Micelio
Sentencia de Tutela12 de octubre de 2006

T-840 de 2006

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Elias Aruachan Eljach Y Otra Vs. Tribunal Superior De Distrito Judicial De Monteria Sala Civil - Familia - Laboral

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Causales genéricas de procedibilidad
  • Procedencia excepcional
Proceso Ejecutivo Singular
  • Excepciones contra el mandamiento de pago
Debido Proceso
  • Falta de pronunciamiento sobre la totalidad de las excepciones propuestas
Via De Hecho Por Defecto Factico
  • Valoración diferente que se le dió al mismo medio probatorio
Via De Hecho Por Defecto Procedimental
  • El Tribunal no se pronunció sobre la prescripción de la acción cambiaria y reducción o perdida de intereses
Via De Hecho Por Defecto Sustantivo
  • No se presentó en cuanto a la caducidad de la acción cambiaria de los cheques
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso y al acceso a la administracion de justicia dentro del tramite de proceso ejecutivo por la decision del tribunal de revocar la sentencia que daba por terminado el porceso en su contra sin pronunciarse sobre las excepciones presentadas y sin tener en cuenta las pruebas allegadas al proceso.solicitan se decrete la nulidad de las decisiones judiciales se ordene proferir una nueva sentencia y se suspenda la ejecucion de cumplimiento de la sentencia atacada.accion de tutela contra providencias judiciales.

Procedibilidad de la accion de tutela contra providencias judiciales.

Criterios de procedibilidad.para la sala se advierte que en los pronunciamientos acusados resultan comprobables las irregularidades que son imputables al actuar judicial del accionado y que compromete la observancia del debido proceso.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR los fallos emitidos en primera y segunda instancia por las Salas de Casación Civil y Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 24 de abril de 2006 y 5 de junio de 2006, respectivamente, que negaron la tutela promovida por Elías Aruachan Eljach y Liliam Dahl de Aruachan en contra de la Sala Civil -Familia - Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Montería. En su lugar, se dispone CONCEDER a los accionantes el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, por las razones expuestas en las motivaciones.
  2. SEGUNDO. En consecuencia, y para restablecer el derecho fundamental vulnerado, DEJAR SIN EFECTO la sentencia de segunda instancia y su adición, proferidas por la Sala Civil -Familia - Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Montería los días 28 de septiembre de 2005 y 28 de febrero de 2006, para resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra del fallo de primera instancia dictado en el proceso ejecutivo singular de Roberto Antonio Cabrales Rodríguez contra Elías Aruachan Eljach y Liliam Dahl de Aruachan, por las razones expuestas en las consideraciones de esta sentencia.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Montería que dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la presente providencia, profiera la sentencia que desate el recurso de apelación en el proceso mencionado, pero en esta oportunidad, teniendo en cuanta las previsiones que originaron la tutela que ahora se profiere.
  4. CUARTO. Por Secretaría, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoNilson Pinilla Pinilla
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.