C-980 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Diana Acosta Afanador Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No acceso de la Fiscalía General de la Nación
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Requisitos mínimos
- Participación activa del imputado y su apoderado en la conformación del material probatorio
- Incumplimiento del requisito de certeza en los cargos
- Procedencia por incumplimiento de requisitos que deben contener las razones de inconstitucionalidad aunque se hubiere admitido la demanda
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 906 de 2004 articulos 268 269 y 270.
Se expide el codigo de procedimiento penal.
Facultades de la defensa en la investigación.
Facultades del imputado contenido de la solicitud y actuación del perito.
Los actores consideran que las normas acusadas desconocen el derecho a la no auto incriminacion consagrado en el articulo 33 superior y en el numeral 2 del articulo 8 de la convención americana sobre derechos humanos.
Presupuestos que debe tener en cuenta el ciudadano para presentar en debida forma una demanda de inconstitucionalidad.
Alcance de los presupuestos de claridad certeza pertinencia y suficiencia en la formulacion de la acusación.
Ineptitud sustancial de la demanda formulada contra los articulos 268 269 y 270 de la ley 906 de 2004.
A pesar de que la presente demanda fue inicialmente admitida por el magistrado sustanciador un análisis detenido de la misma ha llevado a la corte a concluir que en ella no se estructuro un verdadero cargo de inconstitucionalidad.
Inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo respecto de los articulos 268, 269 y 270 de la Ley 906 de 2004, por haberse presentado una ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.