Micelio
Sentencia de Tutela24 de junio de 2024

T-244 de 2024

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Juan·Demandado Capresoca Eps Y Otros

Tema · dato duro
Derechos A La Seguridad Social, Mínimo Vital Y Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Condición De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud. Reiteración De Jurisprudencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud
  • Vulneración por cuanto la empresa tenía conocimiento sobre el estado de salud del empleado
  • Orden de reintegrar a accionante
  • Reiteración sobre el conjunto de garantías constitucionales dentro del marco de las relaciones de trabajo
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada
  • Procedencia excepcional de la acción de tutela para su protección cuando el trabajador se encuentra en estado de debilidad manifiesta
  • Se extiende a todos aquellos que tengan una afectación en su salud y esa circunstancia les impida o dificulte sustancialmente el desempeño de sus labores en condiciones regulares
Presunción De Discriminación
  • Cuando el empleador, conociendo la situación, retira del servicio a una persona que por sus condiciones de salud es beneficiario de la estabilidad laboral reforzada
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor adujo que sus derechos fundamentales fueron vulnerados al ser despedido de su trabajo mientras se encontraba recibiendo tratamiento médico para una dolencia originada en un accidente laboral, y porque no se solicitó el correspondiente permiso ante el Ministerio de Trabajo.

Se reiteraron las reglas jurisprudenciales sobre la estabilidad laboral reforzada de personas en estado de debilidad manifiesta por razones de salud.

Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se ordenó el reintegro a un cargo igual o de similares condiciones a las que realizaba el trabajador al momento de la terminación unilateral, sin perjuicio de que la empresa adelante ante el Ministerio del Trabajo una solicitud para obtener la autorización del despido de llegar a considerar que, en esta nueva reincorporación, se presenta una justa causa de terminación debidamente comprobada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida en segunda instancia por el Juzgado Promiscuo de Familia de Monterrey, Casanare, el 29 de mayo de 2023, que confirmó la sentencia adoptada en primera instancia por el Juzgado Promiscuo Municipal de Villanueva, Casanare, el 19 de abril de 2023, que declaró improcedente la acción de tutela formulada por Juan contra la sociedad Materiales Agregados Bases Obras y Herramientas S.A.S. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la vida digna y a la estabilidad laboral reforzada de Juan y, en consecuencia ORDENAR a Maboh S.A.S el reintegro de Juan a un cargo igual o de similares condiciones a las que realizaba el trabajador al momento de la terminación unilateral, sin perjuicio de que la empresa adelante ante el Ministerio del Trabajo una solicitud para obtener la autorización del despido de llegar a considerar que, en esta nueva reincorporación, se presenta una justa causa de terminación debidamente comprobada.
  2. SEGUNDO. LIBRAR las comunicaciones por secretaría general de la Corte Constitucional y DISPONER las notificaciones a las partes -a través del Juez de tutela de instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoVladimir Fernández Andrade
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.