Funciones del Viceministro para Coordinación de entidades descentralizadas. Además de las funciones asignadas por el artículo 13 del Decreto-ley 1050 de 1968 y en el artículo 7º del Decreto-ley 2162 de 1992, el Viceministro para Coordinación de Entidades Descentralizadas cumplirá las siguientes funciones en relación con el SMP
Asistir al Ministro de Defensa Nacional en la formulación de políticas, planes, programas, proyectos y normas para el desarrollo del SMP.
Impulsar la centralización político normativa del SMP y la descentralización administrativa del mismo.
Coordinar la planeación integral y los resultados del SMP.
Orientar, coordinar y controlar de acuerdo con la ley, las entidades descentralizadas adscritas que integran el SMP, para garantizar que su acción sea coherente con sus propósitos y objetivos.
Dirigir y coordinar las actividades de la Dirección General de Salud del Ministerio de Defensa Nacional.
Velar por el cumplimiento general de las políticas y planes adoptados para el SMP.
Establecer y mantener relaciones de coordinación con el Ministerio de Salud y demás entidades públicas o privadas, cuando así se requiera.