Micelio
Sentencia de Tutela5 de junio de 2003

T-462 de 2003

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Amira Rosa Corrales Cardenas Vs. Tribunal Superior De Sincelejo Y Otros

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedibilidad. Autonomia Judicial. Eficacia. Buena Fe. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por inexistencia de defecto sustantivo
  • Situaciones de procedencia por razones de interpretación
  • Vulneración o amenaza de derechos fundamentales
  • Análisis previo de causales de procedibilidad
  • Procedencia excepcional
Derecho De Peticion
  • Existencia de solicitud informal
Derecho De Peticion Ante El Seguro Social
  • Respuesta sobre trámite de pensión
Pension Compartida
  • Requisitos para su procedencia
  • Exoneración de responsabilidad del empleador
  • Traslado del riesgo de vejez al ISS
Seguro Social
  • Certeza de los hechos por no presentación de informe
Via De Hecho
  • Defecto sustantivo
  • Clases de defectos en la actuación
10 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Confirmar las sentencias proferidas por las Salas Laboral y Penal de la Corte Suprema de Justicia en el sentido de declarar improcedente la accion de tutela instaurada por Amira Corrales Cardenas contra la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Sincelejo, porque no se configuro alguna de las causales de procedibilidad de la accion de tutela contra providencias judiciales en los terminos de la parte motiva de esta sentencia.
  2. Segundo. Revocar las sentencias proferidas por las Salas Laboral y Penal de la Corte Suprema de Justicia en el sentido de no tutelar el derecho fundamental de peticion de la ciudadana Amira Corrales Cardenas y en su lugar conceder la tutela del derecho fundamental de peticion.
  3. Tercero. Ordenar al Seguro Social responder de manera suficiente y completa la peticion radicada por la actora el dia 29 de abril de 2002 en la cual solicitaba informacion sobre el tramite de su pension, si aun no lo hubiera hecho.
  4. Cuarto. Por Secretaria General librar las comunicaciones de que trata el Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-441/03Nota De Relatoría: En Cumplimiento De Lo Dispuesto Por El Magistrado Alberto Rojas Rios, En Auto Del 6 De Septiembre De 2013, En La Presente Decisión Se Procede A Garantizar La Reserva De Nombres De Las Partes Y En Consecuencia, Se Reemplazan Los Mismos Por Las Letras Aa Y Bb, Respectivamente.T-114/02Derecho Al Debido Proceso. Solicitud Nulidad. Incidente Regulacion De Perjuicios. Defecto Sustantivo Por Interpretacion Indebida E Inaplicacion De La Norma. Modulacion Efectos De Las Decisiones. Eficacia Directa. Igualdad En Las Cargas Publicas. Medidas CT-522/01Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Derecho A La Igualdad. Via De Hecho Por Falta De Consideracion De La Excepción De Inconstitucionalidad Frente A Una NorT-1031/01Debido Proceso. Solicitud Beneficios Por Colaborar Con La Justicia En Relacion A Actividades De Las Autodefensas En El Magdalena Medio. Eximente De Punibilidad. Autonomia Judicial. Inculpacion E Investigacion Penal. Existencia De Otro Medio De Defensa JudSU.1184/01Derecho Al Debido Proceso. Desconocimiento Del Juez Natural. Fuero Penal Militar E Integral. Deberes De Seguridad En El Trafico Y Salvamento. Asuncion. Posicion De Garante. Fuerza Publica. Delitos De Lesa Humanidad. Conflicto De Competencia. Via De HechoSU.014/01Derecho A La Circulacion De La Informacion Debido Proceso Y Defensa. Solicitud Nulidad De Todo Lo Actuado Y De Sentencia Proferida. Via De Hecho. Deber De Notificacion. Habeas Data. Concedida.
Ver las 14

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.