Siempre que se haga una elección después de principiado un periodo, se entiende hecha sólo para el resto del período en curso.
Ley 4 de 1913 →Vigente
Artículo 280
Ley 4 de 1913 · Sobre régimen político y municipal
1 sentencia lo revisó1 condicionada
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia