El Jurado Calificador dirige luégo al Rector un informe escrito y razonado sobre el mérito del trabajo del alumno, con indicación de la calificación obtenida. Si este informe es satisfactorio, el Consejo Directivo declarará al postulante acreedor al título de Ingeniero Civil.
Decreto 1607 de 1923 →Vigente
Artículo 80
El Jurado Calificador Dirige Luégo Al Rector Un Informe Escrito Y Razonado Sobre El Mérito Del Trabajo Del Alumno, Con Indicación De La Calificación Obtenida
Decreto 1607 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.