Funciones del Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. Son funciones del Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional
Definir las políticas, planes, programas y prioridades del SMP.
Adoptar las normas para orientar, regular, supervisar, evaluar y controlar el SMP.
Dictar las normas básicas de orden administrativo, técnico y científico a las cuales deben someterse todas las entidades y unidades que integran el SMP.
Definir el Plan integral de Salud con sujeción a los recursos que se reciban por UPE.
Organizar mecanismos transitorios del SMP para atender situaciones especiales de conflicto, catástrofe o emergencia.
Determinar las normas generales de prestación directa de los servicios de salud o su contratación, en los casos previstos en el presente Decreto.
Definir y aprobar las políticas generales del funcionamiento de los Fondos Cuenta.
Aprobar el programa general de administración, transferencia interna y aplicación de recursos de los Fondos Cuenta.
Aprobar las tarifas internas.
Presentar para aprobación del Gobierno Nacional, los pagos o cuotas moderadores del SMP.
Expedir normas sobre calidad de la prestación de servicios y de auditoría médica de los mismos.
Evaluar la calidad, eficiencia y equidad del SMP.
Definir y aprobar los protocolos o normas de coordinación para asegurar el apoyo logístico en salud en el cumplimiento de la misión de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
Adoptar el régimen de referencia y contrarreferencia.
Establecer un sistema de vigilancia epidemiológica.
Definir políticas de investigación.
Definir políticas de docencia y especialización.
Definir las áreas de especialización que podrá adelantar, el personal médico de las Fuerzas Militares y uniformado de la Policía Nacional.
Definir las áreas de especialización de los Hospitales de Tercer Nivel que pertenecen a cada uno de los Subsistemas.
Definir el perfil y la localización regional del personal médico y paramédico militar o uniformado de la Policía Nacional que requiere el SMP en sus unidades prestadoras de servicios.
Señalar los lineamientos generales de organización y funcionamiento de los Subsistemas.
Fijar las normas en materia de salud para el reclutamiento, la incorporación, la promoción, los ascensos y demás situaciones administrativas del personal de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
Establecer los requisitos sanitarios que se exigirán a las personas que prestarán servicios de salud.
Adoptar su propio reglamento.
Las demás que le sean asignadas por ley o que sean necesarias parra el adecuado funcionamiento del Consejo. CAPITULO VIII Instituto de Salud de las Fuerzas Militares