Micelio
Sentencia de Constitucionalidad18 de septiembre de 1997Sala Plena

C-448 de 1997

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Claudio Zambrano Pinzon

Tema · dato duro
Ley 136/94. Arts. 85 Y 107 Parciales. Periodo De Alcaldes. Inexequibles.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Alcalde
  • Periodo
Autoridad Local
  • Fecha de elección
  • Elección
Ley Estatutaria
  • Desconocimiento de reserva
  • Regulación período de alcaldes
Presidente De La Republica
  • Nombramiento temporal de alcalde
Autonomia De Entidades Territoriales
  • Vulneración por sujeción de alcaldes al Gobierno central
Caducidad De La Accion
  • Caso de improcedencia en ley estatutaria
Gobernador
  • Nombramiento temporal de alcalde
Reserva De Ley Estatutaria
  • Alcance en materia electoral
  • Vicio formal
14 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 4/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 107Ley 136/94INEXEQUIBLE
Art. 85Ley 136/94INEXEQUIBLE
Art. 51Ley 241/95INEXEQUIBLE
Art. 52Ley 241/95INEXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar INEXEQUIBLES, por las razones señaladas en esta sentencia, los artículos 85 y 107 de la Ley 136 de 1994, así como los artículos 51 y 52 de la Ley 241 de 1995.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el artículo 280 de la Ley 4 de 1913, en el entendido de que es una regla general para los casos de períodos institucionales, pero que no se aplica a aquellos casos en que la Constitución establece un período individual para el respectivo servidor público.
  3. Tercero. Esta sentencia producirá efectos a partir del día siguiente de su notificación, conforme a lo señalado en el fundamento jurídico 25 de la parte motiva.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJosé Gregorio Hernández Galindo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.