El anterior plan de estudios se desarrollará por medio de conferencias, ejercicios, proyectos y enseñanza práctica así: Los cursos de Química y Mineralogía y Geología, se harán por conferencias durante una hora diaria, y obligan al curso correspondiente de Laboratorio, que será de dos horas semanales para cada alumno. Los cursos de Dibujo de primero y segundo año, se desarrollarán durante dos horas diarias cada una. El curso de Estática gráfica (primera parte) y Estereotomía, se dictará por medio de conferencias, y el dibujo de los proyectos correspondientes, durante dos horas diarias. El curso de Topografía se hará por conferencias de una hora diaria y práctica sobre el terreno una vez a la semana. El curso de Economía política o industrial, Estadística e Ingeniera legal, se dictará por medio de conferencias de una hora diaria. El curso de Astronomía y Geodesia, se dictará por conferencias durante una hora diaria, y comprenderá además la ejecución de ejercicios y práctica de observaciones. El curso de Arquitectura, se hará por conferencias y ejecución de proyectos durante una hora diaria. Los cursos a que se refiere la llamada ( ) del anterior plan de estudios, se dictarán por medio de conferencias durante una hora diaria, y comprenderán además la ejecución de ejercicios sobre la respectiva materia. Los cursos a que se refiere la llamada ( ) del anterior plan de estudios, se dictarán por conferencias de una hora diaria, y obligan al curso de proyectos correspondientes, que se hará durante dos horas diarias repartidas entre los cursos mencionados.
Decreto 1607 de 1923 →Vigente
Artículo 90
El Anterior Plan De Estudios Se Desarrollará Por Medio De Conferencias, Ejercicios, Proyectos Y Enseñanza Práctica Así: Los Cursos De Química Y Mineralogía Y Geología, Se Harán Por Conferencias Durante Una Hora Diaria, Y Obligan Al Curso Correspondiente De Laboratorio, Que Será De Dos Horas Semanales Para Cada Alumno
Decreto 1607 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.