SU- de 2007
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Alvaro Galvis Ramirez Vs. Corte Suprema De Justicia Sala De Casacion Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Al no admitir su trámite las diferentes salas de casación vulneran derechos fundamentales
- Procedencia excepcional por vía de hecho judicial
- Evolución jurisprudencial
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Procedencia por desconocimiento del derecho al trabajo
- Defecto sustantivo por cuanto la decisión se fundó en una norma inaplicable y se omitió la aplicación de la Constitución
- Fundamentos de la carencia actual de objeto
- Incidencia de la muerte del actor en el caso de sentencias que conceden protección
- Incidencia de la muerte del actor sobreviviente a una negativa de protección
- Incidencia del momento del fallecimiento del actor
- Objeto
- Incidencia de la muerte del demandante
- Incidencia sobre la circunstancia de no haber sido convocada directamente la Orden de Predicadores a la que pertenecía el sacerdote
- Competencia para revisar fallos de tutela
- Alcance y contenido
- Hipótesis en que se presenta
- La muerte del demandante si queda comprendida dentro de este concepto
- No conduce necesariamente a la improcedencia de la tutela porque la Corte puede pronunciarse de fondo sobre el tema planteado
- Si requiere pronunciamiento de fondo por parte del juez
- Concepto
- No requiere pronunciamiento de fondo por parte del juez
- Alcance y contenido
- La muerte del demandante no queda comprendida dentro de este concepto
- Deber del juez de tutela
- Objeto y fundamento
- Competencia para conocer de las acciones de tutela instauradas contra las Salas de Casación de la Corte Suprema de Justicia
- Naturaleza
- Para ser su rector se requiere pertenecer a la Orden de Predicadores
- Alcance
- Inexistencia para el caso
- Evolución jurisprudencial
- Derecho de acudir ante juez unipersonal o colegiado para interponer tutela contra actuaciones de salas de casación de la Corte Suprema de Justicia
- Alcance
- Armonización con la Constitución Política
- Alcance
- Se encuentra por debajo de la Constitución y no hace parte del bloque de constitucionalidad
- Protección por tutela cuando la vulneración produce efectos en la familia o en los herederos del difunto
- Normatividad y jurisprudencia
- No constituye tercera instancia y no se pueden presentar alegatos ni aportar o solicitar práctica de pruebas
- No puede desconocer derechos fundamentales reconocidos por la Constitución
- Alcance
- Inexistencia para el caso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la no discriminacion la igualdad el debido proceso la libertad religiosa y el acceso a la administracion de justicia de miembro de la comunidad religiosa orden de predicadores de la provincia de san luis beltran que presto sus servicios a la universidad santo tomas y que mediante demanda ordinaria laboral logro la declaratoria de la existencia de contrato de trabajo con la universidad la terminacion unilateral del contrato y la condena al pago de los salarios dejados de percibir el valor de las cesantias vacaciones indemnizacion por despido injusto y la pension de jubilacion debidamente indexadas pero la corte suprema de justicia mediante fallo de casacion caso la sentencia del tribunal absolviendo a la universidad de las peticiones del actor conluyendo que el sacerdote no presto sus servicios subordinado juridicamente si no que esos servicios lo fueron de manera voluntaria originados en el cumplimiento de su mision como fraile y miembro de la comunidad dominicana bajo expresos votos de pobreza y obediencia y su relacion fue orientada fundamentalmente por la espiritualidad y gratuidad.solicita se revoque la decision de la corte suprema de justicia y se ordene al tribunal superior de bogota dictar la sentencia correspondiente con actualizaciones monetarias e indexaciones de ley.tutela contra providencias judiciales.
Procedencia de la revision en el presente caso.
La incidencia que esta llamada a tener en el presente caso la circunstancia de que en el proceso en tutela no haya sido convocada de manera directa la orden de predicadores teniendo en cuenta los destinatarios o demandados dentro del proceso de tutela.
La corte constitucional y su funcion de revision de las providencias de tutela de los derechos fundamentales.
Objeto y finalidad.
La competencia de la jurisdiccion disciplinaria para conocer de las demandas de tutela instauradas contra las salas de casacion de la corte suprema de justicia.
La incidencia de la muerte del demandante en la accion de tutela.
La carencia de objeto en las decisiones de tutela.
El daño consumado y el hecho superado.
La muerte del actor y "la carencia actual" de objeto.
La proteccion ius fundamental y la posibilidad de proyeccion hacia herederos o familiares.
El efecto juridico de las decisiones de la corte constitucional en sede de revision ante la muerte del accionante o beneficiario de la tutela.
Las caracteristicas de la relacion que vinculo al actor con la universidad de santo tomas institucion de educacion superior creada por la orden de predicadores (o.p.) y su incidencia en el presente proceso.
El concordato con la santa sede y su armonia con la constitucion politica.
La no configuracion de via de hecho respecto de la sentencia proferida por la sala de casacion laboral de la h.
Corte suprema de justicia atacada mediante la accion de tutela en el presente proceso.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR la peticion de nulidad solicitada por la apoderada de la Orden de Predicadores -Provincia de San Luis Bertran-, Doctora Ilva Hoyos Castaneda.
- SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del H. Consejo Superior de la Judicatura el 21 de noviembre de 2005, dentro de la accion instaurada por Alvaro Galvis Ramirez contra la Sala de Casacion Laboral de la H. Corte Suprema de Justicia. En consecuencia, NEGAR el amparo solicitado por el actor.
- TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.