Micelio

Artículo 76

Para Obtener El Grado De Ingeniero Civil, Debe El Postulante Acompañar A La Solicitud De Grado Los Comprobantes De Haber Ganado En La Facultad Todos Los Cursos Prescritos, De Haber Sido Aprobado En Los Exámenes Preparatorios Que Le Obligaren, Y De Haber Practicado Convenientemente Durante Seis Meses Por Lo Menos, En Las Obras Y Establecimientos Públicos En Donde Haya Tenido Acceso O En Aquellos Que Le Haya Indicado El Rector

Decreto 1607 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para obtener el grado de Ingeniero Civil, debe el postulante acompañar a la solicitud de grado los comprobantes de haber ganado en la Facultad todos los cursos prescritos, de haber sido aprobado en los exámenes preparatorios que le obligaren, y de haber practicado convenientemente durante seis meses por lo menos, en las obras y establecimientos públicos en donde haya tenido acceso o en aquellos que le haya indicado el Rector. Si los expresados comprobantes fueren suficientes, el Consejo Directivo declarará al postulante en las condiciones necesarias para poder elaborar la tesis de grado. Cumplidas las anteriores formalidades, el alumno elaborará una tesis que se sujetará a las disposiciones consignadas en los artículos siguientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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