Micelio
Sentencia de Tutela10 de abril de 2024

T-111 de 2024

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Amaya Castellano Richard De Jesus·Demandado Sala Laboral Del Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Santa Marta

Tema · dato duro
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Asunto Laboral-Reiteración Jurisprudencial Sobre La Estabilidad Laboral Reforzada Por Razones De Salud.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada
  • Se presume la discriminación cuando el empleador, conociendo la situación, retira del servicio a una persona que por sus condiciones de salud es beneficiario de la estabilidad laboral reforzada
  • Se extiende a todos aquellos que tengan una afectación en su salud y esa circunstancia les impida o dificulte sustancialmente el desempeño de sus labores en condiciones regulares
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
  • Caracterización del defecto fáctico como causal de procedibilidad
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso Laboral
  • Improcedencia del amparo por cuanto no se configuraron los defectos alegados
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a una decisión judicial proferida en el marco de un proceso ordinario laboral iniciado por el actor para cuestionar la terminación de su relación laboral con la demandada.

En dicha providencia se denegaron las pretensiones formuladas por el accionante, por no encontrarse probada ni la condición de debilidad manifiesta, ni una afectación al normal desarrollo de las actividades para las que fue contratado.

Se aduce que dicho fallo incurrió en desconocimiento del precedente en materia de estabilidad laboral reforzada y en error fáctico por indebida valoración probatoria.

Se reiteró jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y se verificó el cumplimiento de las causales específicas de esta procedencia.

Luego de concluir que la accionada no incurrió en ninguno de los defectos alegados, la Sala de Revisión decidió confirmar las sentencias de instancia que NEGARON el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. NEGAR la solicitud de nulidad presentada por el señor Marco Andrés Carvajal Amaya en calidad de apoderado general de la empresa Brinks de Colombia S.A. por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia, los fallos proferidos en primera instancia, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 25 de enero de 2023 y en segunda instancia por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 18 de abril de 2023, en virtud de los cuales se negó el amparo invocado por el señor Richar de Jesús Amaya Castellano.
  3. TERCERO. por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.