Micelio

Artículo 87

La Redacción Del Diploma Será El Siguiente: República De Colombia (Escudo De Colombia)

Decreto 1607 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La redacción del diploma será el siguiente: República de Colombia (Escudo de Colombia). Universidad Nacional de Bogotá La Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional de Bogotá, Confiere al señor el titulo de Ingeniero Civil en atención a que ha sido aprobado en los estudios exigidos por el Reglamento de la Facultad. Dado y sellado con el sello de la Facultad, en Bogotá, a… de… de 19... El Rector, El Presidente de Tesis, El Examinador, El Examinador, El Examinador, El Secretario, Ministerio de Instrucción Pública. Bogotá…de...de 19… Refrendado: el Ministro, Anotado al folio...del libro de diplomas. El Secretario de Instrucción Pública,...

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1607 de 1923