Micelio
Sentencia de Unificación13 de noviembre de 2001Sala Plena

SU- de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Nory Giraldo De Jaramillo Vs. Consejo Superior De La Judicatura

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Desconocimiento Del Juez Natural. Fuero Penal Militar E Integral. Deberes De Seguridad En El Trafico Y Salvamento. Asuncion. Posicion De Garante. Fuerza Publica. Delitos De Lesa Humanidad. Conflicto De Competencia. Via De Hecho
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Juez Natural
  • Comprende derecho a acceder a jurisdicción
  • Derecho a que sean los jueces los que dicten el derecho
Fuero Penal Militar
  • Cuando se considera acto fuera del servicio
  • Rompimiento de nexo funcional por delito de lesa humanidad
  • Caso masacre de Mapiripán
  • Debe encontrarse probado el vínculo directo, próximo e inmediato de origen, entre la actividad del servicio y el delito
Fuerza Publica
  • Omisión no tiene que ver con acto en el servicio
Juez Natural
  • Casos en que existe violación
Justicia Penal Militar Y Justicia Penal Ordinaria
  • Competencia para conocer de actos punibles cometidos por General en retiro
Sentencia De Tutela
  • Objeto de la revisión
Imputacion Objetiva
  • Demostrar si la persona ha cumplido su función de garante
Justicia Penal Militar
  • Corresponde a Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura dirimir conflicto
Justicia Penal Ordinaria
  • Competencia por omisión
Parte Civil En Proceso Penal Militar
  • Derecho a saber la verdad y a que se haga justicia
Via De Hecho
  • Competencia restringida del juez de tutela para conocer pruebas del proceso
15 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONCEDER, por desconocimiento del juez natural, la tutela del derecho fundamental al debido proceso. En consecuencia, se REVOCAN las sentencias dictadas por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota el 15 de octubre de 1999 y por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia el 9 de diciembre de 1999.
  2. Segundo. DECLARAR la nulidad de la providencia del 18 de agosto de 1999, mediante la cual la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura resolvio el conflicto de competencias entre el Comandante del Ejercito Nacional y la Fiscalia General de la Nacion, en lo que al Brigadier General Jaime Humberto Uscategui Ramirez y al Teniente Coronel Hernan Orozco Castro respecta.
  3. Tercero. ORDENAR al Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria que dentro de los diez dias siguientes a la notificacion de la presente sentencia, se resuelva el conflicto de competencias que plantea este caso, conforme a los criterios expuestos en la parte motiva de esta sentencia.
  4. Cuarto. NOTIFICAR de la presente sentencia al senor Defensor del Pueblo.
  5. Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.