º Es obligación del Rector hacer con frecuencia visitas a las clases para cerciorarse por sí mismo del modo como se dicta la enseñanza, y practicar, si lo estima conveniente, un examen de los alumnos. Para este efecto puede solicitar la cooperación de uno o más Catedráticos de la Facultad.
Decreto 1607 de 1923 →Vigente
Artículo 6
Es Obligación Del Rector Hacer Con Frecuencia Visitas A Las Clases Para Cerciorarse Por Sí Mismo Del Modo Como Se Dicta La Enseñanza, Y Practicar, Si Lo Estima Conveniente, Un Examen De Los Alumnos
Decreto 1607 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.