Micelio
Sentencia de Tutela26 de mayo de 2005

T-560 de 2005

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Bancafe S.A. Vs. Tribunal Superior De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Proporciona firmeza y obliga al acatamiento de sentencias de tutela
Deber De Colaboracion Para El Buen Funcionamiento De La Administracion De Justicia
  • Providencias con fines definitorios que se encuentran en autos sin firmeza
Incidente De Regulacion De Perjuicios
  • Informe a Sala Disciplinaria
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia cuando no hay recursos ordinarios ni extraordinarios contra éstas
Accion De Tutela Interpuesta Por Bancafe
  • Sometimiento por cuarta vez al juez de tutela el conocimiento del mismo asunto
Actuacion Temeraria En Tutela
  • Informe a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria
  • Presentación de varias tutelas conlleva al rechazo o decisión desfavorable conforme al art. 38 del Decreto 2591/91
Labor De Administrar Justicia
  • Demanda colaboración permanente de partes y terceros
Liquidacion De Perjuicios Contra Entidad Bancaria
  • Caso en que desde 1991 no se ha cumplido sentencia proferida por Juzgado Civil
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso de entidad financiera dentro del incidente de regulación de perjuicios por la actuacion del banco calificada de dolosa y negligente al no esclarecer los hechos delictuosos de un empleado y resolver ejecutar un titulo valor sin medir sus consecuencias.

Procedencia de la accion de tutela contra providencias judiciales.

Via de hecho en la providencia del 15 de junio de 1999.

Autonomia e independencia de los jueces.

La apelación de sentencias de amparo y su cumplimiento inmediato.

Efectos relativos de las decisiones de amparo.

Respecto de las decisiones judiciales en firme no procede sino su acatamiento incondicional.

La sala civil del h.

Tribunal susperior de bogota actuo en ejercicio de su competencia funcional al avocar nuevamente el incidente de regulación de perjuicios y adoptar la decision integrada por los autos de 31 de mayo 1º de noviembre y 11 de diciembre de 2002; Sin embargo como quiera que cuando se presentan dos o mas acciones de tutela entre las mismas partes y por la misma causa el amparo tendra que rechazarse inexorablemente.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos decretada mediante auto del seis (6) de octubre de dos mil cuatro (2004).
  4. Segundo. RECHAZAR la accion de tutela que se revisa en cumplimiento de lo reglado en el articulo 38 del Decreto 2591 de 1991, en consecuencia REVOCAR las sentencias proferidas por las Salas Civil y Laboral de la H. Corte Suprema de Justicia el 10 de junio y el 22 de julio de 2004, dentro de la accion de tutela instaurada por el Banco Cafetero BANCAFE S.A. contra la Sala Civil del H. Tribunal Superior de Bogota.
  5. Declarar, por consiguiente, sin efecto la providencia del 22 de junio de 2004, adoptada por la Sala Civil del H. Tribunal Superior de Bogota en cumplimiento de la sentencia de primera instancia que mediante esta decision se revoca.
  6. Tercero. Informar a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura de Cundinamarca sobre las conductas evidenciadas en esta decision, a fin de que se adelanten las investigaciones, se informe a las autoridades competentes para que investiguen a las autoridades judiciales intervinientes y se impongan los correctivos del caso. Oficiese a la Sala en cita por la Secretaria de esta Corporacion y remitase copia de la decision.
  7. Cuarto. Devuelvase al Juzgado Quince Civil del Circuito de Bogota el expediente contentivo del proceso Ejecutivo de Banco Cafetero contra Fernando Rey Escobar y Rafael Antonio Salamanca, y a la Sala Civil del H. Tribunal Superior de Bogota el original de las actuaciones adelantadas dentro de las acciones de tutela instauradas por Banco Cafetero contra esa misma Sala y Corporacion -T-236.171 y 318.044-.
  8. Quinto. LIBRESE por secretaria la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.