Micelio

Artículo 53

El Alumno Que Tuviere Un Número De Fallas Igual Al 35 Por 100 Del Total De Clases Dictada En Un Curso, Pierde Éste Y Debe Repetirlo

Decreto 1607 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El alumno que tuviere un número de fallas igual al 35 por 100 del total de clases dictada en un curso, pierde éste y debe repetirlo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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