Micelio
Sentencia de Constitucionalidad11 de julio de 2012Sala Plena

C-533 de 2012

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Nixon Torres Carcamo·Demandado Ley 50 De 1990, Articulo 6 Y Ley 789 De 2002, Articulo 28

Tema · dato duro
Terminacion Unilateral Del Contrato Sin Justa Causa Con Indemnizacion. No Constituye Una Vulneración De Los Derechos Del Trabajador
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad De Omision Legislativa Relativa
  • Elementos esenciales que deben concurrir para su procedencia
  • Requisitos para la procedencia
Cosa Juzgada Constitucional
  • Inexistencia en relación con el cargo por omisión legislativa relativa
  • Elementos
Demanda De Inconstitucionalidad Por Omision Legislativa Relativa
  • Presupuestos jurisprudenciales para su admisión
  • Razones de procedencia
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Examen no puede convertirse en un método de apreciación tan estricto que haga nugatorio el derecho ciudadano
  • Exigencias mínimas de argumentación
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Omision Legislativa Absoluta
  • Incompetencia de la Corte Constitucional
Omisión Legislativa Relativa
  • Características
  • Eventos en que se configura
  • Soluciones que se platean
Principios De Progresividad Y No Regresividad
  • Limitan la libertad de configuración legislativa, pero no la petrifican
Reintegro Del Trabajador Por Terminacion Unilateral Del Contrato Sin Justa Causa
  • Improcedencia no comprende casos de protección laboral reforzada
  • Improcedencia no constituye omisión legislativa relativa
Corte Suprema De Justicia
  • Jurisprudencia sobre la potestad de ordenar el reintegro de trabajador despedido sin justa causa, con más de diez años de servicio continuo con un empleador
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Procedencia por cargo fundado en omisión legislativa absoluta
Juez Laboral
  • Excepcionalidad de la orden de reintegro por terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa
  • Supresión de la facultad para ordenar el reintegro por despido sin justa causa
Omision Legislativa Relativa En Accion De Reintegro Por Despido Injusto
  • Inexistencia por tratarse de un instituto jurídico derogado
Omision Legislativa Relativa En Codigo Sustantivo Del Trabajo
  • Inexistencia en norma que hizo improcedente el reintegro por terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa
Principio De Progresividad Y Prohibicion De Regresividad
  • Alcance
  • Garantía de los derechos económicos, sociales y culturales
Terminacion Unilateral Del Contrato Sin Justa Causa Con Indemnizacion
  • No constituye una vulneración de los derechos del trabajador
22 temas · 32 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6 de la Ley 50 de 1990 y el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.

El demandante asevera que la norma impugnada desconoce los artículos 25 y 53 de la Constitución Política, al incurrir en una omisión legislativa al suprimir la posibilidad de que el juez laboral ordene el reintegro del trabajador, cuando es despedido sin justa causa, desconociendo la protección del derecho al trabajo y algunos de los principios mínimos fundamentales que lo componen.

La Corte encontró que la supresión de la posibilidad de reintegro al empleo como consecuencia de la terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa, no constituye una vulneración de las garantías constitucionales que protegen el derecho al trabajo y a la prohibición de no regresividad de los derechos sociales.

Se declara la EXEQUIBILIDAD de los artículos demandados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 50/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 6Ley 50/90EXEQUIBLE
Art. 28Ley 789/02EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLES los articulos 6deg de la Ley 50 de 1990 y 28 de la Ley 789 de 2002, por el cargo analizado en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoLuis Ernesto Vargas SilvaSalvamentoAdriana María Guillén Arango
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.