Micelio

Artículo 29

Hay En La Facultad Dos Preparadores: Uno Para El Curso De Química, Y Otro Para El De La Mineralogía Y Geología, Nombrados Por El Consejo Directivo De Las Ternas Que Propongan Los Profesores De Aquellos Cursos

Decreto 1607 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hay en la Facultad dos Preparadores: uno para el curso de Química, y otro para el de la Mineralogía y Geología, nombrados por el Consejo Directivo de las ternas que propongan los Profesores de aquellos cursos. Estos nombramientos pueden recaer en alumnos aprovechados de la Facultad.

Parágrafo

El periodo de los Preparadores es de un año, pero podrán ser reelegidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1607 de 1923