T-448 de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Dennis Pérez·Demandado Acomodaciones S.A., Altillos Temporales S.A.S. E Soluciones De Educación S.A.S.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Régimen legal
- Usuario debe acudir a otra forma de contratación en el evento de que la necesidad del servicio del trabajador en misión sea permanente
- Definición trabajador en misión
- Protección al trabajador
- Despido requiere autorización del Ministerio de Trabajo
- Perspectiva de género al valorar la gravedad de la enfermedad
- Aplicación de enfoque de género antes de finalizar la relación de trabajo
- Fundamento constitucional, legal y jurisprudencial
- Cuando el empleador, conociendo la situación, retira del servicio a una persona que por sus condiciones de salud es beneficiario de la estabilidad laboral reforzada
- Orden de reintegrar, reconocer y pagar salarios y prestaciones dejadas de percibir, al igual que pagar indemnización, según ley 361/97
- Vulneración al dar por terminada relación laboral sin autorización de la autoridad laboral
- Requisitos
- Requisito de conocimiento previo del empleador de las afecciones de salud del trabajador
- Reglas jurisprudenciales
- Reiteración de jurisprudencia
- Relaciones laborales
- Debe orientar siempre las actuaciones de los operadores de justicia, armonizando los principios constitucionales y la especial protección otorgada a la mujer
- Alcance y contenido
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La accionante aduce que sus derechos fundamentales fueron vulnerados por las empresas accionadas, al dar por terminado su contrato de obra o labor sin autorización del Ministerio de Trabajo y argumentando que no necesitaba más sus servicios por la disminución de la carga de servicios prestados, a pesar de encontrarse en tratamiento por unas lesiones ováricas que terminaron siendo diagnosticadas como endometriosis y que conocía su estado de salud.
Luego de examinar el cumplimiento de los requisitos de procedencia de la acción de tutela, se analizaron los siguientes temas: 1º.
El fuero de salud en contratos de obra o labor contratada. 2º.
La perspectiva de género a la hora de determinar la gravedad de una enfermedad en caso de endometriosis y, 3º.
Las reglas sobre funcionamiento y responsabilidad de la empresa de servicios temporales y la empresa usuaria en casos de trabajadoras en misión.
Se CONCEDE el amparo invocado, se declara la ineficacia del despido y se ordena el reintegro laboral, en caso de que así lo desee la peticionaria.
Además, se ordena el pago de los salarios y prestaciones dejados de percibir desde la terminación del contrato y el valor de la indemnización de 180 días de salario contenida en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997.
Se ordena al Ministerio de Trabajo definir o formular, en el término de un año, una política sobre acceso y estabilidad en el empleo dirigida a empleadores que tenga como objetivo la investigación y definición de parámetros sobre el impacto de la endometriosis en el espacio laboral con el fin de incluir esa información en la formación y divulgación con perspectiva de género sobre el impacto diferenciado de las enfermedades en hombres, mujeres y personas no binarias.
Se indica que esa formación deberá tratar sobre las protecciones legales y constitucionales que les asisten a estas personas cuando esas condiciones afectan su capacidad para trabajar, de tal manera que los empleadores sepan cómo actuar en estos casos y para que efectivamente cumplan la Constitución y la ley.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 21 de abril de 2023, emitida por el Juzgado Diecisiete Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C. En el sentido de AMPARAR los derechos a la estabilidad laboral reforzada por salud y a la protección de las personas en situación de debilidad manifiesta por salud de la señora Denis Pérez y DECLARAR la ineficacia del despido de la señora Denis Pérez.
- SEGUNDO. ORDENAR de manera definitiva, a la empresa Altillos Temporales S.A.S que en el término de cinco (5) días, si así lo desea la señora Denis Pérez, efectúe su reintegro laboral a una posición donde ejerza funciones de igual o superior categoría a las que venía desempeñando antes de su desvinculación. En el mismo término de cinco (5) días Altillos Temporales S.A.S deberá pagar los salarios y prestaciones dejados de percibir desde la terminación del contrato y el valor de la indemnización de 180 días de salario contenida en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997.
- TERCERO. ORDENAR al Ministerio del Trabajo que en el término de un (1) año defina o formule una política sobre acceso y estabilidad en el empleo dirigida a empleadores que tenga como objetivo la investigación y definición de parámetros sobre el impacto de la endometriosis en el espacio laboral con el fin de incluir esa información en la formación y divulgación con perspectiva de género sobre el impacto diferenciado de las enfermedades en hombres, mujeres y personas no binarias. Esa formación deberá tratar sobre las protecciones legales y constitucionales que les asisten a estas personas cuando esas condiciones afectan su capacidad para trabajar de tal manera que los empleadores sepan cómo actuar en estos casos y para que efectivamente cumplan la Constitución y la ley. En estos espacios pedagógicas se deberá abordar el caso de la endometriosis y su situación de invisibilización.
- CUARTO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.