conducta Y Haya Sido Aprobado Con Calificación No Inferior A Cuatro (4) En Los Cursos De Los Tres Primeros Años18El Rector Puede Sustituirlo En Su Empleo En Cualquier Tiempo, Si Así Lo Juzgare Conveniente, Si, Siendo Estudiante, Obtuviere En Alguna De Las Asignaturas Que Cursa Una Calificación Inferior A Cuatro (4)19El Bibliotecario Debe Recibir Y Entregar Por Inventario Las Obras Que Formar La Biblioteca, Y Otorgar Una Fianza Personal A Satisfacción Del Consejo Directivo20Son Deberes Del Bibliotecario: I21Los Profesores De La Facultad Son De Tres Clases: Principales, Sustitutos Y Honorarios22El Consejo Directivo Podrá, Con La Aprobación Del Ministerio De Instrucción Pública, Conferir El Título De Profesor Honorario De La Facultad A Quienes Por Varios Años Se Hayan Distinguido En El Profesorado De La Misma, Y Luego Se Retiren Del Servicio Activo23Son Deberes Y Atribuciones De Los Catedráticos En Ejercicio: I24Es Una De Las Obligaciones Principales De Los Profesores De Los Cursos De Matemáticas Señalar A Los Alumnos Los Problemas Y Ejercicios Que Deben Ejecutar Fuera De La Clase Para Ejercitarse En La Aplicación De Los Conocimientos Adquiridos25Los Profesores De Los Cursos De Ingeniería Proponen Oportunamente Los Temas De Los Proyectos Que Deben Ejecutar Los Alumnos Y Fijar El Tiempo En Que Hayan De Hacerse26Los Profesores Deben Dejar Constancia En Las Listas Semanales Del Número De Clases Hechas Durante La Semana, De Las Faltas De Asistencia De Los Alumnos Y De Las Calificaciones Que Estos Hayan Obtenido27Dar Cuenta Por Escrito Al Rector De Las Faltas Cometidas Por Los Alumnos Y Que A Su Juicio Requieran Alguna Sanción28Ningún Profesor Ni Empleado De La Facultad Podrá, En Su Carácter De Tál, Expedir Certificación De Ninguna Especie, Sin Orden Del Rector29Hay En La Facultad Dos Preparadores: Uno Para El Curso De Química, Y Otro Para El De La Mineralogía Y Geología, Nombrados Por El Consejo Directivo De Las Ternas Que Propongan Los Profesores De Aquellos Cursos30Tanto El Preparador De Química Como El De Mineralogía Y Geología, Cumplirán, Además De Las Obligaciones Señaladas En Los Artículos Siguientes, Con Las Que Les Impongan Los Profesores Respectivos; Harán El Inventario Anual De Los Elementos A Su Cargo De Acuerdo Con El Secretario, Y Presentarán Una Fianza Personal31Son Deberes Del Preparador De Química: I32Son Deberes Del Preparador De Mineralogía Y Geología: I33Son Alumnos De La Facultad Los Individuos Que Habiendo Sido Matriculados Se Mantienen En Ella Sometidos A Las Disposiciones Que Prescribe El Reglamento34Son Deberes De Los Alumnos: I35Las Solicitudes De Los Alumnos Deberán Dirigirse Al Rector, Que Es La Inmediata Autoridad Que Conoce De Los Asuntos Escolares, Y Además El Conducto Regular Para Dirigirse Al Consejo Directivo36Cuando Un Alumno Pretenda, Por Causa Justa, Retirarse De La Facultad, Dará Aviso Al Rector, Quien Ordenará La Cancelación De La Matrícula37El Alumno Que Causare Algún Dado En El Establecimiento, O En Las Cosas Pertenecientes A Otro Alumno, Resarcirá El Daño Causado38No Podrán Ser Admitidos Ni Tenidos Como Alumnos De La Facultad Los Individuos Manchados Con El Vicio De La Embriaguez Alcohólica Morfina, Ni Los Expulsados De Otros Planteles39No Podrá Matricularse Un Alumno En Un Curso Que Requiera Como Previo Otro Que No Haya Ganado40Los Asistentes, O Sea Aquellos Individuos Que Sin Estar Matriculados Quieran Concurrir A Las Clases Y Trabajos De La Facultad; Están Sujetos Al Reglamento Y Pagan Derechos Dobles41La Matrícula Se Abre Al Principio Del Año En La Fecha Que Determine El Consejo Directivo, Y Dura Abierta Por Espacio De Dos Semanas42Después De Cerrada La Matricula, Podrá Darse Matricula Extraordinaria, Si Así Lo Creyere Conveniente El Consejo Directivo; En Ese Caso El Tiempo De Dicha Matrícula Será De Ocho Días, Y Causará Derechos Dobles43El Joven Que Solicite Matrícula Debe Presentarse Personalmente Ante El Rector, Acompañado De Su Padre O Acudiente, A Fin De Que Firme La Matrícula Y Se Imponga De Las Obligaciones De Su Cargo44El Acudiente O Persona De Quien Dependa El Alumno Debe Ser De Reconocida Respetabilidad, Radicado En Bogotá Y Debe Responder De La Conducta Moral De Su Acudido45El Individuo Que Solicite Matricula Por Primera Vez, Debe Presentar Al Rector De La Facultad: Un Certificado De Que No Padece Enfermedad Contagiosa, Expedido Por El Médico Que Indique El Rector; Una Certificación De Buena Conducta Del Colegio O Colegios Donde Haya Hecho El Bachillerato; Y El Diploma De Bachiller En Filosofía Y Letras O De Bachiller En Ciencias, Juntamente Con El Certificado Del Curso Completo De Filosofía, Reconocido Por El Ministerio De Instrucción Pública46Cuando La Inscripción No Se Refiera Al Primer Año De Estudios, El Alumno Debe Comprobar Con Sus Matrículas Que Ha Ganado Debidamente Los Cursos Que Preceden A Los Del Año En Que Desea Matricularse47El Rector Ordena La Matrícula Para Cada Alumno En El Orden De Cursos El Pénsum Que Establece El Capitulo Xv De Este Reglamento48La Inscripción En La Matrícula Contiene: El Nombre, Edad Y Lugar Del Nacimiento Del Cursante; El Colegio Donde Haya Hecho Su Bachillerato; Los Cursos En Que Se Matricule, Y El Nombre Y Dirección De La Persona A Cuyo Cargo Esté En Esta Ciudad49Los Alumnos Que Hayan Sido Aplazados En Los Exámenes De Prueba En Más De Dos Cursos, O Aquellos Que Tengan Un Promedio De Calificación General Inferior A Tres (3) En Los Cursos En Que Estaban Matriculados Y Que No Hubieren Perdido Por Fallas, Deberán Repetir Los Cursos En Que Hayan Sido Aplazados, Sin Que Puedan Matricularse En Ninguno De Los Del Año Siguiente50Cuando Un Alumno Perdiere Por Dos Años Seguidos, Por Cualquiera De Las Causas Que Determina Este Reglamento, Dos O Más De Los Cursos Que Sigue, Pierde El Derecho A Seguir Cursando En La Facultad51Las Penas Correccionales Que Pueden Imponerse A Los Alumnos, Son Las Siguientes: 152Se Llama Falla La Falta De Asistencia A La Clase53El Alumno Que Tuviere Un Número De Fallas Igual Al 35 Por 100 Del Total De Clases Dictada En Un Curso, Pierde Éste Y Debe Repetirlo54El Registro De Las Fallas Y Calificaciones Se Llevará Semanalmente Por Los Profesores En Cuadros O Listas Que Les Pasara El Secretario55El Registro Mensual De Las Calificaciones Y Fallas Se Llevará Por El Secretario En Un Libro Especial Destinado A Este Objeto56Las Calificaciones Se Harán En La Escala De Cero (0) A Cinco (5), Así: I-De 0 A 1, 9 Reprobado57Cada Curso Se Califica De La Siguiente Manera: 158Para Tener Derecho A Presentar Examen De Prueba De Curso Se Requiere: Que La Calificación Anual O Semestral De Clase No Sea Inferior A Tres (3), O Que No Se Haya Completado Un Número De Fallas Igual Al 35 Por 100 Del Número De Clases Dictadas, En El Curso Materia Del Examen59Para Ganar Un Curso Se Requiere Que Haya Sido Aprobado Con La Calificación De Tres (3) Por Lo Menos El Examen Anual De La Asignatura, O Los Exámenes Anuales De Las Partes En Que Se Haya Dividido El Curso; O Que Hayan Sido Aprobados, Dentro Del Mismo Año Escolar, Los Dos Exámenes Semestrales Que Corresponden A Las Dos Partes O Materias En Que Se Divide El Curso Con La Expresada Calificación De Tres (3) Por Lo Menos60El Alumno Que Durante El Tiempo De Sus Estudios Obtuviere La Calificación Definitiva, De Cinco (5) En Todos Los Cursos, Quedará Eximido Del Pago De Los Derechos De Grado61El Alumno Que Ganare Los Cursos Con Calificaciones Definitivas No Inferiores A Cuatro (4), Quedará Eximido En Esos Cursos De Presentar Exámenes Preparatorios De Grado62Hay En La Facultad Los Siguientes Exámenes: De Prueba De Curso, Anuales O Semestrales, Según Lo Que Disponga El Consejo Directivo; Supletorios; De Habilitación; Preparatorios De Grado, Y De Tesis Para Obtener El Título Académico63Todos Los Exámenes Se Verificarán Ante Un Jurado De Examinadores Compuesto De Tres Miembros Nombrados Por El Rector, Y Del Cual Debe Hacer Parte El Profesor De La Materia Objeto Del Examen, Salvo El Caso De Excusa Con Causa Justificada64El Jurado De Examinadores Extenderá En Un Acta El Registro De Los Exámenes Que Verifique, La Cual Se Firmará Por Los Miembros De Jurado, Por El Rector Y Por El Secretario De La Facultad65Los Exámenes Serán Orales, Excepto Los Exámenes De Revisión De Que Habla El Artículo 45 De Este Reglamento66El Examen Oral Durará El Tiempo Que El Jurado Estime Necesario Para Formar Juicio Sobre Los Conocimientos Del Examinado, Pero Ese Tiempo No Será Menor De Quince (15) Minutos Por Cada Curso67Terminado El Examen, El Jurado Se Constituye En Sesión Secreta Para Calificar El Acto68La Calificación Del Examen Es El Promedio De Las Calificaciones De Los Tres Jurados, Hecha Por Votación Secreta, En La Escala Adoptada De 0 A 5 Y Aproximada A Décimos69En Tiempo De Vacaciones No Habrá Exámenes De Ninguna Clase I Exámenes De Prueba De Curso70Exámenes De Prueba De Curso Son Los Que Se Verifican Al Final De Cada Año Escolar, O De Los Dos Semestres Del Año71El Examen Supletorio Tiene Por Curso Mediante Un Nuevo Examen72Los Alumnos Que Hayan Obtenido Una Calificación De Examen De Prueba Inferior A Dos (2), Pierde El Curso Y Deben Repetirlo73El Examen Supletorio Se Hará En La Misma Forma Y Tendrá Los Mismos Efectos Que El Examen De Prueba De Curso74En Casos Excepcionales, Plenamente Justificados, El Consejo Directivo Podrá Conceder Un Examen Especial Llamado De Habilitación, Para Aprobar Un Curso, Sujetándose, Además A Las Condiciones Generales Anteriores Sobre Examinas, En Todo Caso El Examen Oral Durara Por Lo Menos Una Hora75Para Tener Derecho Al Examen De Tesis Deben Los Alumnos Presentar Examen Preparatorio Únicamente En Los Cursos O Materías Que Hubieren Ganado Con Calificación Inferior A Cuatro (4)76Para Obtener El Grado De Ingeniero Civil, Debe El Postulante Acompañar A La Solicitud De Grado Los Comprobantes De Haber Ganado En La Facultad Todos Los Cursos Prescritos, De Haber Sido Aprobado En Los Exámenes Preparatorios Que Le Obligaren, Y De Haber Practicado Convenientemente Durante Seis Meses Por Lo Menos, En Las Obras Y Establecimientos Públicos En Donde Haya Tenido Acceso O En Aquellos Que Le Haya Indicado El Rector77En Tiempo Oportuno El Alumno Presentará El Tema Que Haya Elegido Para Tesis A La Consideración Del Consejo Directivo78La Tesis Debe Comprender Siempre Un Proyecto O Estudio Práctico Sobre Algún Punto De Aplicación79El Rector Nombrará Tres Profesores De La Facultad Para Que En Unión Del Presidente De Tesis, Formen El Jurado Calificador De Esta80El Jurado Calificador Dirige Luégo Al Rector Un Informe Escrito Y Razonado Sobre El Mérito Del Trabajo Del Alumno, Con Indicación De La Calificación Obtenida81El Alumno Entregará Un Ejemplar De Su Tesis, Ya Aprobada, En La Secretaría De La Facultad82El Secretario De La Facultad Desempeña Las Funciones De Secretario Del Consejo De Examinadores, Y Lleva Un Libro De Actas De Los Exámenes De Tesis Que Firmarán El Rector, El Secretario Y Los Miembros Del Jurado Calificador En El Acto Público De La Entrega Del Diploma83El Cursante Que Hubiere Sido Declarado Acreedor Al Título De Ingeniero Civil, Tiene Derecho A Que Se Le Expida Un Diploma Que Acredite Que Ha Llenado Convenientemente Los Requisitos Exigidos Por Los Reglamentos De La Facultad Para Obtener El Grado De Ingeniero Civil84A Petición Del Alumno El Rector Designa El Día Y La Hora En Que Debe Verificarse La Entrega Del Diploma En El Local De La Facultad, Y Lo Avisa El Ministro De Instrucción Pública Por Si Él Tuviere A Bien Concurrir85El Informe Del Jurado Calificador Es Leído Por El Secretario De La Facultad Al Principiar El Acto86En El Acto Público En Que Se Hace La Entrega Del Diploma, El Alumno Hará La Exposición De Su Tesis Durante Una Hora, Ante El Jurado Calificador87La Redacción Del Diploma Será El Siguiente: República De Colombia (Escudo De Colombia)88Para Conferir El Título Y Entregar El Diploma Al Graduado, El Rector O El Ministro, Si Estuviere Presente, Le Exige Al Terminar El Acto Público, Juramento De Obedecer La Constitución Y Leyes De La República, Y Llenar Fielmente Los Deberes Que Le Impone La Profesión Que Ha Elegido89El Plan De Estudios Que Corresponde A La Carrera De Ingeniero Civil, Se Distribuye En Seis Años, Así: Primer Año90El Anterior Plan De Estudios Se Desarrollará Por Medio De Conferencias, Ejercicios, Proyectos Y Enseñanza Práctica Así: Los Cursos De Química Y Mineralogía Y Geología, Se Harán Por Conferencias Durante Una Hora Diaria, Y Obligan Al Curso Correspondiente De Laboratorio, Que Será De Dos Horas Semanales Para Cada Alumno91El Consejo Directivo Podrá Ampliar, Modificar, Suprimir O Aumentar Las Materias Del Anterior Plan De Estudios, Siempre Que Queden Comprendidas Dentro De Seis Años De Estudios92Los Programas De Los Cursos, Así Como Los Textos, Serán Aprobados Por Las Comisiones Permanentes De Revisión De Que Trata El Artículo 1193Como Complemento De La Enseñanza Que Se Dicta En La Facultad, Se Harán Excursiones Científicas Que Tendrán Por Objeto Proporcionar A Los Alumnos Oportunidad De Hacer Estudios Prácticos De Algunas De Las Materias Del Plan De Enseñanza, Por La Visita A Las Obras Y Lugares Que Se Consideren Dignos De Atención, Acompañados De Los Profesores Respectivos94Corresponde Al Rector Ordenar Y Disponer Lo Conveniente Para Que Las Excursiones Se Lleven A Cabo, Y Designar Al Efecto Los Profesores Que Deben Dirigirlas Y Los Ayudantes Que Se Requieran, Y Fijar El Tiempo En Que Deben Verificarse95Durante El Tiempo De La Excursión, Los Profesores Que La Dirijan Y Los Ayudantes, Gozarán De La Retribución Que Les Fije El Consejo Directivo Por Este Servicio Extraordinario96Como Resultado De La Excursión, Deben Los Alumnos Presentar Informe O Memoria Detallada, Redactada Bajo La Dirección De Los Profesores Que Hayan Tomado Parte En Ella, Y Acompañada, Si Fuere El Caso, De Muestras De Minerales Maderas, Etc97Durante El Curso Del Año, Los Alumnos, Acompañados De Los Profesores En Las Clases Que Lo Requieran, Deben Hacer Visitas A Los Establecimientos Industriales, Fábricas, Talleres, Etc98El Año Escolar Empieza El 199Habrá En La Facultad Las Siguientes Vacaciones: Los Domingos Y Días De Fiesta Civil Y Religiosa; La Semana Santa; Del 16 Al 31 De Julio100Al Principio De Cada Año Escolar, Bajo La Dirección Del Rector, Se Publicará Un Anuario De La Facultad, Que Contendrá La Estadística Escolar Y Una Relación Sobre La Marcha De La Facultad En El Año Anterior101Hay En La Facultad Un Portero Y Un Ayudante Del Portero Y Un Ayudante (Conserje), Nombrados Por El Rector102Son Deberes Del Portero: Ivigilar Y Hacer La Custodia Del Edificio De La Facultad103Son Deberes Del Conserje: I104Corresponde Al Consejo Directivo Fijar Las Cuotas Que Deban Pagar Los Alumnos Por Derechos De Matrícula, Exámenes, Biblioteca, Etc105Los Fondos De La Facultad Estarán A Cargo Del Secretario, Quien Llevará Las Cuentas Y Las Someterá Mensualmente A La Aprobación Del Consejo Directivo106Este Reglamento Empezará A Regir Desde El 1º De Enero De 1924 Bogotá, Octubre 6 De 1923
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