C-169 de 2001
Ponente Carlos Gaviria Díaz
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ampliación de supuestos
- Explotación de recursos naturales
- Fundamental
- Supuestos específicos
- Adopción de medidas legislativas o administrativas
- Margen de discrecionalidad en deberes
- Consulta previa a pueblos indígenas
- Consulta de medidas legislativas o administrativas
- Circunscripción electoral especial
- Consecuencia de relación
- Conformación, ejercicio y control
- Circunscripción especial para minorías
- Distribución de curules en circunscripción especial
- Requisitos de candidatos en circunscripción especial
- Circunscripción especial
- Importancia
- Pobreza y marginación económica
- Alcance del término
- Etnia
- Pobreza y marginación económica
- Fuerzas que conforman la sociedad
- Materia
- Alcance
- Alcance
- Requisitos de candidatos
- Requisitos de candidatos
- Requisitos de candidatos
- Respaldo de movimientos sociales o grupos de ciudadanos
- Requisitos de candidatos
- Alcance nacional de circunscripción especial
- Beneficios de circunscripción especial
- Fundamental
- Requisitos
- Requisitos
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Proyecto de ley 025 de 1999 senado y 217 de 1999 camara.
Reglamenta el art. 176 de la constitucion politica.
Circunscripcion nacional especial.
Participacion en la camara de representantes de grupos etnicos minorias politicas y colombianos residentes en el exterior
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 025/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES:
- a. El artículo 1, bajo el entendido de que las comunidades raizales del archipiélago de San Andrés y Providencia se entenderán incluídas, para todos los efectos de la presente ley, dentro de las comunidades negras.
- b. Los artículos 2 y 3.
- c. El artículo 4, condicionado a que se entienda que también pueden acceder a la curul para las minorías políticas los candidatos que, llenando los requisitos allí establecidos, se hayan presentado con el respaldo de movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos, y no sólo los de movimientos o partidos políticos.
- d. El primer inciso del artículo 5, condicionado a que se entienda que lo allí dispuesto no excluye: a) la conformación de partidos o movimientos políticos propios por parte de los ciudadanos colombianos residentes en el exterior, que puedan otorgar el aval correspondiente; b) la posibilidad de que se presenten a las elecciones respaldados por movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos.
- e. Los artículos 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13 y 14.
- f. El primer inciso del artículo 9, siempre y cuando se entienda que la tarjeta electoral a la que hace referencia, será la misma tarjeta en la que aparezcan los demás candidatos a la Cámara en cada una de las circunscripciones territoriales, y que en ella, deberán aparecer claramente identificados como candidatos por circunscripción especial, los aspirantes de las comunidades indígenas, las comunidades negras, y los colombianos residentes en el exterior.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLES:
- a. El
- segundo. inciso y el parágrafo del artículo 5.
- b. El
- segundo. inciso del artículo 9.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.