Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de abril de 2024Sala Plena

C-137 de 2024

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Ariza Higuera Libardo José Y Otros·Demandado Ley 191 De 1995

Tema · dato duro
Normas Sobre Zonas De Frontera. Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comunidad Afrodescendiente
  • Reconocimiento y protección constitucional y legal de la diversidad étnica y cultural efectuado por la Constitución y la ley
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Inexistencia de proposición jurídica completa
  • Incumplimiento de requisitos de certeza y suficiencia en los cargos
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 5 (parcial); el parágrafo 2 del artículo 7 (parcial); el artículo 8 (parcial) y el artículo 10 (parcial) de la Ley 191 de 1995, por medio de la cual se dictan disposiciones sobre Zonas de Frontera.

Los demandantes alegaron que la expresión “indígenas” contenidas en las normas cuestionadas configuran una omisión legislativa relativa y vulneran los artículos 1, 2, 7, 13, 70, 93, 310 y 55 transitorio de la Constitución Política, así como también los artículos 1.1, 2.2 y 5.a del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que hace parte del bloque de constitucionalidad en sentido estricto.

Ello, al establecer que tales disposiciones aplicarían a las comunidades indígenas, sin referir de manera específica a las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras.

La Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, dado la ineptitud sustantiva de la demanda.

De manera específica encontró que los cargos formulados carecían de certeza y de suficiencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 191/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 10Ley 191/95 «para emitir un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda, respecto a la constitucionalidad de la expresión “ indígenas ”, incorporada en el»INHIBITORIO
Art. 2Ley 191/95INHIBITORIO
Art. 5Ley 191/95 «para emitir un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda, respecto a la constitucionalidad de la expresión “ indígenas ”, incorporada en el»INHIBITORIO
Art. 7Ley 191/95 «para emitir un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda, respecto a la constitucionalidad de la expresión “ indígenas ”, incorporada en el»INHIBITORIO
Art. 8Ley 191/95 «para emitir un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda, respecto a la constitucionalidad de la expresión “ indígenas ”, incorporada en el»INHIBITORIO
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. Único. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda, respecto a la constitucionalidad de la expresión "indígenas", incorporada en los artículos 5, 7, 8 y 10 de la Ley 191 de 1995 "Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre Zonas de Frontera".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.