C-145 de 1994
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Jaime Orlando Santofimio Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ausencia
- Ejercicio del sufragio
- Expedición
- Incorporación
- Vulneración
- Aplicación inmediata
- Limitaciones
- Instalación
- Elección simultánea
- Integración
- Validez de las actas
- Reserva
- Contenido
- Excepciones legales
- Transmisión de datos
- Facultad de contratar
- Inscripción
- Cambio
- Contenido
- Utilización
- Inscripción
- Actas
- Justificación
- Caución
- Financiación
- Fecha de realización
- Uso
- Vicio de procedimiento
- Derogatoria
- Inexequibilidad
- Prohibiciones
- Facultad de contratar
- Respeto
- Efectos
- Efectos futuros
- Definición
- Validez
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 84/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (15 puntos)
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. Declarase INHIBIDA para conocer, por agotamiento del contenido normativo, de la acusacion contra el inciso
- segundo. del articulo 4o y contra el inciso
- primero. del articulo 6o de la Ley 84 de 1993, "por la cual se expiden algunas disposiciones en materia electoral"
- SEGUNDO. Declarar INEXEQUIBLES por vicios de procedimiento, por contener materias que deben ser reguladas por medio de ley estatutaria:
- a) los articulos 1o, 2o, 3o, 4o salvo el inciso segundo, 5o, 7o, 8o, 10, 11, 12, 13, 15, 18, 19, 23 y 24 de la Ley 84 de 1993.
- b) los incisos segundo,
- tercero. y
- cuarto. del articulo 6o, el inciso
- segundo. del articulo 14o asi como la expresion "VOTO EN BLANCO O VOTO NULO. Voto en Blanco es el que en la tarjeta electoral senala la casilla correspondiente" del inciso
- primero. del articulo 14o de la Ley 84 de 1993.
- TERCERO. Declarar INEXEQUIBLES tanto por vicios de procedimiento, por contener materias que deben ser reguladas por medio de ley estatutaria, como por las razones de contenido normativo senaladas en esta sentencia, el paragrafo del articulo 6o, la expresion "el voto en blanco no se tendra en cuenta para obtener el cuociente electoral" del articulo 14o y los articulos 20, 21, y 22 de la Ley 84 de 1993.
- CUARTO. Declarar EXEQUIBLES los articulos 9, 16 y 17 de la Ley 84 de 1993.
- QUINTO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 25 de la Ley 84 de 1993, precisando que los efectos de esta sentencia rigen hacia el futuro y no afectan las situaciones juridicas consolidadas, y que, siempre y cuando no sean contrarias al ordenamiento constitucional, se restauran ipso jure las normas que habian sido derogadas por los apartes de la Ley 84 de 1993 declarados inconstitucionales en esta sentencia.
- Notifiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.