Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de abril de 2002Sala Plena

C-228 de 2002

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Ricardo Danies Gonzalez

Tema · dato duro
Codigo De Procedimiento Penal. Definicion. Constitucion De Parte Civil Del Perjudicado O Sucesores En Proceso Penal A Traves De Abogado. Derechos De Las Victimas Del Delito En El Derecho Internacional. Tutela Judicial Efectiva.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contraloria
  • Finalidad constitucional
  • Interés principal en recuperación del patrimonio público
Cambio De Jurisprudencia
  • Razones para no ser considerado arbitrario
Delito
  • No referencia exclusiva a reparación patrimonial sino también a protección integral de derechos
Derechos Constitucionales
  • Concepción y función de mecanismos judiciales de protección
Derechos De Parte Civil En Proceso Penal
  • Concepción amplia de protección
  • No está prima facie limitada a lo económico
Derechos De Victimas Del Delito En El Derecho Internacional
  • Insuficiencia de indemnización de perjuicios para protección efectiva de derechos humanos
  • Posibilidad de saber la verdad y obtener justicia
  • Concepción amplia del derecho a la tutela judicial efectiva
  • Estado actual de protección
Derechos De Victimas Del Delito
  • Protección amplia
  • Relevancia
Derechos De Victimas Y Perjudicados Por Hecho Punible En Proceso Penal
  • Alcance a la luz de la Constitución
  • Derecho a la verdad, justicia y reparación económica
  • Concepción amplia
  • Fundamento constitucional en el buen nombre y la honra
Derecho De Parte Civil En Proceso Penal
  • Alcance a la luz de la Constitución
Fiscalia General De La Nacion
  • Carencia de personería jurídica
  • Medidas necesarias para hacer efectivos el restablecimiento del derecho
Parte Civil En Delito Contra La Administracion Publica
  • Desplazamiento por la Contraloría General vulnera igualdad en acceso a la justicia
Parte Civil En Proceso Penal
  • Acceso al expediente y aporte de pruebas
  • Ambito de actuación a la luz de concepción constitucional amplia de derechos a la verdad, justicia y reparación económica
  • Ambito de actuación a la luz de la concepción amplia de sus derechos
  • Asegura goce efectivo de derechos
  • Constitución a partir de resolución de apertura de instrucción
  • Constituida podrá acceder directamente al expediente desde el inicio de investigación previa
  • Contraloría y entidad pública perjudicada pueden concurrir
  • Exigencia de intervención a través de abogado
  • Interposición directa de recursos y solicitud de práctica de pruebas
  • Intervención a través de abogado no vulnera igualdad
  • No interés en la obtención de indemnización
  • Oportunidad para constituirse
  • Acceso al expediente
  • Concepto
  • Defensa material y técnica
  • Determinación de interés legítimo para intervenir
  • Direcciones en que se proyectan consecuencias de nueva perspectiva del papel y finalidades
  • Directa y legítimamente interesada en el curso y en resultados
  • Exclusión de Fiscalía cuando es perjudicada no vulnera acceso a la justicia
  • Existencia de daño real concreto y específico no necesariamente de contenido patrimonial
  • Intervención conforme a la igualdad
  • Intervención en etapa de investigación previa
  • Presupuesto procesal indispensable de intervención
  • Reconceptualización e implicaciones
  • Regulación legislativa de intervención
  • Víctima o perjudicado y representante
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos mínimos
  • Razones por las cuales disposiciones acusadas vulneran la Constitución
Apoderado Judicial
  • Regla general de acceso a la justicia
Cosa Juzgada Material De Sentencia De Inexequibilidad
  • Inconstitucionalidad de norma reproducida
Defensa Tecnica
  • Validez de actuaciones procesales en materia penal
Derechos De Las Victimas En El Proceso Penal
  • Ligado al respeto de la dignidad humana
Derechos De Las Victimas En Proceso Penal
  • Protección no se limita a la reparación económica
Derechos De Victimas Por Hecho Punible En El Derecho Comparado
  • Breve referencia a tendencia al reconocimiento y ampliación
Fiscal General De La Nacion
  • Función de velar por la protección de las víctimas
Libertad De Configuracion Legislativa En Defensa Tecnica Y Defensa Material
  • Protección de derechos sustanciales de intervinientes
Precedente En Sentencia De Exequibilidad
  • Cambio
  • Opciones ante fallo previo sobre la misma materia
Principio De Dignidad Humana En Derechos De La Parte Civil En Proceso Penal
  • Impide que protección sea exclusivamente de naturaleza económica
Unidad Normativa
  • Procedencia excepcional de integración
Victimas En El Proceso Penal
  • Derechos constitucionales
Victimas Y Perjudicados En Proceso Penal
  • Finalidad de la intervención
  • Interés en la verdad y la justicia
38 temas · 74 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 137 de la Ley 600 de 2000, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

El actor adujo que la disposición acusada es violatoria de los artículos 13, 93 y 95 de la Constitución, así como de los artículos 1 y 5 de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano.

La Corte decidió declarar la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del artículo 137 de la Ley 600 de 2000, en el entendido de que la parte civil tiene derecho al resarcimiento, a la verdad y a la justicia en los términos de la presente sentencia.

Así mismo, declaró EXEQUIBLES los incisos segundo y tercero ibidem, salvo la expresión “en forma prevalente y desplazar la constituida por las entidades mencionadas”, contenida en el inciso segundo, que se declara INEXEQUIBLE.

Igualmente, declaró EXEQUIBLE el artículo 30 ídem, en el entendido de que las víctimas o los perjudicados, una vez se hayan constituido en parte civil, pueden acceder directamente al expediente.

Por último, declaró EXEQUIBLE el artículo 47 de la pluricitada ley, salvo la expresión “a partir de la resolución de apertura de instrucción” que se declara INEXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 137Ley 600/00EXEQUIBLE
Art. 30Ley 600/00EXEQUIBLE
Art. 47Ley 600/00EXEQUIBLE
Art. 86Ley 600/00INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«"en forma prevalente y desplazar la constituida por las entidades mencionadas", contenida en el inciso segundo.»
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE, en relación con los cargos estudiados, el inciso
  2. primero. del artículo 137 de la Ley 600 de 2000, en el entendido de que la parte civil tiene derecho al resarcimiento, a la verdad y a la justicia en los términos de la presente sentencia.
  3. Así mismo, declarar EXEQUIBLES, en relación con los cargos estudiados, los incisos
  4. segundo. y
  5. tercero. del artículo 137 de la Ley 600 de 2000, salvo la expresión "en forma prevalente y desplazar la constituida por las entidades mencionadas", contenida en el inciso segundo, que se declara INEXEQUIBLE.
  6. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el artículo 30 de la Ley 600 de 2000, en relación con los cargos estudiados, en el entendido de que las víctimas o los perjudicados, una vez se hayan constituido en parte civil, pueden acceder directamente al expediente.
  7. Tercero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 47 de la Ley 600 de 2000, en relación con los cargos estudiados, salvo la expresión "a partir de la resolución de apertura de instrucción" que se declara INEXEQUIBLE.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.