Sentencia de Unificación5 de noviembre de 1998Sala Plena
SU- de 1998
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Luis Hernando Tabares Escobar
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Via De Hecho. Periodo De Alcaldes Y Gobernadores. Suspension De Resolucion En Que Se Extendia El Periodo Del Alcalde De Fresno. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Cosa Juzgada Constitucional
- Periodo individual de alcaldes
Principios De Supremacia E Integridad De La Constitucion Politica
- Mecanismos que conducen a la uniformidad de la interpretación
Sentencia De La Corte Constitucional
- Parte de la decisión que tiene efecto de cosa juzgada
- Vincula a los demás órganos jurisdiccionales
- Ratio decidendi
Via De Hecho
- Desconocimiento de la ratio decidendi de los fallos de la Corte Constitucional
- Desconocimiento de jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre periodo individual de alcaldes
Constitucion Politica
- Rango normativo superior
Corte Constitucional
- Carácter vinculante de la interpretación dada a la Constitución
- Máximo y auténtico intérprete de la Constitución
- Valor y alcance de su jurisprudencia
Alcalde
- Periodo individual
Derecho A La Participacion Politica
- Periodo individual de alcaldes
Doctrina Constitucional
- Periodo individual de alcaldes
Fuentes Del Derecho
- A falta de ley que desarrolle la norma suprema debe acudirse a la interpretación del Tribunal Constitucional
Gobernador
- Periodo individual
11 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
- R E S U E L V E
- Primero. REVOCAR la sentencia de tutela dictada por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Tolima, el dia 15 de abril de 1998, que denego la peticion de amparo presentada por Luis Hernando Tabares Escobar, y, en su lugar, CONCEDER la accion de tutela entablada por el actor. En consecuencia, se declara que tanto el auto de suspension provisional como la sentencia de nulidad dictadas por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, los dias 9 de julio de 1997 y 9 de junio de 1998, respectivamente, dentro del proceso S-712, constituyen una via de hecho, vulneratoria de los derechos fundamentales del actor.
- Segundo. ORDENAR a titulo de restablecimiento del derecho fundamental conculcado que el actor sea reintegrado a su cargo de alcalde del municipio de Fresno (Tolima), a fin de culminar su periodo completo de tres anos de ejercicio, en el caso de que aun no se haya realizado la eleccion popular de nuevo alcalde para dicho municipio. De haber ocurrido esto ultimo, solo le restara al actor entablar las acciones judiciales pertinentes como se senala en la parte motiva.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
✓✓✓✓✓✓✓✓✓
Eduardo Cifuentes Muñoz
Ponente
Alejandro Martínez Caballero
Magistrado
Alfredo Beltrán Sierra
Magistrado
Antonio Barrera Carbonell
Magistrado
Carlos Gaviria Díaz
Magistrado
Fabio Morón Díaz
Magistrado
Hernando Herrera Vergara
Magistrado
José Gregorio Hernández Galindo
Magistrado
Vladimiro Naranjo Mesa
Presidente
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
C-448/97Ley 136/94. Arts. 85 Y 107 Parciales. Periodo De Alcaldes. Inexequibles.C-037/96Proyecto De Ley N°58/94 Senado Y 264/95 Camara Estatutaria De La Admon De Justicia. Exequibles E Inexequibles.C-586/95Instrumentos Para La Busqueda De La Convivencia Y Eficacia De La Justicia. Periodo De Alcaldes.C-083/95Ley 153/87 Art. 8. Obligatoriedad De La Doctrina Constitucional. Analogia. Ppios Grales Del Derecho. Exequible.T-542/94Der. De Peticion. Pronta Resolucion Para El Pago De Una Pension. Ejecucion De Sentencia. Concedida.C-011/94Proyecto De Ley Estatutaria. Voto Programatico. Revocatoria Del Mandato. Exequibles Unos E Inexequibles Otros.
Ver las 7 →Citada por382
T-502/24Tutela Contra Decisiones Judiciales En Asunto Penal-Estándar De Motivación De La Orden De Privación De La Libertad. Principio De Congruencia En El Anuncio Del Sentido Del Fallo Y En La Sentencia Escrita.T-474/24Derecho A La Capacidad Legal Y Debido Proceso-Exigencias Para La Adjudicación De Apoyos A Personas En Condición De Discapacidad. Deber De Diligencia Del Juez En El Proceso Judicial De Adjudicación De Apoyos.T-425/24Tutela En Procedimiento De Amparo Policivo Por Perturbación A La Servidumbre De Energía Eléctrica-Omisión En La Valoración De La Prueba Sumaria Que Permitía El Inicio De Las Obras De Infraestructura.T-289/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales Para Acceder A La Pensión De Vejez-Desconocimiento Del Precedente Constitucional. Consecuencias De La Omisión De Afiliación Y Cotización Al Sistema De Seguridad Social (Pago Extemporáneo Del Cálculo Actuarial).T-173/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Materia De Regulación De Visitas-Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes (Defecto Fáctico Al Ordenar Acercamiento Entre Padre E Hijo, Sin Escuchar La Opinión Del Menor).T-042/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Caso De Violencia Sexual Contra Niños, Niñas Y Adolescentes-Procedencia Por Decisión Sin Motivación Y Defecto Fáctico (Desconocimiento Del Derecho De Las Niñas Y Los Niños A Ser Escuchados En La Actuación Judicial, Componente Esencial Del Principio Del Interés Superior Que Los Protege).
Ver las 382 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.