DecretoDerogado
Decreto 1301 de 1994
por el cual se organiza el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional y del personal regido por el Decreto-ley 1214 de 1990, con excepción de aquél que se vincule a partir de la vigencia de la Ley 100 de 1993
93artículos
1art. con control
2sentencias
1inexequibilidad
01
Historia de constitucionalidad
La Corte se ha pronunciado 2 veces sobre esta norma, revisando 1 artículo con 1 inexequibilidad. Entra a cada artículo para ver su cronología completa.
1Exequible1Inexequible
Sentencias que la revisaron · 2
02
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Artículos con control constitucional · 1
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1Organización2º3º4º5º6º7º8º9º10Deberes De La Entidad Responsable11Plan Integral De Salud12Artículo 1213Medicina Laboral14Atención De Urgencias15Salud Ocupacional16Atención Básica17Planes Complementarios18Atención De Los Accidentes De Trabajo Y La Enfermedad Profesional19Riesgos Catastróficos Y Accidentes De Tránsito20Cotizaciones21Unidades De Pago Por Capitación, Upc22Presupuesto Nacional Los Recursos Del Presupuesto Nacional Se Apropiarán Para Atender Los Siguientes Conceptos: 123Artículo 2324Pagos Moderadores25Otros Ingresos26Fondos Cuenta Del Smp27Administración De Las Cotizaciones Y Aportes Patronales28Transferencia Y Distribución De Los Recursos Del Smp29Artículo 2930Funciones Del Ministro31Funciones Del Viceministro Para Coordinación De Entidades Descentralizadas32Dirección General De Salud33Consejo Superior De Salud De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional34Funciones Del Consejo Superior De Salud De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional35Organización Del Instituto De Salud De Las Fuerzas Militares36Objeto37Funciones38Patrimonio39Rentas40Dirección Y Administración Del Instituto De Salud De Las Fuerzas Militares41Integración De La Junta DirectivaEXEQUIBLE42Carácter De Los Miembros De La Junta Directiva43Artículo 4344Funciones De La Junta Directiva45Director General El Director General Del Instituto De Salud De Las Fuerzas Militares, Es Agente Del Presidente De La República, De Su Libre Nombramiento Y Remoción Y Ejercerá, Además De Las Que Le Corresponden Como Director General De Establecimiento Público Conforme A La Ley, Las Siguientes Funciones: 146Directores Regionales47Directores De Hospitales De Tercer Nivel48Organización Interna Del Instituto De Salud De Las Fuerzas Militares49Direcciones Regionales50Hospitales De Tercer Nivel51Artículo 5152Adecuación De Las Unidades Prestadoras53Planta Global Del Instituto De Salud De Las Fuerzas Militares54Responsabilidad Del Control Interno55Control Fiscal56El Artículo 2º Del Decreto-Ley 352 De 1994 Quedará Así: "artículo 2º Objeto57El Artículo 3º Del Decreto-Ley 352 De 1994 Quedará Así: "artículo 3º Son Funciones Del Instituto Para La Seguridad Social Y Bienestar De La Policía Nacional, Las Siguientes: 158El Artículo 6º Del Decreto-Ley 352 De 1994 Quedará Así: "artículo 6º Rentas59El Artículo 8º Del Decreto-Ley 352 De 1994 Quedará Así: "artículo 8º Dirección Y Administración60Modifícase El Artículo 9º Del Decreto-Ley 352 De 1994 En El Sentido De Reemplazar Como Miembro De La Junta Directiva Al Ministro De Salud O El Viceministro, Por El Ministro De Salud O Su Delegado; Y De Adicionar Un Médico Designado Por El Ministro De Defensa61Adiciónase El Artículo 12 Del Decreto-Ley 352 De 1994 Con Los Siguientes Numerales: "1862Adiciónase El Artículo 14 Del Decreto-Ley 352 De 1994 Con El Siguiente Numeral: "1563Directores Regionales64Directores De Hospitales De Tercer Nivel65El Artículo 16 Del Decreto-Ley 352 De 1994 Quedará Así: "artículo 1666Direcciones Regionales67Artículo 6768Unidades Prestadoras De Segundo Y Primer Nivel69Adecuación Unidades Prestadoras70Normas Científicas Y Administrativas71Sistema De Información Y Contable72Renovación Tecnológica73Del Personal Militar O Uniformado De La Policía Nacional En Comisión Del Servicio En El Smp74Del Personal Civil Vinculado Laboralmente Al Subsistema De Salud De Las Fuerzas Militares75Niveles De Atención Y Grados De Complejidad76Artículo 7677El Subsistema De Salud De Las Fuerzas Militares, Prestará En Forma Directa Servicios De Sanidad En Campaña, Haciendo Énfasis En La Preparación, Entrenamiento Y Manejo De Puestos De Socorro Y Evacuación De Heridos, Según Regulación Que Para El Efecto Expida El Consejo Superior De Salud De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional78Prestación Directa De Servicios En El Smp79Artículo 7980Remisiones81Unidades Coordinadoras De Sanidad82Entes De Formación Y Desarrollo Del Recurso Humano En El Área De Salud83Oficinas De Personal O Quien Haga Sus Veces Del Ministerio De Defensa Nacional, Comando General De Las Fuerzas Militares, Comando Del Ejército, Comando De La Armada, Comando De La Fuerza Aérea Y La Dirección De La Política Nacional84Divisiones De Prestaciones Sociales: La División De Prestaciones Sociales Del Ministerio De Defensa Nacional Y La De La Policía Nacional Serán Las Encargadas De Cumplir Los Deberes Enunciados En Los Numerales 1 Al 5 Del Artículo 10 Del Presente Decreto, Con Respecto A Los Pensionados85Cajas De Retiro86Control Y Vigilancia87Régimen Legal Del Personal88Régimen Salarial Del Personal89Régimen Prestacional Del Personal90Estado De Guerra O Conmoción Interior91Artículo 9192Autorizaciones Y Adiciones Presupuestales Para El Período De Transición93Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Fabio Villegas RamirezPresidente de la República
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Ramón Emilio Gil BermúdezEl Comandante General de las Fuerzas Militares, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional · encargado
- Eduardo José Alvarado SantanderEl Viceministro de Salud, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Salud · encargado
- Armando Montenegro TrujilloEl Director del Departamento Nacional de Planeación
- Guillermo Alonso García PeláezEl Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública · encargado