Micelio
Sentencia de Constitucionalidad25 de junio de 2008Sala Plena

C-623 de 2008

Ponente Rodrigo Escobar Gil

✓Demandante Gabriel Vanegas Torres

✓
Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Ley 99 De 1993
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda por la no estructuración de un verdadero cargo de inconstitucionalidad
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 99 de 1993 articulo 33 paragrafo 3º (parcial).

Se crea el ministerio del medio ambiente, se reordena el sector publico encargado de la gestion y conservacion del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el sistema nacional ambiental, sina y se dictan otras disposiciones.

Del manejo de ecosistemas comunes por varias corporaciones autonomas regionales.

Manejo de areas de confluencia de jurisdicciones entre las corporaciones autonomas regionales y el sistema de parques nacionales o reservas.<br>para el demandante, los apartes acusados contravienen el preambulo y los articulos 1, 2, 4, 7, 8, 9, 10, 13, 40 num 2, 58, 63, 79, 80, 93, 94, 209, 246, 286, 287, 288, 329, 330 y 56 transitorio de la carta politica, habida cuenta que se le otorga competencia exclusiva a las corporaciones autonomas regionales sobre el manejo y administracion de los ecosistemas comunes, amen de desconocer la participacion de las comunidades indigenas y las entidades territoriales en dicho manejo y administracion.<br>requisitos que debe cumplir una demanda para que el juez constitucional pueda activar su competencia y proceda a proferir pronunciamiento de fondo.

Ineptitud sustancial de la demanda en el presente caso.<br>para esta corte, en la demanda promovida no se estructuro un verdadero cargo de inconstitucionalidad, circunstancia que a su vez impide al organo de control realizar el analisis de fondo de las expresiones acusadas.<br>inhibida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 99/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 33Ley 99/93 «parágrafo 3, inciso 2,2»INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo respecto de las expresiones demandadas de los incisos
  4. segundo. y
  5. tercero. del paragrafo 3deg del articulo 33 de la Ley 99 de 1993, por haberse presentado una ineptitud sustancial de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.