Micelio
Sentencia de Tutela18 de mayo de 2001

T-522 de 2001

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Marcela Trochez Solano Vs. Comision De Fiscales Delegados Ante Los Jueces Especializados De Cali.

Tema · dato duro
Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Derecho A La Igualdad. Via De Hecho Por Falta De Consideracion De La Excepción De Inconstitucionalidad Frente A Una Nor
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Via De Hecho Por Inaplicacion De Excepcion De Inconstitucionalidad
  • No concesión de beneficio de detención domiciliaria por tener como criterio sólo el del juez competente
Via De Hecho
  • Comisión de Fiscales fundó decisión en norma contraria a la Constitución Política
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Revocar el fallo proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en el proceso de la referencia, de diciembre doce (12) de dos mil (2000).
  2. Segundo. Tutelar los derechos a la igualdad y la libertad de Marcela Tróchez Solano.
  3. Tercero. Ordenar a la Comisión de Fiscales Delegados ante los Jueces Penales de Circuito Especializado de Cali, conformada por Manuel Guillermo Gómez Gutiérrez y Mery Stella Garzón Ospitia, resolver nuevamente la solicitud presentada por Marcela Tróchez Solano el 15 de agosto de 2000, de manera autónoma y dentro del respeto al orden constitucional vigente, en el término de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia.
  4. Cuarto. Librar, por medio de la Secretaría General, las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, así como también comunicar el fallo a la Unidad de Fiscalía Delegada ante Tribunales Superiores de Distrito Judicial.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.