T-292 de 2006
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Lucia Gomez Arias Vs. Compañía De Inversiones De La Flota Mercante S.A. En Liquidacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Interpretación de la Constitución
- Alcance
- Evolución sobre su carácter vinculante
- Fuerza de cosa juzgada constitucional
- Elementos
- Respeto
- Jueces pueden apartarse si exponen razones que justifiquen su decisión
- Relación
- Elementos
- Criterios de identificación
- Alcance
- Criterios de identificación en el caso concreto
- Carácter vinculante para los casos de pensiones sustitutivas por el hecho de contraer nuevas nupcias o iniciar nueva vida marital establecida en la sentencia C-309/96
- Inaplicación de la cláusula extintiva de la resolución que ampara la sustitución pensional por contraer nuevas nupcias o iniciar nueva vida marital
- Naturaleza jurídica
- Vulneración por desconocimiento del precedente de la cosa juzgada constitucional
- Alcance
- Carácter vinculante
- Fuerza y valor de precedente
- Carácter vinculante
- Carácter vinculante de la parte motiva
- Fundamento constitucional de su fuerza obligatoria
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al libre desarrollo de la personalidad de pensionada a quien la entidad le suspendio el pago de las mesadas que por sustitucion pensional le fueron reconocidas por contraer nuevas nupcias.
Solicita se ordene el restablecimiento de su derecho a la sustitucion pensional y el pago de las mesadas dejadas de percibir.
De la procedencia de la accion de tutela en el caso concreto.
Carácter vinculante de la interpretacion normativa efectuada por la corte constitucional en sus sentencias.
Concepto y valor juridico de la ratio decidendi y del precedente constitucional.
La doctrina constitucional integradora e interpretativa.
Significado del carácter vinculante del precedente y la obligacion de los jueces frente a el.
Existe una ratio decidendi vinculante en el caso concreto que estima inconstitucional toda clausula resolutoria o extintiva que someta a una persona a la perdida de su pension sustitutiva por el simple hecho de contraer nuevas nupcias o inciar una nueva vida marital.
Obligatoriedad de la ratio decidendi por parte de los particulares encargados de reconocer derechos pensionales en los casos en que se deba conjurar la violacion manifiesta de derechos fundamentales.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo proferido por el Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito, en sentencia del 22 de septiembre de 2005, que confirmo la decision de primera instancia y TUTELAR, el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad de la accionante.
- SEGUNDO. INAPLICAR conforme al articulo 4o de la Constitucion, la clausula extintiva contenida tanto en la parte motiva como en la resolutiva de la Resolucion No 006 de 2000 proferida por la Flota Compania de Inversiones de la Flota Mercante en liquidacion, esto es la expresion, "mientras no contraiga nupcias y haga vida marital" establecida en tal Resolucion, por ser esta manifiestamente inconstitucional conforme a los precedentes constitucionales vinculantes indicados en la parte motiva de esta providencia.
- TERCERO. ORDENAR a la Compania de Inversiones de la Flota Mercante S.A. en Liquidacion, restablecer la condicion de pensionada de la senora Gomez Arias, de manera definitiva.
- CUARTO. PREVENIR a la Compania de Inversiones de la Flota Mercante S.A. en liquidacion, a fin de que en adelante reconozca la existencia de una ratio decidendi vinculante en la materia pensional analizada en esta sentencia, y por consiguiente se abstenga de aplicar cualquiera de las clausulas resolutorias contenidas en los actos proferidos por esa empresa, que extingan los derechos pensionales adquiridos a quienes contraigan nuevas nupcias o hagan nueva vida marital.
- QUINTO. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.