Micelio
Sentencia de Constitucionalidad27 de julio de 2016Sala Plena

C-389 de 2016

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Laura Juliana Santacoloma Y Otro·Demandado Ley 685 De 2001, Articulo 16 Y Otros

Tema · dato duro
Código De Minas. Procedimiento De Propuestas De Concesión Minera. Prelación De Grupos Indígenas. Zonas Mineras Indígenas. Manejo Ambiental, Oposiciones. Celebración Y Registro Del Contrato De Concesión.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Actividad Minera
  • Entrega de título minero precedida de la verificación de mínimos de idoneidad laboral y ambiental
  • Respeto a normas ambientales, condiciones mínimas del derecho al trabajo, permitir el aprovechamiento de los recursos naturales sin sacrificar esta posibilidad para generaciones futuras y respeto de derechos de los pueblos indígenas
  • El hecho de que el Estado la haya autorizado a través de la licencia ambiental, no es óbice para que posteriormente la prohíba con el fin de cumplir propósitos superiores, como la protección del ambiente
  • Evaluación de impacto ambiental
Autoridad Minera
  • Debe establecer un procedimiento que asegure la participación ciudadana, sin perjuicio de la especial de los grupos étnicamente diferenciados
  • Debe verificar mínimos de idoneidad laboral y ambiental, antes de entregar un título minero, en atención a la naturaleza de la concesión solicitada, y con base en criterios diferenciales entre los distintos tipos de minería, y extensión d
Codigo De Minas
  • Normas sobre concesión de títulos en zonas mineras indígenas y derecho de prelación de los pueblos indígenas
  • Normas sobre la obligación de los particulares que tengan títulos en zonas mineras indígenas de dar preferencia en la vinculación laboral a los miembros de los pueblos concernidos, y el deber de informar a las comunidades étnicas, para que
Consulta Previa De Comunidades Indigenas
  • Alcance
  • Subreglas aplicables
  • Criterios generales de aplicación
  • Importancia
Consulta Previa
  • Ámbito material de procedencia
  • Derecho complejo que concreta los principios de democracia participativa, autodeterminación y autonomía de los pueblos y justicia ambiental
  • Afectación directa para determinar su procedencia
  • Criterios utilizados para identificar en qué casos procede por existir una afectación directa de los grupos étnicos
Consulta Previa Y Consentimiento Previo, Libre E Informado
  • Deben entenderse en el marco del principio de proporcionalidad y razonabilidad de las medidas
  • Distinción
Contrato De Concesion De “demanio Publico”
  • Diferenciable del contrato de concesión de servicios y del contrato de concesión de obra pública
Contrato De Concesión
  • Elementos
  • No implica transferencia de dominio y genera la obligación y potestad estatal de ejercer control sobre el desarrollo de la actividad para la utilización eficiente de los recursos, su preservación, disponibilidad y aprovechamiento
  • Puede ser revocado
  • Significado normativo relevante y debe ser compatible con los mandatos constitucionales y los principios del derecho ambiental
  • Concepto
Constitucion Ecologica
  • Concepto
  • Dimensiones
Demanda De Inconstitucionalidad Contra Codigo De Minas
  • Habría deseado que se conservara el exhorto al Congreso de la República en la parte resolutiva de la sentencia con términos de cumplimiento específico y no que simplemente fuera trasladado a la parte
  • La Corte debió adoptar un fallo de inexequibilidad en relación con los artículos 122, 124 y 133 de la Ley 685 de 2001
  • La decisión de exequibilidad condicionada se tornó en necesaria
  • Necesidad de extender la naturaleza y el alcance del licenciamiento ambiental y la participación ciudadana en las fases de exploración y explotación minera
  • Principales aspectos que suponen un serio llamado al diseño de un método de entrega de títulos mineros que realmente se adecúe a la Carta Política
  • Se comparten los motivos que dieron lugar al condicionamiento propuesto en relación con los artículos 122, 124 y 133 de la Ley 685 de 2001, dirigidos a preservar los derechos diferenciados de las comu
  • Algunos puntos acerca del derecho de prelación y los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y territorios
  • Las advertencias efectuadas por la Corte en esta oportunidad constituyen en verdad un llamado enfático para evitar que la minería tenga un impacto negativo y desproporcionado en la vigencia de princip
  • Norma demandada vulnera el principio de selección objetiva
  • Providencia habría podido avanzar un poco más en la promoción y protección de los derechos de las comunidades étnicas y de la sociedad civil, en específico, respecto de la participación ciudadana en p
  • Sentencia debió revisar todo el proceso de prelación y otorgamiento de títulos y concesiones mineras, dado que este en la actualidad carece de criterios objetivos de selección y control
  • Sería recomendable atar el proceso de licenciamiento a la entrega del título minero desde la fase exploratoria, ya que comporta, desde el principio de la operación, posibles afectaciones sociales y am
Demanda De Inconstitucionalidad Por Omision Legislativa Relativa
  • Exigencias
  • Impone al demandante una mayor carga argumentativa
Derecho De Prelacion Por Parte De Las Comunidades Etnicas O Afrocolombianas
  • No constituye justificación alguna para omitir la aplicación de consulta previa y consentimiento libre, previo e informado cuando la afectación sea intensa por el desplazamiento d
Derecho Fundamental A La Propiedad Colectiva Del Territorio Por Parte De Las Comunidades Indigenas
  • Carácter imprescriptible, inalienable e inembargable del territorio y la ancestralidad de la posesión, como “título” de propiedad
  • Notas definitorias
Derechos De Las Generaciones Futuras
  • Parte esencial del desarrollo sostenible
  • Desde la perspectiva de los derechos subjetivos son también una dimensión al ambiente sano de las personas y generaciones presentes
Derechos De Los Pueblos Indigenas
  • Jurisprudencia constitucional
Desarrollo Sostenible Y Derechos De Las Generaciones Futuras
  • Conceptos esenciales en la comprensión de la Constitución ecológica y el derecho a un ambiente sano
Desarrollo Sostenible Y Uso Responsable De Recursos Dentro De Territorios Indigenas
  • No pueden ser desconocidos por autoridades públicas, y deben llevar a espacios de concertación con las entidades territoriales y las corporaciones autónomas para que los p
Desarrollo Sostenible
  • Concepto
  • En el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos se encuentra ligado a la expresión “derechos de las generaciones futuras”
  • Fundamento del derecho internacional de los derechos humanos en materia ambiental
Integracion De Unidad Normativa
  • Procedencia excepcional
Justicia Ambiental
  • Elementos
  • Concepto
  • Jurisprudencia constitucional
Licencia Ambiental
  • Puede ser revocada, siempre que se constate que puede ocasionar un daño en la salud pública o en el ambiente, aspectos en los cuales, incluso, las autoridades están facultadas para aplicar el principio de precaución
Medio Ambiente Sano
  • Impacto por extracción de minerales
Principios De Interdependencia E Indivisibilidad De Los Derechos Humanos
  • Predicables de los principios de los pueblos indígenas
Procedimiento Actual De Obtencion De Titulo Minero
  • No conlleva al cumplimiento de los objetivos trazados en el Código de Minas
  • No obedece a las disposiciones generales sobre contratación estatal
  • Atenta contra el deber constitucional de realizar una prelación estatal de la explotación de los recursos naturales
Participacion Ciudadana En Asuntos Ambientales
  • Jurisprudencia constitucional
  • Instrumentos internacionales
Participacion
  • Efecto universal y expansivo
  • Espacios diferenciados para ciertos grupos
Facultad De Los Pueblos Indigenas Para Actuar Como Autoridades Ambientales Dentro De Su Ambito Territorial
  • Contenido y alcance
  • Deberes hacia el desarrollo sostenible y el uso responsable de sus recursos
Pueblos Indigenas
  • Titulares de derechos fundamentales y sujetos de especial protección constitucional
  • Factores que amenazan la subsistencia
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
  • Requisitos mínimos
Comunidades Indigenas
  • Derechos y deberes
Concesion Minera
  • Tensión entre la iniciativa privada y los deberes estatales de intervención económica, regulación sobre la explotación de los recursos naturales no renovables y planificación ambiental
Contrato De Concesion Minera
  • Principal mecanismo para encauzar la iniciativa privada en la actividad minera
Contratos De Concesion
  • Déficit de protección a los principios constitucionales mencionados en la normatividad asociada a la minería
Actividad De Explotacion De Recursos Naturales
  • Si bien se encuentra protegida por la Constitución, debe consultar al interés general, y por ello, el margen de la libertad de decisión de los particulares es significativamente menor que para el desarrollo d
Autoridad Minera Nacional
  • Adopción de medidas especiales para asegurar la protección al ambiente y adecuado manejo de los recursos naturales en la entrega de contratos de concesión
Decisiones Ambientales Relacionadas Con El Uso, Explotacion Y Aprovechamiento Del Subsuelo
  • No pueden adoptarse de forma centralizada, sino que exigen la participación de los entes territoriales, en desarrollo de los principios de concurrencia, subsidiarie
Derechos De Los Grupos Etnicos
  • Jurisprudencia constitucional
Extraccion Minera Que Implique Afectacion Directa Para Pueblos Indigenas
  • Debe ser consultada y, en eventos previstos por la Corte Constitucional, sólo podrá llevarse a cabo con el consentimiento de los pueblos interesados
Grupos De Personas Incluyendo Grupos Raciales, Etnicos O Socioeconomicos
  • No deben sobrellevar desproporcionadamente la carga de consecuencias negativas como resultado de operaciones industriales, municipales y comerciales o la ejecución de programas ambie
Normas Del Codigo De Minas
  • Exhorto al Congreso para que establezca un método de acceso a títulos mineros con base en las consideraciones de la providencia y los criterios elaborados por el Ministerio de Minas, o por otra autoridad competente
Normas Sobre Zonas Mineras De Los Pueblos Indigenas
  • Integración en términos normativos, con mandatos constitucionales, normas de jerarquía constitucional y directamente aplicables en todos los asuntos que involucren sus intereses
Principio De Cosa Juzgada Constitucional
  • Jurisprudencia constitucional
Principio De Proporcionalidad
  • Facetas de participación de pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes
Territorio
  • Concepto no se restringe a la ubicación geográfica de una comunidad o un resguardo indígena, sino que se asocia al ámbito cultural de la comunidad
Unidad Normativa
  • Causales de procedencia de integración
78 temas · 121 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 16, 53, 122, 124, 128, 270, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277 y 279 de la Ley 685 de 2001, por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones.

Consideran los demandantes que las normas que regulan la entrega de concesiones mineras violan un conjunto de disposiciones constitucionales, pues no prevén un método adecuado para escoger al proponente que genere mayores beneficios y reporte menores costos a la sociedad en términos ambientales, económicos y sociales.

Indican, que el método actual de entrega de los títulos se basa en la concesión al primero que presente una solicitud cumpliendo unos requisitos estrictamente formales, lo que desconoce los principios que deben guiar la función pública y la contratación de particulares con el Estado; la prevalencia del interés general sobre el particular y, la obligación de intervención en la economía, pues se escoge al primero, no al mejor.

Igualmente, porque trasgreden el derecho fundamental a la participación ciudadana, pues no prevén un momento específico para que esta se lleve a cabo, ni las instancias de notificación a las personas que viven en los predios sobre los que surge el interés minero.

Aducen igualmente, que violan los derechos de las generaciones futuras y el principio de desarrollo sostenible, en la medida en que no existe una planeación estricta y rigurosa para la entrega de los títulos, omitiendo dar aplicación al principio de planeación en el manejo y aprovechamiento de los recursos humanos.

La Corte considera que, de acuerdo con la Constitución, la actividad minera debe asegurar los más altos estándares de respeto a las normas ambientales, proveer empleos que garanticen las condiciones mínimas del derecho al trabajo, permitir el aprovechamiento delos recursos naturales sin sacrificar esta posibilidad para las generaciones futuras y, ser respetuosa de los derechos de los pueblos indígenas.

Se declaran EXEQUIBLES los artículos 272, 273, 274, 275, 276, 277 y 279.

Así mismo, se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de los artículos 16, 53, 570 y 271, bajo el entendido de que la autoridad minera deberá verificar mínimos de idoneidad laboral y ambiental antes de entregar un título minero, en atención a la naturaleza de la concesión solicitada y con base en criterios diferenciales entre los distintos tipos de minería y extensión de los proyectos, así como establecer un procedimiento que asegure la participación ciudadana, sin perjuicio de la especial de los grupos étnicamente diferenciados.

Igualmente, declaró la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de los artículos 122, 124 y 133, bajo el entendido de que el derecho de prelación por parte de las comunidades étnicas o afrodescendientes no constituye justificación alguna para omitir la aplicación del derecho fundamental a la consulta previa y al consentimiento libre, previo e informado, cuando la afectación sea intensa por el desplazamiento de una comunidad, por amenaza de extinción física o cultural, o por el uso de materiales peligros en sus tierras y territorios.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 685/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 272, 273, 274, 275, 276, 277 y 279 de la Ley 685 de 2001, "por la cual se expide el Codigo de Minas y se dictan otras disposiciones", por los cargos analizados.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES los articulos 16, 53, 570 y 271 de la Ley 685 de 2001, "por la cual se expide el Codigo de Minas y se dictan otras disposiciones", por los cargos analizados y bajo el entendido de que la autoridad minera debera verificar minimos de idoneidad laboral y ambiental, antes de entregar un titulo minero, en atencion a la naturaleza de la concesion solicitada, y con base en criterios diferenciales entre los distintos tipos de mineria, y extension de los proyectos, asi como establecer un procedimiento que asegure la participacion ciudadana, sin perjuicio de la especial de los grupos etnicamente diferenciados.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 122, 124 y 133 de la Ley 685 de 2001, "por la cual se expide el Codigo de Minas y se dictan otras disposiciones", por los cargos analizados y bajo el entendido de que el derecho de prelacion por parte de las comunidades etnicas o afrocolombianas, no constituye justificacion alguna para omitir la aplicacion del derecho fundamental a la consulta previa y al consentimiento libre, previo e informado, cuando la afectacion sea intensa por el desplazamiento de una comunidad, por amenaza de extincion fisica o cultural, o por el uso de materiales peligrosos en sus tierras y territorios.
  4. Cuarto. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo acerca de la constitucionalidad del articulo 128 de la Ley 685 de 2001, "por la cual se expide el Codigo de Minas y se dictan otras disposiciones".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.